- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
En el País Vasco, el precio de la vivienda aumentó un 10 % interanual en el segundo trimestre de 2026, lo que señala una posible presión sobre el acceso a la vivienda. La señal no aporta datos locales sobre alquiler asequible ni sobre el inicio de obras de concesiones.
Qué lo confirmaría: Serie oficial del IPV del País Vasco y datos locales de alquileres, esfuerzo económico de los hogares, viviendas asequibles disponibles e inicios de obras de concesiones; estos últimos datos confirmarían o descartarían la dimensión del problema en alquiler asequible.
Ficha generada por la célula de País Vasco a partir de la sesión del 1 de noviembre de 2026, 01:29. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
Hogares que buscan vivienda en alquiler asequible en el País Vasco
Qué cambia. Podrían acceder a viviendas promovidas mediante concesiones de obra destinadas al alquiler asequible, si el programa autonómico las incorpora.
Quién puede. Los requisitos de acceso y selección no constan en la señal; deben publicarse en el programa o convocatoria autonómica, una vez verificada la competencia y el marco jurídico.
Cómo se pide. Solicitar mediante el procedimiento y los canales que establezca la convocatoria autonómica cuando se publique.
Entidades promotoras o concesionarias de obras de vivienda en el País Vasco
Qué cambia. Podrían promover viviendas en alquiler asequible mediante contratos de concesión de obra, conforme a las bases que se aprueben.
Quién puede. Los requisitos para participar o recibir apoyo no constan en la señal; deben establecerse en las bases autonómicas, coordinadas con la regulación estatal aplicable.
Cómo se pide. Presentar una solicitud o propuesta por el procedimiento que fijen las bases autonómicas, si se convoca.
Canal: Sede electrónica autonómica · Alternativa: Atención presencial en oficinas de vivienda o atención telefónica · Plazo: Iniciar la revisión jurídica antes de aprobar el programa; los plazos posteriores dependen de esa validación
Si algo no cuadra: La vía y los plazos de reclamación deberán indicarse en las bases de la convocatoria; sin convocatoria publicada, sin dato.
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Gobierno Vasco |
|---|---|
| Competencia | Propia propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Constitución Española, art. 148.1.3.ª (ordenación del territorio, urbanismo y vivienda), Estatuto de Autonomía (País Vasco), artículo por verificar en la revisión jurídica |
| Instrumento | Programa autonómico de promoción de vivienda en alquiler asequible, con convocatoria de ayudas sujeta a validación jurídica y coordinación con el Real Decreto 928/2026 |
| Coste | Costes de suelo, construcción o rehabilitación, dirección y supervisión de obras y gestión de las concesiones y ayudas. Importes y número de viviendas: sin dato. Los valores estatales de vivienda libre citados no determinan el coste de esta medida en el País Vasco. |
| Financiación | hipótesis: financiación autonómica mediante el programa de vivienda y sus convocatorias de ayudas, con posible acceso a las subvenciones estatales reguladas por el Real Decreto 928/2026 si se cumplen sus requisitos. Partidas y asignaciones disponibles: sin dato. |
| Capacidad | El Gobierno Vasco puede diseñar y gestionar instrumentos autonómicos de vivienda, sujeto a la verificación jurídica de la competencia estatutaria indicada. La capacidad operativa, el personal y la disponibilidad presupuestaria no constan; la financiación estatal se deriva al nivel estatal. |
| KPI | Viviendas resultantes de las concesiones que estén disponibles para alquiler asequible y ocupadas por hogares que cumplan los requisitos publicados. · base sin dato · objetivo Establecer una línea base y fijar un objetivo cuantificado al aprobar el programa o la convocatoria. · mide El órgano autonómico competente en vivienda, mediante los registros de concesiones, viviendas disponibles, contratos de alquiler y solicitudes; sin dato sobre el registro concreto previsto. |
| RACI | R: Dirección competente en vivienda, Servicios jurídicos del departamento competente en vivienda · A: Departamento competente en vivienda del Gobierno Vasco · C: Órganos estatales competentes en vivienda y subvenciones · I: Municipios y entidades interesadas en promover vivienda en alquiler asequible |
| Riesgos | La competencia autonómica figura como propuesta no verificada y el artículo estatutario está pendiente de revisión jurídica., No constan criterios de acceso, definición de alquiler asequible ni calendario de convocatoria., La disponibilidad de financiación estatal y la coordinación con los instrumentos estatales pueden condicionar la ejecución. |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Verificar la competencia autonómica y el encaje jurídico del programa y de una eventual convocatoria, incluido el artículo estatutario aplicable | Servicios jurídicos del departamento competente en vivienda | Tramitación interna y consulta jurídica | Antes de aprobar el programa o publicar una convocatoria |
| Definir criterios de selección de actuaciones y comprobar su compatibilidad con el régimen estatal de subvenciones para concesiones de obra | Dirección competente en vivienda | Reuniones de coordinación interadministrativa | Tras la validación jurídica y antes de publicar una convocatoria |
| Preparar, si procede tras la validación, las bases y la tramitación de la convocatoria autonómica | Dirección competente en vivienda y unidad de gestión de ayudas | Sede electrónica autonómica | Tras definir los criterios y completar la revisión jurídica |
| Derivar al órgano estatal competente las cuestiones sobre la gestión de las subvenciones directas previstas en el Real Decreto 928/2026 | Departamento competente en vivienda | Comunicación interadministrativa oficial | Durante la preparación del programa |
Evidencia
- El valor tasado de la vivienda libre fue de 2.355 €/m² en el segundo trimestre de 2026. (Estado España, no es un dato específico del País Vasco, Segundo trimestre de 2026) fuente ↗
- El valor tasado de la vivienda libre fue de 1.972,1 €/m² en el cuarto trimestre de 2024. (Estado España, no es un dato específico del País Vasco, Cuarto trimestre de 2024) fuente ↗
- El Real Decreto 928/2026 regula subvenciones directas para financiar contratos de concesión de obra destinados a promover vivienda en alquiler asequible. (Estado España, 2026) fuente ↗
Cómo se hizo esta ficha
Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.
- action.proposed Ficha en estado contrastada 1 nov, 01:26 · generado por modelo · cell:es.ca.16