- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
En Illes Balears, el precio de la vivienda aumentó un 13,7 % interanual en el segundo trimestre de 2026, lo que señala una presión sobre el acceso a la vivienda que corresponde abordar mediante instrumentos autonómicos.
Qué lo confirmaría: El dato oficial del IPV para Illes Balears es 13,7 % interanual en 2T 2026; su evolución en periodos posteriores y datos locales de acceso a la vivienda permitirían valorar si la presión persiste y dónde se concentra.
Ficha generada por la célula de Illes Balears a partir de la sesión del 19 de octubre de 2026, 01:25. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
Hogares que soliciten ayudas autonómicas de vivienda
Qué cambia. Podrían acceder a las ayudas previstas en el programa autonómico, si cumplen los requisitos de la convocatoria. La variación anual del IPV de Illes Balears fue del 13,7 % en el segundo trimestre de 2026; este dato no determina por sí solo la elegibilidad.
Quién puede. Requisitos de acceso que se publiquen en cada convocatoria, incluidos, si se establecen, criterios de ingresos, residencia y situación habitacional. Sin convocatoria ni umbrales concretos en la señal.
Cómo se pide. Solicitar la ayuda por el canal y dentro del plazo que establezca la convocatoria autonómica.
Canal: Sede electrónica del Govern de les Illes Balears, con publicación de convocatorias en el Boletín Oficial de las Illes Balears · Alternativa: Oficinas de atención presencial y canales telefónicos de información del Govern de les Illes Balears · Plazo: Validación jurídica antes de aprobar el programa; calendario de convocatoria y seguimiento por definir en el instrumento
Si algo no cuadra: La vía y los plazos de reclamación o recurso que indique la convocatoria y la resolución, conforme al procedimiento administrativo aplicable.
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Govern de les Illes Balears |
|---|---|
| Competencia | Propia propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Constitución Española, art. 148.1.3.ª (ordenación del territorio, urbanismo y vivienda), Estatuto de Autonomía (Illes Balears), artículo por verificar en la revisión jurídica |
| Instrumento | Programa autonómico de vivienda, con convocatorias de ayudas sujetas a revisión jurídica de competencia y de bases reguladoras |
| Coste | Sin dato de crédito, beneficiarios, cuantías ni diseño de las medidas. El coste dependería del programa autonómico de vivienda y de las convocatorias de ayudas que se definan; la señal no permite estimar importes. |
| Financiación | hipótesis: partidas del presupuesto autonómico destinadas a vivienda, sujetas a identificación y disponibilidad. La medida nacional sobre seguimiento de solicitudes ministeriales corresponde al Estado y se deriva a ese nivel. |
| Capacidad | El Govern de les Illes Balears puede liderar la política autonómica de vivienda y proponer programas y convocatorias. La competencia propia figura como no verificada y requiere comprobar el artículo estatutario; no hay datos sobre personal, crédito ni capacidad operativa disponible. |
| KPI | Porcentaje de solicitudes completas resueltas dentro del plazo publicado en la convocatoria. · base sin dato · objetivo Cumplir el plazo de resolución publicado en cada convocatoria; sin dato sobre un objetivo numérico. · mide La unidad autonómica responsable de vivienda, mediante el registro de solicitudes y resoluciones de cada convocatoria, con resultados agregados y respetando la protección de datos. |
| RACI | R: Unidad competente en vivienda del Govern de les Illes Balears · A: Órgano competente del Govern de les Illes Balears en materia de vivienda · C: Servicios jurídicos de la comunidad autónoma, Unidad competente en subvenciones, Unidad de transparencia, Unidad estadística · I: Personas y entidades interesadas en las ayudas, Órganos de control autonómicos |
| Riesgos | La competencia propia y el artículo aplicable del Estatuto de Autonomía están pendientes de verificación jurídica., Sin criterios publicados no se puede determinar qué hogares cumplen los requisitos., La capacidad presupuestaria y los plazos de tramitación pueden limitar la cobertura., No trasladar a municipios datos de ámbito autonómico ni atribuir a Illes Balears cifras nacionales no verificadas. |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Verificar la base estatutaria y la competencia autonómica antes de aprobar o publicar el instrumento | Servicios jurídicos de la comunidad autónoma | Revisión jurídica interna | Antes de validar el programa y las convocatorias |
| Definir objetivos, alcance y criterios del programa usando datos referidos expresamente a Illes Balears, sin atribuirle datos estatales | Unidad competente en vivienda del Govern de les Illes Balears | Elaboración técnica interna | Tras la validación jurídica y antes de aprobar el programa |
| Preparar, someter a los trámites aplicables y publicar las convocatorias de ayudas | Unidad competente en vivienda y órgano autonómico competente en subvenciones | Boletín Oficial de las Illes Balears y sede electrónica | Tras la aprobación del programa y la validación de las bases reguladoras |
| Publicar información de seguimiento del programa, plazos y respuestas publicables, protegiendo los datos sujetos a secreto estadístico | Unidad competente en vivienda, en coordinación con la unidad de transparencia y la unidad estadística | Portal de transparencia y sede electrónica | Desde la puesta en marcha del programa, con actualización según el calendario… |
Evidencia
- La categoría del INE identifica el segundo trimestre de 2026 como el último periodo del Índice de Precios de Vivienda. (Estadística del INE, territorio sin especificar en la señal, 2.º trimestre de 2026) fuente ↗
- La tabla consultada del IPV muestra 0 series y 0 datos para la consulta que incluye el segundo trimestre de 2026. (Consulta de la tabla del INE, territorio sin especificar en la señal, Consulta que incluye el 2.º trimestre de 2026) fuente ↗
- La variación anual del IPV del 12,2 % en el segundo trimestre de 2026 no queda verificada por la consulta de la tabla del INE. (Dato atribuido al IPV, territorio sin especificar en la señal, 2.º trimestre de 2026) fuente ↗
- El precio de la vivienda, medido por el IPV, registró una variación anual del 13,7 % en Illes Balears. (Illes Balears, 2.º trimestre de 2026) fuente ↗
- La Ley 19/2013 regula el acceso a la información pública y sus límites. (España, Sin dato en la señal) fuente ↗
- La Ley 12/1989 establece el secreto estadístico para los datos protegidos. (España, Sin dato en la señal) fuente ↗
Cómo se hizo esta ficha
Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.
- action.proposed Ficha en estado contrastada 19 oct, 01:22 · generado por modelo · cell:es.ca.04