- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
En el País Vasco, el precio de la vivienda aumentó un 10 % interanual en el segundo trimestre de 2026. La señal nacional sobre el valor tasado no está verificada y no permite afirmar una variación específica para esta comunidad.
Qué lo confirmaría: El IPV oficial del País Vasco registra una variación anual del 10 % en el segundo trimestre de 2026 (INE, https://www.ine.es/jaxiT3/Tabla.htm?t=80270).
Ficha generada por la célula de País Vasco a partir de la sesión del 22 de octubre de 2026, 01:53. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
Hogares que buscan vivienda en el País Vasco
Qué cambia. Podrían acceder a medidas autonómicas de vivienda vinculadas al desarrollo de suelo público, si se aprueban y se concretan en un instrumento propio de este nivel.
Quién puede. Criterios de acceso y priorización que se publiquen en el programa autonómico o en cada convocatoria; no constan en la señal.
Cómo se pide. Presentar solicitud por los canales y dentro de los plazos que establezca la convocatoria.
Entidades promotoras que desarrollen vivienda en suelo público en el País Vasco
Qué cambia. Podrían participar en actuaciones autonómicas de desarrollo de suelo público, sujeto a aprobación y a las condiciones publicadas.
Quién puede. Requisitos de participación, destino de las viviendas y condiciones del suelo que se publiquen para cada actuación; no constan en la señal.
Cómo se pide. Participar en el procedimiento que establezca el órgano competente para cada actuación.
Canal: Portal institucional y sede electrónica del Gobierno Vasco · Alternativa: Atención presencial en oficinas del Gobierno Vasco y atención telefónica · Plazo: Diseño y validación en los 3 meses posteriores al inicio de la tramitación, con plazos de ejecución definidos en el programa
Si algo no cuadra: La convocatoria o resolución deberá indicar los recursos administrativos aplicables y sus plazos. La propuesta no decide derechos individuales.
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Gobierno Vasco |
|---|---|
| Competencia | Propia propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Constitución Española, art. 148.1.3.ª (ordenación del territorio, urbanismo y vivienda), Estatuto de Autonomía (País Vasco), artículo por verificar en la revisión jurídica |
| Instrumento | Programa autonómico de movilización y desarrollo de suelo público para vivienda, sujeto a revisión jurídica de la competencia y del artículo estatutario aplicable |
| Coste | Sin dato de coste. Dependería del diseño y alcance del programa autonómico, las ayudas, la disponibilidad de suelo y los costes de gestión; requiere memoria económica. El IPV del País Vasco registra una variación anual del 10 % en el segundo trimestre de 2026, dato de contexto, no estimación de… |
| Financiación | hipótesis: financiar mediante las partidas autonómicas de vivienda que se identifiquen y habiliten en el presupuesto; sin dato de partida ni importe. La medida nacional propuesta no superó la revisión y no se atribuye financiación estatal. |
| Capacidad | El Gobierno Vasco puede proponer y gestionar instrumentos autonómicos de vivienda, como programas y convocatorias de ayudas. La competencia estatutaria concreta requiere verificación jurídica. La capacidad presupuestaria y operativa disponible es sin dato; cualquier actuación queda sujeta a memoria… |
| KPI | Número de viviendas incorporadas a actuaciones autonómicas de desarrollo de suelo público y, cuando se publique el criterio, proporción destinada a los hogares elegibles. · base sin dato · objetivo Definir un objetivo cuantificado tras establecer la línea base y aprobar el instrumento autonómico. · mide El órgano competente en vivienda del Gobierno Vasco, mediante los registros de actuaciones, adjudicaciones y viviendas incorporadas; publicar metodología y resultados. |
| RACI | R: Unidad competente en vivienda del Gobierno Vasco · A: Departamento del Gobierno Vasco competente en vivienda · C: Servicios jurídicos del Gobierno Vasco, Unidades responsables de patrimonio y ordenación territorial, Órganos municipales afectados · I: Ciudadanía, Entidades interesadas en vivienda |
| Riesgos | La señal no verifica de forma independiente las cifras nacionales de valor tasado para los periodos citados y no aporta un desglose específico para el País Vasco., La competencia propia indicada está pendiente de verificación jurídica, incluido el artículo estatutario aplicable., No constan en la señal presupuesto, calendario, criterios de acceso ni actuaciones autonómicas aprobadas. |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Verificar la base competencial y definir el alcance del programa, sin atribuir al País Vasco datos de otros territorios | Servicios jurídicos del Gobierno Vasco y unidad competente en vivienda | Tramitación interna y consulta jurídica | Antes de aprobar el diseño del programa |
| Identificar suelo público autonómico disponible y establecer criterios para priorizar actuaciones de vivienda | Unidad competente en vivienda, en coordinación con las unidades responsables de patrimonio y ordenación territorial | Inventario administrativo y coordinación interdepartamental | En los 3 meses posteriores a la validación jurídica |
| Preparar, si procede, convocatorias de ayudas vinculadas a las actuaciones del programa, con bases y criterios públicos | Unidad competente en vivienda | Sede electrónica del Gobierno Vasco | En los 3 meses posteriores a la aprobación del programa |
| Consultar a los órganos municipales sobre la viabilidad urbanística y las necesidades locales | Unidad competente en vivienda | Consulta institucional y reuniones de coordinación | Durante la elaboración del programa |
| Publicar el programa, las convocatorias y un informe de seguimiento de su ejecución | Unidad competente en vivienda | Portal institucional y sede electrónica del Gobierno Vasco | Publicación tras la aprobación, con seguimiento anual |
Evidencia
- El precio de la vivienda (IPV) registró una variación anual del 10 % en el segundo trimestre de 2026. (País Vasco, comunidad autónoma, Segundo trimestre de 2026) fuente ↗
Cómo se hizo esta ficha
Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.
- action.proposed Ficha en estado contrastada 22 oct, 01:51 · generado por modelo · cell:es.ca.16