- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
Hipótesis: la señal nacional de emisiones al alza podría reflejar en la Comunidad de Madrid una necesidad de mejorar el ahorro energético y el cumplimiento de obligaciones vigentes; no hay datos locales en la señal para comprobarlo.
Qué lo confirmaría: Una serie oficial de consumo energético y emisiones de la Comunidad de Madrid, desglosada por sectores y periodos, y datos de cumplimiento de las obligaciones de ahorro permitirían confirmar o descartar la hipótesis.
Ficha generada por la célula de Comunidad de Madrid a partir de la sesión del 27 de octubre de 2026, 12:16. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
Hogares, pymes y entidades que puedan acogerse a actuaciones de eficiencia energética o autoconsumo
Qué cambia. No se confirma un cambio inmediato. Si se aprueba una actuación autonómica, podría facilitar el acceso a medidas dentro de las competencias verificadas y de la financiación disponible.
Quién puede. Criterios de elegibilidad sin dato; deberán publicarse tras la revisión jurídica y quedar limitados a las obligaciones y créditos aplicables. La señal no confirma un programa autonómico aprobado.
Cómo se pide. No hay una vía de solicitud confirmada en la señal. Si se aprueba un programa, la convocatoria o el procedimiento deberá indicar cómo solicitarlo o recibirlo.
Canal: Coordinación interdepartamental y tramitación administrativa ordinaria · Alternativa: Atención telefónica o presencial de las unidades administrativas competentes · Plazo: Validación jurídica antes de aprobar el protocolo y revisión anual de su aplicación
Si algo no cuadra: Si se aprueba una convocatoria o se dicta una resolución, se aplicarán las vías de recurso y reclamación que indique ese procedimiento; no consta una vía específica en la señal.
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Gobierno de la Comunidad de Madrid |
|---|---|
| Competencia | Compartida propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Constitución Española, art. 149.1.25.ª (bases del régimen energético, del Estado), Estatuto de Autonomía (Comunidad de Madrid), artículo por verificar en la revisión jurídica |
| Instrumento | Protocolo autonómico de coordinación para aplicar las obligaciones vigentes de ahorro energético, sujeto a validación jurídica y limitado a las competencias, obligaciones y créditos aplicables |
| Coste | Coste incremental sin dato. La actuación de la Comunidad de Madrid se limitaría a las obligaciones y créditos aplicables; el alcance dependería de la financiación disponible. No se presume una dotación concreta. |
| Financiación | hipótesis: utilizar créditos autonómicos aplicables, si existen. El Fondo Nacional de Eficiencia Energética lo gestiona el IDAE conforme a la Ley 18/2014, pero no consta aquí una asignación a la Comunidad de Madrid; cualquier financiación estatal se deriva al nivel estatal. |
| Capacidad | El Gobierno de la Comunidad de Madrid puede desarrollar y ejecutar medidas dentro de las bases estatales. La competencia se señala como compartida y no verificada, y el artículo estatutario está pendiente de revisión jurídica; corresponde verificar el alcance de las autorizaciones y programas antes… |
| KPI | Número de actuaciones de eficiencia energética o autoconsumo ejecutadas al amparo de un instrumento autonómico aprobado, desglosado por tipo de cohorte sin identificar personas. · base sin dato · objetivo Cumplir las obligaciones aplicables y ejecutar actuaciones únicamente dentro de los créditos y la financiación… · mide La unidad competente de la Comunidad de Madrid, si se aprueba un instrumento autonómico, mediante sus registros administrativos de solicitudes y actuaciones ejecutadas. El IDAE gestiona el Fondo… |
| RACI | R: Unidad competente en energía de la administración autonómica, Unidades responsables de patrimonio, gestión presupuestaria y servicios afectados · A: Gobierno de la Comunidad de Madrid · C: Unidad jurídica autonómica, Administración General del Estado, para las materias de su competencia, IDAE, respecto del Fondo Nacional de Eficiencia Energética · I: Órganos gestores de instalaciones y servicios autonómicos |
| Riesgos | La competencia autonómica y el artículo estatutario aplicable están pendientes de verificación jurídica., La señal indica que nada de este apartado superó la revisión, por lo que no acredita una medida autonómica aprobada., La financiación y el alcance disponibles no constan y pueden limitar la ejecución., No hay criterios publicados ni procedimiento de acceso confirmado. |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Verificar las competencias autonómicas y las obligaciones vigentes aplicables, y delimitar qué actuaciones corresponden a la Comunidad de Madrid | Unidad jurídica y unidad competente en energía de la administración autonómica | Revisión jurídica y coordinación interdepartamental | Antes de aprobar el protocolo |
| Identificar actuaciones de ahorro energético en instalaciones y servicios autonómicos, sin presumir una dotación presupuestaria adicional | Unidades responsables de energía, patrimonio y gestión presupuestaria | Inventario interno y tramitación presupuestaria ordinaria | En los 3 meses posteriores a la validación del protocolo |
| Coordinar con la Administración General del Estado la aplicación de las medidas que dependan de competencias estatales o de instrumentos gestionados por el IDAE | Unidad competente en energía de la administración autonómica | Coordinación administrativa con el ministerio competente y el IDAE | Durante la preparación del protocolo y cuando resulte necesario para su… |
| Realizar seguimiento de las actuaciones autonómicas y comunicar sus resultados a los órganos competentes | Unidad competente en energía de la administración autonómica | Informe interno y coordinación administrativa | Anualmente desde el inicio de la ejecución |
Evidencia
- El IDAE gestionará el Fondo Nacional de Eficiencia Energética conforme a la Ley 18/2014. (España, Sin periodo indicado) fuente ↗
- La actuación se limitará a las obligaciones y créditos aplicables, sin presumir una dotación concreta. (España, Sin periodo indicado) fuente ↗
- El alcance de la actuación dependerá de las obligaciones y la financiación disponibles. (España, Sin periodo indicado) fuente ↗
Cómo se hizo esta ficha
Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.
- action.proposed Ficha en estado senal 27 oct, 01:23 · generado por modelo · cell:es.ca.13
- action.proposed Ficha en estado contrastada 27 oct, 12:16 · generado por modelo · cell:es.ca.13