- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
Hipótesis: en Castilla-La Mancha podría ser necesario reforzar la aplicación de las obligaciones vigentes de ahorro energético ante el aumento señalado de emisiones a escala nacional. La señal no aporta datos locales que acrediten ese problema en la comunidad.
Qué lo confirmaría: Series oficiales de consumo energético y emisiones de Castilla-La Mancha, desglosadas por sectores y periodos, y datos de cumplimiento y ahorro de los programas autonómicos. Su evolución permitiría confirmar o descartar la hipótesis.
Ficha generada por la célula de Castilla-La Mancha a partir de la sesión del 27 de octubre de 2026, 12:16. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
La célula no describió destinatarios.
Canal: Sede electrónica y portal institucional, con coordinación entre órganos competentes · Alternativa: Oficinas de atención presencial y teléfono de información de la consejería competente · Plazo: Aprobar el protocolo tras la validación jurídica y ejecutar las actuaciones según las obligaciones y la financiación disponibles
Si algo no cuadra: La vía administrativa de reclamación que establezca cada instrumento aplicable; sin convocatoria o procedimiento identificado, sin dato
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha |
|---|---|
| Competencia | Compartida propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Constitución Española, art. 149.1.25.ª (bases del régimen energético, del Estado), Estatuto de Autonomía (Castilla-La Mancha), artículo por verificar en la revisión jurídica |
| Instrumento | Protocolo autonómico de ejecución de obligaciones vigentes de ahorro y eficiencia energética, sujeto a validación jurídica y sin crear obligaciones ni dotaciones adicionales |
| Coste | Coste incremental sin dato. La actuación regional se limitaría a obligaciones y créditos aplicables, sin presumir una dotación concreta. El alcance dependería de las obligaciones y la financiación disponibles. |
| Financiación | hipótesis: créditos aplicables de la comunidad autónoma y, si procede y se cumplen sus condiciones, coordinación con el Fondo Nacional de Eficiencia Energética, gestionado por el IDAE. No consta una asignación para Castilla-La Mancha. |
| Capacidad | La Junta puede proponer programas de eficiencia y autoconsumo y desarrollar y ejecutar las bases estatales en el ámbito que le corresponda. La competencia es compartida y está sin verificar; el artículo estatutario aplicable debe comprobarse. Las actuaciones que correspondan al Estado se derivan al… |
| KPI | Ahorro de energía final atribuible a actuaciones autonómicas ejecutadas bajo obligaciones e instrumentos vigentes · base sin dato · objetivo Sin cifra fijada; definir tras verificar la competencia, los instrumentos aplicables y los créditos disponibles · mide La unidad autonómica competente en energía, mediante registros de actuaciones y consumos; metodología y disponibilidad de datos por verificar |
| RACI | R: Dirección general competente en energía · A: Consejería competente en energía · C: Unidad jurídica competente en energía, IDAE, para información sobre el Fondo Nacional de Eficiencia Energética · I: Entidades y ciudadanía interesadas |
| Riesgos | La competencia autonómica y el artículo estatutario aplicable están sin verificar, No constan criterios de acceso, convocatorias ni créditos autonómicos concretos, El alcance depende de las obligaciones y la financiación disponibles; el Fondo Nacional de Eficiencia Energética lo gestiona el IDAE |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Verificar las competencias autonómicas y delimitar las obligaciones estatales vigentes aplicables | Unidad jurídica competente en energía | Revisión interna y coordinación con la Administración General del Estado | Antes de aprobar el protocolo |
| Identificar actuaciones autonómicas de eficiencia energética y autoconsumo que puedan desarrollarse con créditos aplicables, sin presumir una dotación concreta | Dirección general competente en energía | Planificación administrativa interna | Tras la validación jurídica |
| Coordinar con el IDAE la información sobre el Fondo Nacional de Eficiencia Energética y las vías de financiación disponibles | Dirección general competente en energía | Coordinación institucional | Tras identificar las actuaciones susceptibles de financiación |
| Publicar instrucciones e información para entidades y ciudadanía sobre las actuaciones disponibles y sus requisitos, si los hubiera | Unidad de atención y comunicación de la consejería competente en energía | Sede electrónica y portal institucional | Tras confirmar las actuaciones y los créditos aplicables |
Evidencia
- El IDAE gestionará el Fondo Nacional de Eficiencia Energética conforme a la Ley 18/2014. (España, ámbito nacional, Conforme a la Ley 18/2014, sin periodo concreto indicado) fuente ↗
- La actuación se limitará a las obligaciones y créditos aplicables, sin presumir una dotación concreta. (España, ámbito nacional, Sin periodo indicado) fuente ↗
- El alcance de la actuación dependerá de las obligaciones y la financiación disponibles. (España, ámbito nacional, Sin periodo indicado) fuente ↗
Cómo se hizo esta ficha
Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.
- action.proposed Ficha en estado senal 27 oct, 01:23 · generado por modelo · cell:es.ca.08
- action.proposed Ficha en estado contrastada 27 oct, 12:15 · generado por modelo · cell:es.ca.08