- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
En la Comunidad de Madrid, el precio de la vivienda aumentó un 12,9 % interanual en el segundo trimestre de 2026, lo que señala una presión al alza sobre los precios. Este dato no determina por sí solo el efecto sobre la asequibilidad ni las necesidades de cada municipio.
Qué lo confirmaría: La variación del IPV citada confirma el aumento de precios en la comunidad. Para valorar su alcance local, contrastar la evolución de precios de compra y alquiler y el esfuerzo de acceso por municipio; esos datos no constan en la señal.
Ficha generada por la célula de Comunidad de Madrid a partir de la sesión del 19 de octubre de 2026, 01:25. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
Hogares solicitantes de ayudas autonómicas de vivienda
Qué cambia. Podrían solicitar las ayudas previstas en una convocatoria de la Comunidad de Madrid. La propuesta no concede ayudas ni determina derechos individuales.
Quién puede. Requisitos que establezcan y publiquen las bases de cada convocatoria; criterios concretos sin dato en la señal.
Cómo se pide. Presentar solicitud por los canales y dentro del plazo indicados en la convocatoria autonómica.
Personas arrendadoras, promotoras u otras entidades que soliciten instrumentos autonómicos de vivienda
Qué cambia. Podrían acceder a los instrumentos autonómicos que se establezcan y cumplan las bases publicadas.
Quién puede. Requisitos que establezcan y publiquen las bases del programa o convocatoria correspondiente; criterios concretos sin dato en la señal.
Cómo se pide. Consultar las bases y presentar la solicitud por el canal indicado por el órgano autonómico competente.
Canal: Sede electrónica autonómica · Alternativa: Atención presencial y telefónica de los servicios autonómicos de vivienda · Plazo: Diseño y validación jurídica en un plazo inicial de 3 meses; publicación posterior a la aprobación de la convocatoria
Si algo no cuadra: Las vías de recurso administrativo y, cuando proceda, judicial que indiquen la resolución y la normativa aplicable.
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Gobierno de la Comunidad de Madrid |
|---|---|
| Competencia | Propia propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Constitución Española, art. 148.1.3.ª (ordenación del territorio, urbanismo y vivienda), Estatuto de Autonomía (Comunidad de Madrid), artículo por verificar en la revisión jurídica |
| Instrumento | Programa autonómico de vivienda con convocatoria de ayudas, condicionado a la verificación de la competencia y de la base estatutaria aplicable |
| Coste | Sin dato de importes. El coste dependería del diseño y alcance del programa autonómico de vivienda o de las convocatorias de ayudas, e incluiría gestión, tramitación y seguimiento. No se atribuye aquí ningún coste municipal ni estatal. |
| Financiación | hipótesis: financiación con créditos del presupuesto de la Comunidad de Madrid destinados a vivienda. La partida concreta y su disponibilidad no constan en la señal y deben verificarse. |
| Capacidad | El Gobierno de la Comunidad de Madrid puede proponer y gestionar instrumentos autonómicos de vivienda dentro de su ámbito. La competencia propia está propuesta, pero no verificada; el artículo aplicable del Estatuto está pendiente de revisión jurídica. No hay datos sobre plantilla, presupuesto… |
| KPI | Porcentaje de solicitudes de ayudas autonómicas de vivienda resueltas dentro del plazo establecido en sus bases. · base sin dato · objetivo Resolver dentro de los plazos que establezcan las bases de cada convocatoria. · mide El órgano autonómico competente en vivienda, mediante el registro de solicitudes y resoluciones de cada convocatoria, con publicación agregada y protección de datos personales. |
| RACI | R: Unidad de vivienda de la consejería competente, Unidad jurídica de la consejería competente en vivienda · A: Órgano autonómico competente en vivienda · C: Unidad de transparencia autonómica, Unidad estadística autonómica · I: Personas solicitantes, Entidades locales de la Comunidad de Madrid |
| Riesgos | No se han verificado los requisitos ni los plazos de una convocatoria autonómica concreta., La publicación de resultados desagregados podría permitir identificar solicitantes o revelar datos protegidos. |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Verificar la competencia autonómica y la habilitación jurídica, incluido el artículo estatutario aplicable, antes de diseñar la convocatoria | Unidad jurídica de la consejería competente en vivienda | Revisión jurídica interna | Antes de aprobar el diseño del programa |
| Definir objetivos, requisitos, procedimiento de solicitud y criterios de seguimiento de las ayudas, sin incorporar cifras no verificadas | Unidad de vivienda de la consejería competente | Tramitación administrativa interna | 3 meses tras la validación jurídica |
| Publicar la convocatoria y habilitar información y asistencia para las solicitudes | Órgano autonómico competente en vivienda | Sede electrónica autonómica | Tras la aprobación y publicación de la convocatoria |
| Establecer un mecanismo de seguimiento público que proteja los datos personales y el secreto estadístico | Unidad de transparencia y unidad estadística autonómicas | Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid | Desde la apertura de la convocatoria, con actualización periódica |
Evidencia
- La categoría del INE identifica el segundo trimestre de 2026 como el último periodo del Índice de Precios de Vivienda. (España, referencia del INE, 2T 2026) fuente ↗
- La tabla consultada del IPV muestra 0 series y 0 datos para la consulta que incluye el segundo trimestre de 2026. (Consulta de la tabla del INE, sin desglose territorial verificable en esta señal, 2T 2026) fuente ↗
- La variación anual del IPV del 12,2 % en el segundo trimestre de 2026 no queda verificada por la consulta de la tabla del INE. (Consulta de la tabla del INE, sin desglose territorial verificable en esta señal, 2T 2026) fuente ↗
- La variación anual del IPV en la Comunidad de Madrid fue del 12,9 %. (Comunidad de Madrid, 2T 2026) fuente ↗
- La Ley 19/2013 regula el acceso a la información pública y sus límites. (España, Vigente según la señal, fecha concreta sin dato) fuente ↗
- La Ley 12/1989 establece el secreto estadístico para los datos protegidos. (España, Vigente según la señal, fecha concreta sin dato) fuente ↗
Cómo se hizo esta ficha
Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.
- action.proposed Ficha en estado contrastada 19 oct, 01:22 · generado por modelo · cell:es.ca.13