- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
En Extremadura, el precio de la vivienda aumentó un 12,8 % interanual en el segundo trimestre de 2026. Esto señala una posible presión sobre el acceso a la vivienda, cuyo efecto en los hogares requiere datos locales adicionales.
Qué lo confirmaría: La variación del IPV de Extremadura por municipios, junto con datos locales de precios, ingresos de los hogares y esfuerzo de compra, permitiría confirmar o descartar que el aumento dificulta el acceso a la vivienda.
Ficha generada por la célula de Extremadura a partir de la sesión del 22 de octubre de 2026, 01:53. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
Hogares que soliciten acceso a vivienda o ayudas autonómicas
Qué cambia. Podrían acceder a una vivienda o ayuda del programa autonómico, según las condiciones de la convocatoria.
Quién puede. Requisitos de acceso y prioridad que publique la convocatoria; todavía sin definir en la señal.
Cómo se pide. Presentar solicitud por los canales y dentro del plazo que indique la convocatoria de la Junta de Extremadura.
Entidades públicas que gestionen suelo o vivienda en Extremadura
Qué cambia. Podrían participar en actuaciones autonómicas de vivienda si el programa las contempla.
Quién puede. Condiciones que establezca el programa autonómico; todavía sin definir en la señal.
Cómo se pide. Solicitar participación por el procedimiento que publique la Junta de Extremadura.
Canal: Portal de vivienda de la Junta de Extremadura y sede electrónica · Alternativa: Oficinas de asistencia en materia de registros y atención telefónica de la Junta de Extremadura · Plazo: Diseño y validación en un plazo de 3 meses; publicación posterior a la aprobación del programa y a la disponibilidad presupuestaria
Si algo no cuadra: La vía y los plazos que establezca la convocatoria y, cuando proceda, los recursos administrativos previstos en la normativa aplicable.
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Junta de Extremadura |
|---|---|
| Competencia | Propia propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Constitución Española, art. 148.1.3.ª (ordenación del territorio, urbanismo y vivienda), Estatuto de Autonomía (Extremadura), artículo por verificar en la revisión jurídica |
| Instrumento | Programa autonómico de vivienda de Extremadura y convocatoria de ayudas, sujetos a revisión jurídica y presupuestaria |
| Coste | Sin dato de coste. Dependería del diseño del programa autonómico de vivienda, las ayudas convocadas, su alcance y la demanda; habría que estimarlo antes de aprobarlo. |
| Financiación | Hipótesis: asignación en las partidas autonómicas de vivienda y financiación de convocatorias de ayudas. No se identifica una partida ni un importe concreto en la señal. |
| Capacidad | La Junta de Extremadura lideraría la propuesta en el ámbito autonómico mediante sus unidades de vivienda y convocatorias. La capacidad operativa no está cuantificada y la competencia propia y el artículo estatutario requieren verificación jurídica. |
| KPI | Porcentaje de hogares beneficiarios que acceden a una vivienda conforme a las condiciones del programa. · base sin dato · objetivo Fijar y publicar antes de la convocatoria, a partir de la línea base disponible. · mide La unidad responsable de vivienda de la Junta de Extremadura, mediante registros de solicitudes, concesiones y acceso efectivo a vivienda. |
| RACI | R: Dirección general competente en vivienda · A: Consejería competente en vivienda · C: Servicio jurídico de la Junta de Extremadura, Unidad de análisis y evaluación de vivienda, Entidades locales, para coordinación territorial · I: Personas solicitantes potenciales, Entidades locales |
| Riesgos | La variación anual del IPV de Extremadura fue del 12,8 % en el segundo trimestre de 2026, pero no permite por sí sola medir el efecto del programa., La convocatoria podría no concretar criterios de acceso o mecanismos de seguimiento., La competencia autonómica propuesta está sin verificar; debe comprobarse la base estatutaria antes de instrumentar la medida. |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Verificar la competencia estatutaria y la habilitación jurídica del programa y de la convocatoria antes de su tramitación. | Secretaría General competente en vivienda y servicio jurídico de la Junta de Extremadura | Tramitación administrativa interna | Antes de la validación del instrumento |
| Definir criterios de acceso, actuaciones subvencionables y mecanismos de seguimiento, sin fijar importes hasta disponer de memoria presupuestaria. | Dirección general competente en vivienda | Comisión técnica interdepartamental | 2 meses tras la validación jurídica |
| Contrastar la necesidad territorial con datos oficiales de Extremadura. El IPV autonómico registra una variación anual del 12,8 % en el segundo trimestre de 2026; es un dato de la comunidad autónoma… | Unidad de análisis y evaluación de vivienda | Informe técnico interno | 1 mes tras la definición de criterios |
| Preparar y publicar la convocatoria, con requisitos, documentación, calendario y procedimiento de consulta accesibles. | Dirección general competente en vivienda | Portal de vivienda de la Junta de Extremadura y sede electrónica | 3 meses tras la aprobación del programa |
| Derivar al Estado las cuestiones que excedan las competencias autonómicas y coordinar, cuando proceda, con las entidades locales la difusión y gestión territorial. | Consejería competente en vivienda | Coordinación interadministrativa | Durante la preparación y ejecución del programa |
Evidencia
- El IPV de Extremadura registró una variación anual del precio de la vivienda del 12,8 %. (Extremadura, Segundo trimestre de 2026) fuente ↗
- La tabla del IPV identifica el segundo trimestre de 2026 como último periodo, pero no devuelve datos para confirmar la variación anual comunicada del 12,2 % en ese periodo. (España, Segundo trimestre de 2026) fuente ↗
- La lectura comunicada sitúa el valor tasado de la vivienda libre en 1.972,1 €/m². (España, Cuarto trimestre de 2024) fuente ↗
- La lectura comunicada sitúa el valor tasado de la vivienda libre en 2.355 €/m² en el segundo trimestre de 2026, pero la página ministerial no permitió verificar ese valor. (España, Segundo trimestre de 2026) fuente ↗
- La lectura comunicada indica que el valor tasado de la vivienda libre aumentó entre el cuarto trimestre de 2024 y el segundo trimestre de 2026. (España, Del cuarto trimestre de 2024 al segundo trimestre de 2026) fuente ↗
Cómo se hizo esta ficha
Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.
- action.proposed Ficha en estado contrastada 22 oct, 01:50 · generado por modelo · cell:es.ca.11