- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
Hipótesis: en Alacant/Alicante podría haber proyectos energéticos municipales pendientes de un informe del IDAE, pero la señal nacional no identifica proyectos de este municipio. El problema a contrastar sería la falta de información sobre su estado y plazo.
Qué lo confirmaría: Inventario municipal de proyectos energéticos con informes del IDAE solicitados, fecha de solicitud, estado y plazo comunicado; su ausencia o que no haya proyectos pendientes descartaría la hipótesis.
Ficha generada por la célula de Alacant/Alicante a partir de la sesión del 19 de octubre de 2026, 01:25. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
Personas usuarias de edificios y servicios municipales
Qué cambia. Podrían beneficiarse de mejoras de eficiencia energética en edificios municipales, si el Ayuntamiento las identifica y aprueba. No cambia la regulación energética ni la tramitación de instalaciones de otros niveles.
Quién puede. Uso de edificios o servicios cuya gestión corresponda al Ayuntamiento; inventario y criterios de acceso, sin dato en la señal.
Cómo se pide. Acceso ordinario al edificio o servicio municipal. No se indica una convocatoria ni un trámite específico.
Personas usuarias de espacios públicos con alumbrado municipal
Qué cambia. Podrían beneficiarse de ajustes o mejoras del alumbrado municipal, sujetos a evaluación técnica y aprobación. La señal no acredita que haya una actuación prevista.
Quién puede. Uso de vías o espacios atendidos por el servicio municipal de alumbrado público; criterios territoriales concretos, sin dato.
Cómo se pide. No requiere solicitud individual; la actuación, si se aprueba, se ejecutaría mediante el servicio municipal correspondiente.
Canal: Sede electrónica del Ayuntamiento para consultas y comunicaciones municipales · Alternativa: Atención presencial o telefónica del Ayuntamiento · Plazo: Propuesta de protocolo en un máximo de 3 meses tras la validación jurídica y la recopilación de datos disponibles
Si algo no cuadra: Para incidencias sobre un servicio municipal, presentación por los canales municipales de atención o registro. No se identifica una vía específica de reclamación para esta propuesta.
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Ayuntamiento de Alacant/Alicante |
|---|---|
| Competencia | Propia propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, art. 26.1.a (alumbrado público, servicio obligatorio), Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, art. 25.2.b (medio ambiente urbano) |
| Instrumento | Protocolo municipal de seguimiento del consumo energético en alumbrado público y edificios municipales, sujeto a validación jurídica de la competencia |
| Coste | Sin dato sobre costes. La actuación municipal podría requerir trabajo del personal y, si se acuerdan medidas, costes de gestión, mantenimiento o inversión en alumbrado y edificios municipales, a determinar mediante evaluación técnica y presupuestaria. La solicitud de seguimiento del informe del… |
| Financiación | hipótesis: financiación con créditos municipales de alumbrado público, edificios y consumos municipales, previa comprobación de disponibilidad y elegibilidad. No consta una partida identificada. |
| Capacidad | El Ayuntamiento puede actuar sobre sus servicios y edificios municipales, dentro del alcance limitado indicado y con competencia propuesta no verificada. Puede evaluar consumos y alumbrado; la regulación energética y el seguimiento de autorizaciones e informes del IDAE deben derivarse a los niveles… |
| KPI | Consumo eléctrico anual de edificios y servicios municipales incluidos en las actuaciones, en kWh, y variación respecto de su línea base. · base sin dato · objetivo Reducir el consumo respecto de la línea base, objetivo cuantitativo sin dato y pendiente de fijar tras medir consumos y… · mide Unidad municipal competente en edificios y servicios energéticos, mediante facturas y registros de consumo de los suministros municipales incluidos. |
| RACI | R: Unidad municipal de energía y servicios técnicos · A: Ayuntamiento de Alacant/Alicante · C: Secretaría General, Administración autonómica competente en energía, IDAE, si procede · I: Unidades municipales responsables de edificios y alumbrado público, Ciudadanía |
| Riesgos | Competencia municipal propuesta como propia, estado no verificado; el alcance se limita a servicios y edificios municipales., La señal nacional sobre autorizaciones y el informe del IDAE no identifica proyectos en Alacant/Alicante ni acredita efectos locales., Sin inventario de instalaciones, consumo de referencia ni actuaciones aprobadas, no se puede estimar el impacto. |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Revisar la competencia municipal y delimitar el protocolo a servicios y edificios municipales; derivar a la administración autonómica o estatal las cuestiones de autorización energética que excedan… | Secretaría General y unidad municipal competente en energía | Coordinación interna y comunicación interadministrativa por canales oficiales | 1 mes tras el inicio de la revisión |
| Reunir los datos disponibles de consumo de alumbrado público y edificios municipales, indicando las carencias de información sin estimar datos no disponibles. | Unidad municipal de energía y servicios técnicos | Sistemas municipales de gestión y coordinación interna | 2 meses tras la validación jurídica |
| Definir un seguimiento periódico de consumos y medidas de eficiencia aplicables a instalaciones municipales, sin regular autorizaciones energéticas de competencia autonómica o estatal. | Unidad municipal de energía y servicios técnicos | Protocolo y canales municipales de gestión | 3 meses tras completar la recopilación de datos |
| Si se identifica una instalación o informe del IDAE ajeno al ámbito municipal, remitir la consulta a la administración competente y coordinarse con ella, sin atribuir al municipio la tramitación. | Unidad municipal competente en energía | Canales oficiales vigentes de la administración competente y del IDAE, cuando proceda | Tras identificar la cuestión y validar a qué administración corresponde |
Derivada desde la ficha de Comunitat Valenciana.
Evidencia
- El 16 de octubre de 2026, el BOE publicó una resolución que desestimó la solicitud de autorización de la instalación fotovoltaica híbrida Bordecorex Norte, de 44,199 MW de potencia instalada. (Instalación Bordecorex Norte, no atribuida a Alacant/Alicante en la señal, 16 de octubre de 2026) fuente ↗
- El 16 de octubre de 2026, el BOE publicó una resolución que desestimó la solicitud de autorización de la instalación fotovoltaica híbrida Ventosa del Ducado, de 43,89 MW de potencia instalada. (Instalación Ventosa del Ducado, no atribuida a Alacant/Alicante en la señal, 16 de octubre de 2026) fuente ↗
- La cifra de demanda eléctrica peninsular de 591.505 MWh para el 17 de octubre de 2026 no constituye por sí misma un dato sobre facturas ni sobre percepción ciudadana. (Península, 17 de octubre de 2026) fuente ↗
- El 16 de octubre de 2026, el BOE publicó la autorización administrativa previa y de construcción para repotenciar una línea aérea de transporte de 400 kV. (Línea aérea de transporte, sin ubicación territorial identificada en la señal, 16 de octubre de 2026) fuente ↗
Cómo se hizo esta ficha
Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.
- action.proposed Ficha en estado contrastada 19 oct, 01:25 · generado por modelo · cell:es.mu.03014