- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
Hipótesis: el consumo energético o las emisiones de los servicios y edificios municipales de Zaragoza podrían estar aumentando, lo que justificaría revisar la aplicación de las obligaciones vigentes de ahorro energético. La señal nacional no aporta datos específicos del municipio.
Qué lo confirmaría: Registros municipales comparables de consumo energético y emisiones por año y por servicio; un aumento confirmaría la hipótesis y una estabilidad o reducción la descartaría.
Ficha generada por la célula de Zaragoza a partir de la sesión del 27 de octubre de 2026, 12:16. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
Edificios y servicios municipales, incluido el alumbrado público
Qué cambia. Se propone revisar los consumos y aplicar las obligaciones vigentes de ahorro que correspondan a los servicios y edificios municipales, sin presumir financiación ni medidas concretas.
Quién puede. Titularidad o gestión municipal, e inclusión en el inventario municipal de consumos; alcance sujeto a verificación jurídica y a las obligaciones y créditos aplicables.
Cómo se pide. No requiere solicitud de hogares o empresas. La unidad municipal competente lo tramitaría mediante la gestión de edificios, servicios y contratos municipales.
Canal: Intranet municipal y coordinación interna entre las unidades gestoras de edificios y alumbrado público · Alternativa: Atención presencial o telefónica municipal para consultas sobre los servicios municipales · Plazo: Validar el protocolo antes de su aplicación y revisar su ejecución dentro de los 3 meses posteriores a su puesta en marcha
Si algo no cuadra: Canales municipales de atención y registro para presentar consultas o reclamaciones, conforme al procedimiento aplicable.
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Ayuntamiento de Zaragoza |
|---|---|
| Competencia | Propia propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, art. 26.1.a (alumbrado público, servicio obligatorio), Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, art. 25.2.b (medio ambiente urbano) |
| Instrumento | Protocolo municipal de seguimiento y aplicación de las obligaciones vigentes de ahorro energético en el alumbrado público y los edificios y consumos municipales, sujeto a verificación jurídica y a… |
| Coste | Coste incremental sin dato. Se limitaría a aplicar obligaciones vigentes en alumbrado y edificios municipales, sujeto a evaluación técnica y a los créditos disponibles; no se presume una dotación concreta. La regulación energética general corresponde a niveles superiores. |
| Financiación | hipótesis: créditos municipales aplicables y, si existe una convocatoria y se cumplen sus requisitos, financiación externa elegible. El Fondo Nacional de Eficiencia Energética lo gestiona el IDAE, pero no consta una asignación al Ayuntamiento de Zaragoza. |
| Capacidad | Capacidad limitada a los servicios y edificios municipales y a los instrumentos locales aplicables, como alumbrado público y licencias de obra e instalación. La competencia propuesta está sin verificar; las obligaciones y la financiación determinarán el alcance. El protocolo autonómico corresponde… |
| KPI | Consumo energético de los edificios y servicios municipales incluidos en el seguimiento, desglosado por periodo y comparado con una línea base verificable. · base sin dato · objetivo Medir el consumo y verificar la aplicación de las obligaciones vigentes que resulten aplicables; sin dato para fijar… · mide La unidad municipal competente en edificios, servicios o energía, mediante facturas, lecturas de contadores e inventarios municipales; registro y método concretos sin dato. |
| RACI | R: Unidad municipal competente en energía, Servicios gestores de edificios municipales y alumbrado público · A: Órgano municipal competente · C: Asesoría Jurídica municipal, Unidades municipales responsables de contratación y presupuesto · I: Servicios municipales afectados, Comunidad autónoma de Aragón, para las cuestiones de su competencia |
| Riesgos | La competencia municipal propuesta consta como no verificada y el alcance se limita a servicios y edificios municipales., La señal no aporta datos de emisiones ni de ahorro específicos de Zaragoza., La actuación depende de las obligaciones aplicables y de la financiación disponible., Falta una línea base municipal verificable para valorar cambios en el consumo. |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Verificar las obligaciones vigentes aplicables a los servicios y edificios municipales y delimitar las actuaciones que corresponden al Ayuntamiento | Asesoría Jurídica municipal y unidad municipal competente en energía | Coordinación interna y consulta del portal electrónico del Gobierno de Aragón | Antes de aprobar el protocolo |
| Revisar los consumos municipales disponibles y proponer medidas de ahorro dentro de las obligaciones y créditos aplicables, sin presumir una dotación concreta | Unidad municipal competente en energía y servicios gestores de edificios y alumbrado público | Sistemas municipales de gestión y coordinación interna | Dentro de los 3 meses posteriores a la validación jurídica |
| Aprobar y difundir instrucciones de aplicación para los servicios municipales, sin extenderlas a la regulación energética autonómica o estatal | Órgano municipal competente | Intranet municipal y comunicación a los servicios gestores | Dentro del mes posterior a la validación del protocolo |
| Derivar a la comunidad autónoma o al Estado las cuestiones regulatorias o de financiación que excedan la competencia municipal | Unidad municipal competente en energía | Portal electrónico y canales oficiales de coordinación interadministrativa | Cuando se identifique una cuestión fuera del ámbito municipal |
Derivada desde la ficha de Aragón.
Evidencia
- El IDAE gestionará el Fondo Nacional de Eficiencia Energética conforme a la Ley 18/2014. (España, Sin periodo indicado) fuente ↗
- La actuación se limitará a las obligaciones y créditos aplicables, sin presumir una dotación concreta. (España, Sin periodo indicado) fuente ↗
- El alcance de la actuación dependerá de las obligaciones y la financiación disponibles. (España, Sin periodo indicado) fuente ↗
Cómo se hizo esta ficha
Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.
- action.proposed Ficha en estado senal 27 oct, 01:24 · generado por modelo · cell:es.mu.50297
- action.proposed Ficha en estado contrastada 27 oct, 12:16 · generado por modelo · cell:es.mu.50297