- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
En el País Vasco, el precio de la vivienda medido por el IPV aumentó un 10 % interanual en el segundo trimestre de 2026, lo que apunta a una posible presión sobre el acceso a la vivienda, aunque la señal no aporta datos directos de asequibilidad.
Qué lo confirmaría: Datos del País Vasco sobre esfuerzo de los hogares para pagar vivienda, precios y disponibilidad del alquiler, demanda y listas de espera de vivienda protegida; permitirían confirmar o descartar que la subida del IPV esté dificultando el acceso.
Ficha generada por la célula de País Vasco a partir de la sesión del 25 de octubre de 2026, 12:11. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
Hogares que soliciten vivienda protegida en alquiler asequible en el País Vasco
Qué cambia. Podrían acceder a una convocatoria autonómica de vivienda protegida en alquiler, si se aprueba. La licitación estatal de suelo público corresponde al Estado y no se decide desde este nivel.
Quién puede. Requisitos de acceso y baremo pendientes de aprobación y publicación en una convocatoria autonómica; sin dato sobre cupos o umbrales.
Cómo se pide. Presentar solicitud por los canales y dentro del plazo que establezca la convocatoria autonómica, una vez publicada.
Canal: Portal autonómico de vivienda y Boletín Oficial del País Vasco · Alternativa: Atención presencial en las oficinas de vivienda y atención telefónica · Plazo: Plazo global: aprobación y publicación después de la validación jurídica y de la identificación del suelo autonómico, sin fecha absoluta disponible
Si algo no cuadra: La vía de reclamación y los recursos aplicables deberán indicarse en la convocatoria y en cada resolución, conforme a la normativa vigente.
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Gobierno Vasco |
|---|---|
| Competencia | Propia propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Constitución Española, art. 148.1.3.ª (ordenación del territorio, urbanismo y vivienda), Estatuto de Autonomía (País Vasco), artículo por verificar en la revisión jurídica |
| Instrumento | Programa autonómico de vivienda, con convocatoria para promover vivienda protegida en alquiler asequible sobre suelo de titularidad autonómica, previa verificación jurídica de la competencia y del… |
| Coste | Sin dato de coste. Para una actuación autonómica de alquiler asequible habría que estimar la disponibilidad de suelo, la construcción o rehabilitación, la gestión y, en su caso, las ayudas. La licitación nacional descrita corresponde a órganos estatales y no se imputa a este nivel. |
| Financiación | hipótesis: partidas autonómicas de vivienda, sujetas a identificación presupuestaria y disponibilidad. No consta una partida concreta. |
| Capacidad | El Gobierno Vasco puede proponer un programa autonómico de vivienda y convocatorias de ayudas dentro de la política de vivienda de la comunidad. La base competencial está propuesta como propia, pero no verificada; debe comprobarse el artículo estatutario y la cobertura de cada instrumento antes de… |
| KPI | Número de viviendas protegidas de alquiler asequible adjudicadas mediante instrumentos autonómicos, desglosado por convocatoria y territorio. · base sin dato · objetivo Fijar un objetivo cuantificado tras disponer de una línea base y aprobar la convocatoria; sin dato en la señal. · mide El órgano autonómico competente en vivienda, mediante los registros de convocatorias, adjudicaciones y contratos; publicar el método de cómputo. |
| RACI | R: Unidad autonómica competente en vivienda, Órgano autonómico competente en gestión de suelo · A: Gobierno Vasco · C: Servicios jurídicos del Gobierno Vasco, MIVAU y SEPES, para delimitar las actuaciones estatales · I: Personas y entidades interesadas en vivienda protegida en alquiler, Órganos autonómicos competentes en vivienda y suelo |
| Riesgos | No se ha verificado la base estatutaria concreta ni el alcance jurídico del instrumento autonómico., La medida nacional depende de licitaciones estatales de suelo y construcción, por lo que su calendario y resultado no están bajo control autonómico., Sin criterios publicados no se puede determinar qué hogares cumplen los requisitos. |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Verificar la base estatutaria y el encaje competencial del instrumento | Unidad autonómica competente en vivienda y servicios jurídicos del Gobierno Vasco | Tramitación administrativa interna | Antes de aprobar el programa |
| Identificar suelo público autonómico susceptible de destinarse a vivienda protegida en alquiler, sin incluir suelo estatal | Unidad autonómica competente en vivienda y órgano autonómico competente en gestión de suelo | Inventario administrativo y coordinación interdepartamental | En los 3 meses posteriores a la validación jurídica |
| Preparar las bases de la convocatoria y los criterios de adjudicación, condicionados a la disponibilidad de suelo y financiación | Unidad autonómica competente en vivienda y órgano autonómico de contratación | Portal de contratación y portal autonómico de vivienda | En los 3 meses posteriores a la identificación del suelo |
| Coordinar con MIVAU y SEPES la delimitación de actuaciones estatales y autonómicas, y derivar a esos órganos las propuestas relativas a suelo estatal | Unidad autonómica competente en vivienda | Coordinación interadministrativa | Durante la preparación de la convocatoria |
| Publicar la convocatoria autonómica una vez completadas las validaciones y aprobaciones necesarias | Órgano autonómico competente en vivienda | Boletín Oficial del País Vasco y portal autonómico de vivienda | Tras la aprobación del programa y de las bases |
Evidencia
- El IPV registró una variación anual del 10 % en el País Vasco. (País Vasco, comunidad autónoma, Segundo trimestre de 2026) fuente ↗
- El segundo trimestre de 2026 es el periodo más reciente disponible para el IPV. (España, periodo de referencia de la estadística IPV, Segundo trimestre de 2026) fuente ↗
Cómo se hizo esta ficha
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