- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
Hipótesis: podría haber en Lanzarote instalaciones o actividades que utilicen biocarburantes, biolíquidos o combustibles de biomasa sujetas al Real Decreto 926/2026, pero la señal no aporta datos locales sobre su uso ni sobre incumplimientos.
Qué lo confirmaría: Inventario insular verificado de instalaciones y actividades que usan esos combustibles, obligaciones aplicables y resultados de cumplimiento; la existencia de casos sujetos a obligaciones confirmaría la hipótesis, su ausencia la descartaría.
Ficha generada por la célula de Lanzarote a partir de la sesión del 31 de octubre de 2026, 12:13. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
Unidades técnicas de los municipios de Lanzarote
Qué cambia. Podrán recibir orientación y apoyo técnico del Cabildo para identificar los procedimientos aplicables y canalizar consultas, sin asumir competencias municipales, autonómicas o estatales.
Quién puede. Municipios de la isla que soliciten asistencia relacionada con los procedimientos aplicables del Real Decreto 926/2026; el alcance de la asistencia está pendiente de verificación jurídica.
Cómo se pide. Mediante solicitud de asistencia al Cabildo por los canales administrativos habilitados, indicando el municipio y la consulta.
Unidades competentes del Gobierno de Canarias y del MITECO
Qué cambia. Se facilita la coordinación con las unidades municipales y la derivación de cuestiones al nivel competente; no se crean estructuras nuevas.
Quién puede. Órganos participantes en la coordinación de los procedimientos que correspondan a sus competencias, por verificar.
Cómo se pide. A través de coordinación administrativa entre órganos, previa verificación de competencias.
Canal: Coordinación administrativa entre el Cabildo de Lanzarote, los ayuntamientos de la isla y las unidades competentes del Gobierno de Canarias · Alternativa: Atención presencial o telefónica del servicio insular competente, previa solicitud municipal · Plazo: Protocolo sujeto a validación jurídica; los plazos posteriores se fijarán tras esa validación y según los procedimientos vigentes
Si algo no cuadra: Las solicitudes o reclamaciones sobre la actuación del Cabildo podrán presentarse por sus canales administrativos habilitados; las cuestiones de competencia de otros niveles se derivarán al órgano correspondiente.
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Cabildo de Lanzarote |
|---|---|
| Competencia | Asistencia propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, art. 41 (cabildos insulares canarios) |
| Instrumento | Protocolo insular de asistencia técnica a los municipios para identificar los procedimientos y obligaciones locales que pudieran resultar aplicables al Real Decreto 926/2026, previa verificación… |
| Coste | Coste incremental sin dato. La asistencia técnica y la coordinación con los municipios podrían requerir medios existentes; cualquier necesidad adicional debe verificarse antes de comprometer recursos. No se atribuye al Cabildo la revisión estatal de cumplimiento ni competencias municipales o… |
| Financiación | hipótesis: medios y créditos disponibles del Cabildo para asistencia a municipios, previa comprobación de que la finalidad y el gasto son elegibles. No consta una partida identificada. |
| Capacidad | El Cabildo puede plantear asistencia y coordinación insular a los municipios, sin sustituir su titularidad ni las funciones de Canarias o del Estado. La competencia concreta y el alcance de la asistencia deben verificarse jurídicamente antes de ejecutarla. |
| KPI | Solicitudes municipales de asistencia tramitadas y derivadas al órgano competente cuando corresponda, conforme al marco y calendario vigentes. · base sin dato · objetivo Tramitar las solicitudes recibidas dentro de las funciones de asistencia verificadas y derivar las cuestiones que… · mide La unidad competente del Cabildo, mediante el registro de solicitudes de asistencia y sus respuestas o derivaciones; procedimiento y responsable por confirmar. |
| RACI | R: Unidad insular competente en energía · A: Órgano competente del Cabildo de Lanzarote, previa verificación de atribuciones · C: Servicio jurídico del Cabildo de Lanzarote, Ayuntamientos de Lanzarote, Unidades competentes del Gobierno de Canarias, MITECO, para cuestiones de competencia estatal · I: Ayuntamientos de Lanzarote |
| Riesgos | Competencias y alcance de la asistencia del Cabildo pendientes de verificación jurídica., La señal no aporta datos de Lanzarote sobre uso de estos combustibles ni sobre incumplimientos locales., La demanda eléctrica peninsular citada no permite inferir una tendencia ni describir la situación energética de Lanzarote. |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Verificar el alcance de las competencias del Cabildo y delimitar la asistencia que puede prestar sin asumir la titularidad municipal ni funciones autonómicas o estatales | Servicio jurídico del Cabildo de Lanzarote | Coordinación administrativa con las unidades competentes del Gobierno de Canarias y consulta a los municipios | Antes de aprobar el protocolo |
| Ofrecer apoyo técnico a los municipios que lo soliciten para identificar instalaciones o actividades locales potencialmente comprendidas y los trámites que correspondan, sin presumir incumplimientos… | Unidad insular competente en energía | Asistencia técnica y coordinación administrativa con los ayuntamientos | Tras la validación jurídica del protocolo |
| Derivar al Gobierno de Canarias o al MITECO las cuestiones que excedan la asistencia insular o cuya competencia no esté verificada | Unidad insular competente en energía | Coordinación administrativa interadministrativa | Cuando se identifique una cuestión fuera del ámbito insular |
Derivada desde la ficha de Canarias.
Evidencia
- El BOE publicó en 2026 el Real Decreto 926/2026, que regula aspectos de los biocarburantes, los biolíquidos y los combustibles de biomasa utilizados para producir energía. (España, 2026) fuente ↗
- Las lecturas disponibles no contienen una cifra sectorial verificada que permita seleccionar y cuantificar un problema energético. (Ámbito de las lecturas disponibles, sin desglose local aportado para Lanzarote, Sin periodo especificado) fuente ↗
- Se propone tramitar la primera revisión de cumplimiento que corresponda conforme al Real Decreto 926/2026 y a los procedimientos vigentes, sin crear estructuras nuevas. (España, conforme al ámbito del Real Decreto y los procedimientos vigentes, Primera revisión que corresponda, dentro del calendario…) fuente ↗
Cómo se hizo esta ficha
Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.
- action.proposed Ficha en estado contrastada 31 oct, 02:09 · generado por modelo · cell:es.is.lanzarote
- action.proposed Ficha en estado contrastada 31 oct, 12:13 · generado por modelo · cell:es.is.lanzarote