- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
En el País Vasco, el precio de la vivienda aumentó un 10 % interanual en el segundo trimestre de 2026. Este dato señala presión sobre el acceso a la vivienda, aunque no mide por sí solo la evolución del alquiler asequible ni el esfuerzo de los hogares.
Qué lo confirmaría: Series del País Vasco sobre alquileres, ingresos de los hogares y esfuerzo de pago, junto con datos de viviendas disponibles en alquiler asequible; confirmarían la presión si muestran un empeoramiento del acceso y descartaría o matizaría el problema si no lo muestran.
Ficha generada por la célula de País Vasco a partir de la sesión del 23 de octubre de 2026, 13:13. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
Hogares que buscan vivienda de alquiler asequible en el País Vasco
Qué cambia. Podrían acceder a viviendas incorporadas a la oferta de alquiler asequible mediante un instrumento autonómico. La disponibilidad y las condiciones dependerán del diseño y aprobación del programa.
Quién puede. Requisitos de acceso y criterios de priorización que se publiquen en el programa o convocatoria autonómica; sin dato sobre criterios ya aprobados.
Cómo se pide. Presentar la solicitud por el canal y dentro del plazo que establezca la convocatoria autonómica, aportando la documentación exigida.
Entidades públicas o privadas que puedan aportar viviendas terminadas al programa
Qué cambia. Podrían ofrecer viviendas para su incorporación al alquiler asequible conforme a las condiciones publicadas.
Quién puede. Condiciones de participación, características de las viviendas y procedimiento de selección que establezca el instrumento autonómico; sin dato sobre condiciones aprobadas.
Cómo se pide. Participar en el procedimiento que establezca el Gobierno Vasco, si se aprueba y publica.
Canal: Sede electrónica autonómica y portal institucional de vivienda · Alternativa: Oficinas de atención ciudadana y vivienda, con información telefónica · Plazo: Diseño y convocatoria en un plazo máximo de 7 meses desde el inicio, sujeto a validación jurídica y presupuestaria
Si algo no cuadra: La vía y los plazos de reclamación deberán constar en la convocatoria. Se aplicarán los recursos administrativos previstos por la normativa vigente.
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Gobierno Vasco |
|---|---|
| Competencia | Propia propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Constitución Española, art. 148.1.3.ª (ordenación del territorio, urbanismo y vivienda), Estatuto de Autonomía (País Vasco), artículo por verificar en la revisión jurídica |
| Instrumento | Programa autonómico de vivienda para ampliar la oferta de alquiler asequible, con convocatoria de ayudas y revisión jurídica previa de la competencia y del instrumento |
| Coste | Para el Gobierno Vasco, el coste de ampliar o adaptar un programa autonómico de vivienda y sus convocatorias de ayudas dependería del número de viviendas, beneficiarios y condiciones. Sin dato sobre esos parámetros, no puede estimarse un importe. La adquisición de viviendas por SEPES corresponde al… |
| Financiación | hipótesis: crédito del presupuesto autonómico destinado a vivienda, sujeto a disponibilidad y a la identificación de la partida aplicable. No consta una partida concreta. |
| Capacidad | El Gobierno Vasco puede diseñar y gestionar instrumentos autonómicos de vivienda, como programas y convocatorias de ayudas. La competencia propia y el artículo estatutario aplicable están pendientes de verificación jurídica; la adquisición estatal por SEPES no corresponde a este órgano. |
| KPI | Número de viviendas incorporadas al programa que se ofrecen efectivamente en alquiler asequible, y número de contratos formalizados mediante el programa. · base sin dato · objetivo Aumentar la oferta de alquiler asequible respecto de la línea base, con una meta cuantificada tras definir y publicar… · mide El órgano competente del Gobierno Vasco, mediante el registro de viviendas incorporadas, anuncios de oferta y contratos formalizados por el programa. |
| RACI | R: Órgano autonómico competente en vivienda, Unidad gestora de ayudas de vivienda · A: Gobierno Vasco · C: Servicios jurídicos del Gobierno Vasco, Órganos de participación en materia de vivienda · I: Personas solicitantes y entidades del sector de la vivienda, Administración General del Estado |
| Riesgos | La competencia autonómica y el artículo estatutario aplicable requieren verificación jurídica., La medida nacional propuesta asigna un posible papel a SEPES, no al Gobierno Vasco; cualquier coordinación o adquisición estatal debe derivarse al nivel estatal., No constan presupuesto, volumen de viviendas, criterios de acceso ni calendario aprobados., La oferta incorporada podría no corresponder a las zonas o necesidades identificadas por los criterios que se publiquen. |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Verificar la habilitación estatutaria y definir el alcance del programa, sus criterios de acceso y las condiciones de alquiler asequible | Órgano autonómico competente en vivienda y servicios jurídicos del Gobierno Vasco | Revisión jurídica interna y publicación de criterios en el portal institucional | 3 meses tras el inicio de la revisión |
| Diseñar y aprobar las bases de la convocatoria, sin fijar importes hasta contar con una dotación presupuestaria validada | Órgano autonómico competente en vivienda | Tramitación administrativa y publicación en el boletín oficial autonómico | 3 meses tras la validación jurídica y presupuestaria |
| Publicar la convocatoria y habilitar la presentación y seguimiento de solicitudes | Unidad gestora de ayudas de vivienda | Sede electrónica autonómica | 1 mes tras la aprobación de las bases |
| Informar sobre la convocatoria y ofrecer asistencia para la presentación de solicitudes | Unidades de atención ciudadana y vivienda | Portal institucional y oficinas de atención | Desde la publicación de la convocatoria y durante su vigencia |
| Derivar a la Administración General del Estado la propuesta de adquisición competitiva por SEPES, por corresponder a otro nivel | Órgano autonómico competente en vivienda | Comunicación institucional interadministrativa | 1 mes tras la validación del programa |
Evidencia
- El INE identifica el segundo trimestre de 2026 como el periodo más reciente del Índice de Precios de Vivienda. (España, Segundo trimestre de 2026) fuente ↗
- La nota de gabinete consigna un valor tasado de la vivienda libre de 1.972,1 €/m². (España, Cuarto trimestre de 2024) fuente ↗
- La nota de gabinete consigna un valor tasado de la vivienda libre de 2.355 €/m². (España, Segundo trimestre de 2026) fuente ↗
- La nota de gabinete consigna una variación anual del IPV general del 12,2 %. (España, Segundo trimestre de 2026) fuente ↗
- El precio de la vivienda, medido por el IPV, tuvo una variación anual del 10 %. (País Vasco, Segundo trimestre de 2026) fuente ↗
Cómo se hizo esta ficha
Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.
- action.proposed Ficha en estado contrastada 23 oct, 01:26 · generado por modelo · cell:es.ca.16
- action.proposed Ficha en estado contrastada 23 oct, 13:10 · generado por modelo · cell:es.ca.16