- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
En el País Vasco, el precio de la vivienda aumentó un 10 % interanual en el segundo trimestre de 2026, lo que señala una posible presión sobre el acceso a la vivienda. La señal no aporta datos locales sobre asequibilidad ni sobre sus efectos en los hogares.
Qué lo confirmaría: Datos del País Vasco sobre precios de compra y alquiler, esfuerzo de los hogares, solicitudes y adjudicaciones de vivienda protegida y demanda de ayudas, desglosados por periodo y ámbito territorial.
Ficha generada por la célula de País Vasco a partir de la sesión del 19 de octubre de 2026, 01:25. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
Hogares que soliciten ayudas autonómicas de vivienda
Qué cambia. Podrían recibir la ayuda prevista en la convocatoria autonómica si cumplen sus requisitos. La medida concreta y su cuantía quedan sin dato.
Quién puede. Los requisitos que establezcan las bases publicadas de cada convocatoria; no constan en la señal de la sesión.
Cómo se pide. Presentar la solicitud por los canales y dentro del plazo que indique la convocatoria del Gobierno Vasco.
Personas o unidades convivenciales solicitantes de programas autonómicos de vivienda
Qué cambia. Podrían acceder al recurso previsto por el programa, sujeto a sus bases y disponibilidad. No se especifica un programa concreto.
Quién puede. Los requisitos publicados para cada programa; no constan en la señal de la sesión.
Cómo se pide. Consultar la información y presentar la solicitud ante el órgano autonómico indicado en el programa.
Canal: Portal institucional y sede electrónica del Gobierno Vasco · Alternativa: Oficinas de atención ciudadana y teléfono de información del Gobierno Vasco · Plazo: Validación jurídica antes de aprobar el programa, con actuaciones y calendario definidos en el propio programa
Si algo no cuadra: La vía y los plazos de recurso que indiquen las bases y la resolución de cada procedimiento, conforme a la normativa aplicable.
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Gobierno Vasco |
|---|---|
| Competencia | Propia propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Constitución Española, art. 148.1.3.ª (ordenación del territorio, urbanismo y vivienda), Estatuto de Autonomía (País Vasco), artículo por verificar en la revisión jurídica |
| Instrumento | Programa autonómico de vivienda, sujeto a revisión jurídica de la competencia y del artículo estatutario aplicable |
| Coste | El coste dependería del alcance del programa autonómico o de las convocatorias de ayudas, sus requisitos y el número de actuaciones. Sin dato presupuestario ni de diseño, no es posible cuantificarlo. |
| Financiación | hipótesis: financiarlo con partidas autonómicas de vivienda, previa identificación de la partida disponible y verificación presupuestaria. No consta una partida concreta en la señal. |
| Capacidad | El Gobierno Vasco puede proponer instrumentos de alcance autonómico en vivienda. La competencia figura como propia propuesta, pero no verificada; el artículo estatutario debe comprobarse antes de concretar el instrumento. |
| KPI | Porcentaje de solicitudes resueltas dentro del plazo publicado en cada convocatoria o programa autonómico. · base sin dato · objetivo Definir y publicar un objetivo tras establecer la línea base y verificar los plazos aplicables. · mide El órgano competente en vivienda del Gobierno Vasco, mediante el registro administrativo de solicitudes y resoluciones, con resultados agregados y protección de datos. |
| RACI | R: Departamento competente en vivienda, Servicio jurídico del departamento competente en vivienda · A: Gobierno Vasco · C: Órganos autonómicos competentes en estadística y transparencia, Entidades locales, en las materias de su competencia · I: Personas interesadas, Entidades del sector de la vivienda |
| Riesgos | La competencia se propone como propia, pero su encaje estatutario y los instrumentos concretos requieren verificación jurídica., La señal no aporta datos sobre solicitudes, ayudas, plazos ni población elegible en el País Vasco., No trasladar al ámbito autonómico cifras nacionales ni datos territoriales que no correspondan a este nivel. |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Verificar la base competencial estatutaria y delimitar el alcance autonómico del programa | Servicio jurídico del departamento competente en vivienda | Revisión jurídica interna | Antes de validar el programa |
| Definir objetivos, actuaciones, criterios de seguimiento y necesidades de información, indicando las limitaciones de verificación de los datos disponibles | Unidad de planificación del departamento competente en vivienda | Elaboración técnica interna y publicación en el portal institucional | 3 meses tras la validación jurídica |
| Preparar, si procede, convocatorias autonómicas de ayudas coherentes con el programa y publicar sus bases y plazos | Unidad de ayudas del departamento competente en vivienda | Boletín Oficial del País Vasco y sede electrónica | Tras la aprobación del programa y conforme al calendario de cada convocatoria |
| Derivar al nivel estatal las cuestiones relativas al seguimiento de solicitudes ministeriales de datos, y no presentar como verificada la variación anual estatal del IPV del 12,2 % | Secretaría general del departamento competente en vivienda | Comunicación institucional al órgano estatal competente | Durante la preparación del programa |
Evidencia
- La variación anual del IPV en el País Vasco fue del 10 %. (País Vasco, comunidad autónoma, 2.º trimestre de 2026) fuente ↗
- La categoría del INE identifica el segundo trimestre de 2026 como el último periodo del Índice de Precios de Vivienda. (España, 2.º trimestre de 2026) fuente ↗
- La tabla consultada del IPV muestra 0 series y 0 datos para la consulta que incluye el segundo trimestre de 2026. (Consulta de la tabla del INE, ámbito no especificado, Consulta que incluye el 2.º trimestre de 2026) fuente ↗
- La variación anual del IPV del 12,2 % en el segundo trimestre de 2026 no queda verificada por la consulta de la tabla del INE. (España, 2.º trimestre de 2026) fuente ↗
Cómo se hizo esta ficha
Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.
- action.proposed Ficha en estado contrastada 19 oct, 01:22 · generado por modelo · cell:es.ca.16