- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
Hipótesis: el aumento anual del precio de la vivienda en la Comunidad de Madrid puede estar dificultando el acceso a la vivienda, aunque la señal no aporta datos locales de alquiler asequible ni de esfuerzo económico de los hogares.
Qué lo confirmaría: Datos de la Comunidad de Madrid sobre evolución de alquileres, oferta asequible y proporción de ingresos del hogar destinada a vivienda; permitirían confirmar o descartar que el aumento del IPV se traduce en dificultades de acceso.
Ficha generada por la célula de Comunidad de Madrid a partir de la sesión del 1 de noviembre de 2026, 01:29. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
Entidades promotoras de vivienda y otras entidades que puedan concurrir a concesiones de obra para alquiler asequible
Qué cambia. Podrían acceder a un procedimiento autonómico para promover vivienda en alquiler asequible mediante concesiones de obra, si se aprueba el instrumento. No consta una convocatoria ni financiación autonómica aprobada.
Quién puede. Sin criterios autonómicos publicados en la señal. La elegibilidad deberá fijarse en las bases de un programa o convocatoria, tras verificar la competencia y el encaje jurídico.
Cómo se pide. Consultar las convocatorias y bases que publique el órgano autonómico competente y presentar la solicitud por el canal indicado en ellas.
Hogares que buscan vivienda en alquiler asequible
Qué cambia. Podrían beneficiarse de viviendas en alquiler asequible si se construyen y se ofrecen mediante el instrumento aprobado; no consta que haya viviendas disponibles por esta medida.
Quién puede. Sin criterios autonómicos publicados en la señal. Los requisitos de acceso deberán establecerse en el programa o convocatoria aplicable.
Cómo se pide. Solicitar la vivienda por el procedimiento que publiquen las bases de adjudicación, si se aprueba.
Canal: Portal institucional de la Comunidad de Madrid y sede electrónica para la tramitación de la convocatoria · Alternativa: Oficinas de atención a la ciudadanía de la Comunidad de Madrid y teléfono institucional de información · Plazo: Presentar el programa a validación jurídica y presupuestaria antes de publicar la convocatoria; sin plazo calendario definido en la señal
Si algo no cuadra: La vía de reclamación deberá indicarse en las bases de la convocatoria o del procedimiento de adjudicación; sin ellas, no consta una vía específica.
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Gobierno de la Comunidad de Madrid |
|---|---|
| Competencia | Propia propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Constitución Española, art. 148.1.3.ª (ordenación del territorio, urbanismo y vivienda), Estatuto de Autonomía (Comunidad de Madrid), artículo por verificar en la revisión jurídica |
| Instrumento | Programa autonómico de vivienda en alquiler asequible, instrumentado mediante convocatoria de ayudas complementarias para proyectos de concesión de obra, sujeta a revisión jurídica y presupuestaria y… |
| Coste | Sin dato de coste. La estimación debe cubrir suelo, proyectos, obras, gestión de las concesiones y seguimiento de las viviendas, sin atribuir importes hasta disponer de proyectos y presupuestos. |
| Financiación | Hipótesis: financiación mediante el presupuesto autonómico y, si se cumplen sus requisitos, subvenciones directas reguladas por el Real Decreto 928/2026. No consta una asignación concreta a la Comunidad de Madrid. |
| Capacidad | El Gobierno de la Comunidad de Madrid puede liderar un programa autonómico de vivienda y convocatorias de ayudas. La capacidad presupuestaria y operativa no consta; la base estatutaria específica está pendiente de verificación jurídica. |
| KPI | Número de viviendas de alquiler asequible terminadas y disponibles para adjudicación mediante el instrumento autonómico. · base sin dato · objetivo Sin dato. Definirlo tras la revisión jurídica, la aprobación del instrumento y la identificación de recursos y plazo. · mide El órgano autonómico competente en vivienda, mediante los registros de concesiones, obras terminadas y viviendas disponibles para adjudicación. |
| RACI | R: Dirección general competente en vivienda · A: Consejería competente en vivienda · C: Servicio jurídico competente en vivienda, Unidad de estudios y planificación de vivienda, Órgano estatal competente en vivienda · I: Municipios de la Comunidad de Madrid, Entidades promotoras potencialmente interesadas |
| Riesgos | La competencia y el artículo estatutario aplicable están pendientes de verificación jurídica., La medida nacional citada no superó la revisión y no consta una convocatoria autonómica aprobada., Los criterios de acceso, la financiación, el calendario y la disponibilidad de viviendas no constan en la señal. |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Verificar la competencia autonómica y la compatibilidad del programa con el Real Decreto 928/2026, incluido el artículo aplicable del Estatuto de Autonomía | Servicio jurídico competente en vivienda | Revisión jurídica interna y coordinación con el órgano estatal competente | Antes de aprobar las bases del programa |
| Preparar el diseño de la convocatoria, sus requisitos, criterios de valoración y procedimiento de seguimiento, sin fijar importes hasta disponer de análisis presupuestario | Dirección general competente en vivienda | Tramitación administrativa autonómica y consulta pública cuando proceda | Tras la validación jurídica y antes de publicar la convocatoria |
| Analizar la situación territorial de vivienda para fundamentar el programa, identificando el dato del IPV como referido a la Comunidad de Madrid: variación anual del 12,9 % en el segundo trimestre de… | Unidad de estudios y planificación de vivienda | Informe técnico interno con fuentes oficiales | Antes de cerrar el diseño de la convocatoria |
| Coordinar la convocatoria autonómica con las subvenciones estatales reguladas por el Real Decreto 928/2026 y derivar al Estado las decisiones sobre ese instrumento nacional | Dirección general competente en vivienda | Coordinación administrativa con el órgano estatal competente | Durante la preparación de las bases y antes de su publicación |
Evidencia
- El precio de la vivienda (IPV) en la Comunidad de Madrid registró una variación anual del 12,9 %. (Comunidad de Madrid, 2T 2026) fuente ↗
Cómo se hizo esta ficha
Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.
- action.proposed Ficha en estado contrastada 1 nov, 01:26 · generado por modelo · cell:es.ca.13