- ¿Quién hace qué? no
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
Hipótesis: el aumento interanual del precio de la vivienda señalado para Aragón podría reflejarse en presión de precios en el Área urbana funcional de Zaragoza, pero no hay una tasa local de variación que lo confirme. El valor tasado local fue de 1.944,3 €/m² en el segundo trimestre de 2026.
Qué lo confirmaría: Serie local de valor tasado o precios de vivienda por municipio para 2T 2025 y 2T 2026, con cobertura y metodología comparables; una variación al alza confirmaría la hipótesis y una variación estable o a la baja la descartaría.
Ficha generada por la célula de Área urbana funcional de Zaragoza a partir de la sesión del 8 de octubre de 2026, 01:36. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- prueba no pancarta: ¿Quién hace qué?
- un nivel con competencia (este solo puede derivar o informar)
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
Municipios del área funcional
Qué cambia. Se propone coordinar la recopilación y publicación de datos comparables sobre vivienda, sin asumir competencias municipales ni autonómicas.
Quién puede. Municipios incluidos en el área funcional de Zaragoza
Cómo se pide. A través de los canales oficiales de los municipios participantes; el área funcional no concede ayudas ni tramita solicitudes.
Hogares inquilinos y personas que buscan vivienda
Qué cambia. Podrían consultar datos territoriales agregados y, cuando corresponda, información sobre consultas normativas publicadas por la administración competente.
Quién puede. Personas interesadas en información pública de vivienda en los municipios del área; no se dispone de criterios individuales de elegibilidad
Cómo se pide. Mediante los portales oficiales de los municipios y del Gobierno de Aragón; la consulta pública previa corresponde a la administración que tramite cada iniciativa.
Entidades sociales y profesionales del sector de vivienda
Qué cambia. Se propone facilitar la coordinación de datos y remitir a los canales de participación de la administración competente, sin recibir ni resolver aportaciones en nombre de esta.
Quién puede. Entidades interesadas en datos agregados o en aportar observaciones a iniciativas normativas de vivienda
Cómo se pide. Consultar los portales oficiales de participación y solicitar información a los municipios o al Gobierno de Aragón.
Canal: Espacio electrónico compartido entre municipios para el intercambio de datos y documentos · Alternativa: Reuniones presenciales o telefónicas de coordinación entre unidades municipales · Plazo: Propuesta de protocolo en 3 meses; después, seguimiento trimestral
Si algo no cuadra: El área funcional no resuelve reclamaciones. Las solicitudes, quejas o recursos deben dirigirse al municipio o a la administración autonómica competente según el acto o trámite correspondiente.
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | sin definir |
|---|---|
| Competencia | Sin competencia propuesta · Sin competencia efectiva |
| Base jurídica | sin definir |
| Instrumento | Protocolo voluntario de coordinación intermunicipal para recopilar y compartir datos de vivienda y hacer seguimiento de iniciativas normativas, sin asumir competencias ni sustituir los procedimientos… |
| Coste | Coste de coordinación técnica para recopilar y armonizar datos municipales y compartirlos con los órganos competentes; importe sin dato. No incluye consultas normativas ni actuaciones de gobierno. |
| Financiación | hipótesis: recursos ordinarios de coordinación de los municipios participantes, sujeto a disponibilidad y acuerdo; no consta una partida identificada. |
| Capacidad | El área funcional no gobierna ni tiene competencia propia en vivienda. Puede agrupar evidencia y facilitar la coordinación de datos entre municipios; la consulta pública normativa y su publicación corresponden a los órganos competentes, y el protocolo autonómico debe derivarse al nivel de Aragón. |
| KPI | Número de municipios participantes que aportan datos de vivienda con definiciones y periodos comparables, y periodicidad de publicación de un resumen agregado. · base sin dato · objetivo Hipótesis: acordar con los municipios participantes una ficha común y una periodicidad de publicación; no se fija una… · mide Unidad técnica que designen los municipios participantes, mediante un registro de aportaciones, validaciones y publicaciones; actualmente no consta un órgano coordinador designado. |
| RACI | R: Unidades municipales competentes en vivienda y datos · A: Órganos municipales competentes, cada uno en su ámbito · C: Unidades municipales de estadística y secretarías municipales, Órgano autonómico competente en vivienda, para cuestiones de su ámbito · I: Municipios del área funcional, Gobierno de Aragón |
| Riesgos | El área funcional no tiene competencia propia de gobierno, por lo que la coordinación depende de la participación municipal., Los datos disponibles pueden referirse a periodos o ámbitos distintos y no ser directamente comparables., La tasa autonómica comunicada por Aragón no debe atribuirse al área funcional., La tabla consultada del INE identifica 2026T2, pero no muestra tasas numéricas en el contenido visible., La aplicación de consultas públicas y la publicación de resúmenes corresponden a la administración competente en cada iniciativa. |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Proponer a los municipios un formato común para recopilar datos oficiales de vivienda, con territorio, periodo y fuente identificados. | Unidades municipales competentes en vivienda y datos | Espacio electrónico compartido entre municipios | 3 meses tras la validación del protocolo |
| Reunir y difundir la información municipal disponible, distinguiéndola de los datos provinciales, autonómicos o estatales; los datos no disponibles se marcarán como sin dato. | Unidades municipales competentes en vivienda y datos | Espacio electrónico compartido entre municipios | Trimestralmente tras acordar el formato común |
| Trasladar al órgano autonómico competente las cuestiones sobre consulta pública previa y publicación de aportaciones que requieran decisión o validación jurídica autonómica. | Unidades municipales competentes en vivienda y secretarías municipales | Canal institucional con el Gobierno de Aragón | Tras identificar una iniciativa o cuestión que requiera coordinación autonómica |
Derivada desde la ficha de Aragón.
Evidencia
- El valor tasado de la vivienda libre fue de 1944,3 €/m² en el segundo trimestre de 2026. (Área urbana funcional de Zaragoza, 2T 2026) fuente ↗
- El BOE publicó el Real Decreto-ley 28/2026 el 7 de octubre de 2026. (Estado de España, 7 de octubre de 2026) fuente ↗
- La consulta pública previa es un instrumento existente previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015. (Estado de España, Vigente según la señal) fuente ↗
- El Observatorio de Vivienda y Suelo es un instrumento existente del ministerio para el seguimiento y la difusión de información sobre vivienda y suelo. (Estado de España, Sin dato) fuente ↗
- La tabla del INE del IPV por comunidades incluye el periodo 2026T2, pero el contenido visible consultado no incluye tasas numéricas. La variación anual del 12,2 % no queda verificada por esa tabla. (Comunidades autónomas de España, 2T 2026) fuente ↗
Cómo se hizo esta ficha
Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.
- action.proposed Ficha en estado contrastada 8 oct, 01:34 · generado por modelo · cell:es.af.zaragoza