- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
Hipótesis: podría existir en Albarracín una necesidad de seguimiento de proyectos energéticos que afecten al alumbrado o a edificios municipales, pero la señal nacional no acredita que haya proyectos o informes pendientes en el municipio.
Qué lo confirmaría: Inventario municipal de proyectos energéticos y su estado de tramitación, junto con registros de consumo del alumbrado y los edificios municipales; la existencia de proyectos locales con informes pendientes confirmaría la hipótesis, y su ausencia la descartaría.
Ficha generada por la célula de Albarracín a partir de la sesión del 19 de octubre de 2026, 01:25. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
Personas usuarias del alumbrado público municipal
Qué cambia. El Ayuntamiento podría registrar el consumo y las incidencias del alumbrado y valorar medidas de eficiencia dentro de sus competencias y recursos. No implica cambios en tarifas ni en autorizaciones energéticas de otros niveles.
Quién puede. Uso de vías y espacios públicos con alumbrado de titularidad o gestión municipal, según el servicio disponible en cada zona.
Cómo se pide. Reciben el servicio en los espacios públicos; las incidencias pueden comunicarse por los canales municipales vigentes.
Edificios y servicios municipales, y personas usuarias de esos servicios
Qué cambia. El Ayuntamiento podría ordenar el seguimiento de consumos y revisar oportunidades de ahorro en sus instalaciones, sujeto a validación competencial, técnica y presupuestaria.
Quién puede. Edificios y servicios cuyo consumo energético corresponde al Ayuntamiento.
Cómo se pide. No requiere solicitud individual. Las consultas sobre instalaciones municipales pueden dirigirse al Ayuntamiento por sus canales vigentes.
Canal: Portal institucional y registro electrónico del Ayuntamiento para consultas y coordinación administrativa · Alternativa: Atención presencial o telefónica en las dependencias municipales · Plazo: Validación del protocolo en 2 meses y puesta en marcha de las tareas en un plazo máximo de 4 meses desde esa validación
Si algo no cuadra: Consultas o reclamaciones sobre la prestación municipal, por el registro y los canales de atención del Ayuntamiento, sin perjuicio de las vías administrativas que correspondan.
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Ayuntamiento de Albarracín |
|---|---|
| Competencia | Propia propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, art. 26.1.a (alumbrado público, servicio obligatorio), Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, art. 25.2.b (medio ambiente urbano) |
| Instrumento | Protocolo municipal de seguimiento de consumos y actuaciones energéticas en el alumbrado y los edificios municipales, previa validación de la competencia y de la normativa aplicable |
| Coste | Coste monetario: sin dato. La propuesta municipal se limitaría al seguimiento de consumos y actuaciones en alumbrado público y edificios municipales, dentro de la capacidad existente; cualquier estudio, obra o asistencia técnica requeriría estimación previa. La señal nacional no acredita afección a… |
| Financiación | hipótesis: partidas municipales vigentes de alumbrado público, mantenimiento y edificios municipales, previa comprobación de disponibilidad. No consta una partida identificada. |
| Capacidad | El Ayuntamiento puede revisar sus consumos y gestionar actuaciones en servicios y edificios municipales, y tramitar licencias dentro de sus competencias. La competencia indicada está propuesta pero no verificada. El seguimiento de autorizaciones energéticas e informes del IDAE corresponde al nivel… |
| KPI | Porcentaje del consumo eléctrico municipal con registros de consumo e invoices asociados y revisados durante el periodo. · base sin dato · objetivo Registrar y revisar el 100% del consumo eléctrico municipal incluido en el alcance de la actuación, una vez definido… · mide El Ayuntamiento, mediante facturas y registros de contadores de edificios y servicios municipales; el alcance y la disponibilidad de esos registros están sin dato. |
| RACI | R: Unidad municipal responsable de los servicios y edificios, Secretaría municipal · A: Órgano municipal competente · C: Servicios técnicos municipales, Órgano autonómico competente, para las cuestiones de su competencia · I: Ciudadanía de Albarracín |
| Riesgos | La competencia municipal indicada está marcada como no verificada y se limita a servicios e instalaciones municipales., Falta una línea base municipal de consumos en la señal disponible., Las actuaciones pueden depender de presupuesto, estado de las instalaciones y coordinación con otros niveles competentes. |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Identificar los consumos y actuaciones energéticas de los servicios y edificios municipales incluidos en el ámbito del protocolo, indicando los datos disponibles y los que estén sin dato | Unidad municipal responsable de los servicios y edificios | Revisión de registros municipales y coordinación interna | 2 meses tras la validación del protocolo |
| Priorizar actuaciones municipales de mantenimiento o mejora del alumbrado y de los edificios, sin extender la propuesta a la regulación de instalaciones energéticas | Órgano municipal competente, con apoyo de los servicios técnicos | Informe interno y elevación al órgano municipal competente | 3 meses tras la identificación de consumos y actuaciones |
| Derivar a la Comunidad Autónoma de Aragón las cuestiones sobre autorizaciones energéticas o informes pendientes que excedan la competencia municipal, cuando afecten a una actuación municipal | Secretaría municipal | Registro electrónico dirigido al órgano autonómico competente | 1 mes tras identificar la cuestión |
| Informar sobre el alcance municipal del protocolo y recoger observaciones de la ciudadanía | Unidad municipal responsable de la atención ciudadana | Portal municipal y tablón de anuncios | Tras la validación del protocolo |
Derivada desde la ficha de Aragón.
Evidencia
- El 16 de octubre de 2026, el BOE publicó una resolución que desestimó la solicitud de autorización de la instalación fotovoltaica híbrida Bordecorex Norte, de 44,199 MW de potencia instalada. (Proyecto Bordecorex Norte; la señal no acredita afección a Albarracín, 16 de octubre de 2026) fuente ↗
- El 16 de octubre de 2026, el BOE publicó una resolución que desestimó la solicitud de autorización de la instalación fotovoltaica híbrida Ventosa del Ducado, de 43,89 MW de potencia instalada. (Proyecto Ventosa del Ducado; la señal no acredita afección a Albarracín, 16 de octubre de 2026) fuente ↗
- La cifra de demanda eléctrica peninsular de 591.505 MWh no constituye por sí misma un dato sobre facturas ni sobre percepción ciudadana. (Península española, 17 de octubre de 2026) fuente ↗
- El 16 de octubre de 2026, el BOE publicó la autorización administrativa previa y de construcción para repotenciar una línea aérea de transporte de 400 kV. (Sin dato sobre el trazado o afección a Albarracín, 16 de octubre de 2026) fuente ↗
Cómo se hizo esta ficha
Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.
- action.proposed Ficha en estado contrastada 19 oct, 01:24 · generado por modelo · cell:es.mu.44009