- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
Hipótesis: en Albarracín, la falta de una serie legible de consumos eléctricos municipales podría dificultar evaluar su evolución y orientar medidas en alumbrado y edificios municipales. La señal nacional se refiere a demanda peninsular y no aporta datos del municipio.
Qué lo confirmaría: Registros de facturación o medición de electricidad de alumbrado y edificios municipales, con periodos, unidades y cobertura identificables. Una serie incompleta o no accesible confirmaría la hipótesis; registros completos y comparables permitirían descartarla.
Ficha generada por la célula de Albarracín a partir de la sesión del 30 de octubre de 2026, 12:05. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
Unidades municipales responsables del alumbrado público y de los edificios municipales
Qué cambia. Podrán consultar la serie pública de demanda peninsular como contexto para revisar consumos municipales. La señal no aporta demanda eléctrica municipal ni permite atribuir cambios locales
Quién puede. Servicios y edificios municipales incluidos en el alcance competencial local; no se dispone de un inventario en la señal
Cómo se pide. Consulta de la página de REE cuando la serie esté disponible; el acceso a datos internos municipales se canalizaría mediante las unidades responsables del Ayuntamiento
Personas usuarias de los servicios y edificios municipales
Qué cambia. No cambia ningún derecho ni prestación individual. Cualquier ajuste de alumbrado o de edificios requeriría una decisión municipal separada
Quién puede. Uso de instalaciones o servicios municipales; no se especifican criterios adicionales en la señal
Cómo se pide. No se establece una solicitud individual para esta medida; las consultas sobre servicios municipales pueden dirigirse al Ayuntamiento
Canal: Portal web del Ayuntamiento para la información pública, registro interno municipal para la gestión de datos · Alternativa: Atención presencial en las oficinas municipales y atención telefónica del Ayuntamiento · Plazo: Revisión inicial del protocolo en 6 meses desde su puesta en marcha
Si algo no cuadra: Las consultas o reclamaciones sobre servicios municipales pueden presentarse ante el Ayuntamiento por sus canales oficiales. Las relativas a la publicación de la serie deben dirigirse a REE o al órgano estatal competente.
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Ayuntamiento de Albarracín |
|---|---|
| Competencia | Propia propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, art. 26.1.a (alumbrado público, servicio obligatorio), Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, art. 25.2.b (medio ambiente urbano) |
| Instrumento | Protocolo municipal de registro y seguimiento de los consumos eléctricos del alumbrado público y de los edificios municipales, limitado a servicios y bienes municipales |
| Coste | Para Albarracín, no corresponde ejecutar el formato nacional de publicación, competencia de los órganos estatales. En el ámbito municipal, adaptar la consulta y el uso de la serie para analizar alumbrado y consumos de edificios municipales podría requerir tiempo de personal y ajustes técnicos… |
| Financiación | hipótesis: recursos municipales destinados a gestión energética, alumbrado y consumos de edificios municipales; partida y disponibilidad sin dato. La medida estatal se deriva al nivel estatal. |
| Capacidad | El Ayuntamiento puede revisar consumos de sus servicios y edificios y usar datos públicos disponibles. Su capacidad se limita a esos ámbitos; no puede acordar el formato de publicación de REE ni regular la energía. La propuesta autonómica corresponde al Gobierno de Aragón. |
| KPI | Existencia de una revisión municipal documentada que indique si la serie pública de demanda peninsular es consultable y pertinente para el seguimiento de consumos municipales · base sin dato · objetivo Revisión documentada tras la publicación de la serie, sin fijar una fecha o un umbral no aportados en la señal · mide Unidad municipal responsable de alumbrado o edificios, mediante acta o registro interno de revisión y comprobación de la página de REE; la disponibilidad de la serie corresponde a REE y al nivel… |
| RACI | R: Unidad municipal competente en servicios y edificios · A: Ayuntamiento de Albarracín · C: Secretaría municipal · I: Población de Albarracín |
| Riesgos | La serie peninsular no representa la demanda del municipio y una lectura aislada no permite establecer tendencias., La disponibilidad de datos municipales de consumo es sin dato., La competencia local propuesta figura como no verificada y se limita a servicios y edificios municipales; la regulación energética corresponde a otros niveles. |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Delimitar los puntos de suministro y las facturas municipales disponibles, sin atribuir al municipio datos de demanda peninsular o autonómica | Unidad municipal competente en servicios y edificios | Revisión de facturas y registros municipales | 1 mes tras la validación del protocolo |
| Definir un formato de registro de consumos y periodicidad de actualización a partir de los datos disponibles | Unidad municipal competente en servicios y edificios | Registro interno municipal | 2 meses tras la validación del protocolo |
| Publicar un resumen agregado de los consumos municipales cuando los datos disponibles permitan hacerlo, indicando su periodo y alcance | Secretaría municipal y unidad responsable del portal web | Portal web del Ayuntamiento | 3 meses tras disponer de los datos validados |
| Revisar el funcionamiento del protocolo y proponer ajustes, sin inferir tendencias con datos aislados | Unidad municipal competente en servicios y edificios | Informe interno municipal | 6 meses tras su puesta en marcha |
Derivada desde la ficha de Aragón.
Evidencia
- REE comunicó una demanda eléctrica peninsular diaria de 688.441 MWh el 29 de octubre de 2026. (Península española, 29 de octubre de 2026) fuente ↗
- Una lectura diaria aislada de la demanda no permite establecer una tendencia. (Demanda eléctrica peninsular, Lectura diaria del 29 de octubre de 2026) fuente ↗
- La página de seguimiento de demanda eléctrica de REE, consultada el 30 de octubre de 2026, no presentaba una cifra diaria legible en el texto recuperado. (Demanda eléctrica peninsular, Consulta del 30 de octubre de 2026) fuente ↗
- La falta de una serie diaria legible dificulta contrastar la demanda y evaluar su evolución. (Demanda eléctrica peninsular, Situación consultada el 30 de octubre de 2026) fuente ↗
Cómo se hizo esta ficha
Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.
- action.proposed Ficha en estado contrastada 30 oct, 03:07 · generado por modelo · cell:es.mu.44009
- action.proposed Ficha en estado contrastada 30 oct, 12:04 · generado por modelo · cell:es.mu.44009