- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
Hipótesis: podría haber incidencias de suministro eléctrico que afecten al alumbrado o a edificios y servicios municipales de Madrid relacionados con una emergencia, pero la señal nacional no acredita cortes ni necesidades concretas en este municipio.
Qué lo confirmaría: Registros municipales de incidencias eléctricas en Madrid, con ubicación, fechas y duración, y constancia de efectos sobre el alumbrado o edificios y servicios municipales; su ausencia descartaría la hipótesis para esos servicios durante el periodo revisado.
Ficha generada por la célula de Madrid a partir de la sesión del 22 de octubre de 2026, 01:53. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
Servicios y edificios municipales del Ayuntamiento de Madrid
Qué cambia. Si se verifica una incidencia, el órgano municipal competente registraría su impacto en el servicio y la comunicaría a los mecanismos de coordinación vigentes. La reposición y la regulación energética corresponden a otros niveles y operadores.
Quién puede. Titularidad o gestión municipal y existencia de una incidencia eléctrica verificada. La información disponible no acredita cortes ni necesidades concretas en el municipio de Madrid.
Cómo se pide. La unidad municipal responsable del servicio comunica la incidencia por los canales internos y de coordinación vigentes; no se crea una ayuda ni un trámite nuevo.
Alumbrado público municipal
Qué cambia. El Ayuntamiento podría comprobar la incidencia y coordinar las actuaciones sobre el servicio municipal, sin atribuirse competencias sobre la red eléctrica general.
Quién puede. Instalaciones de alumbrado de competencia municipal con una incidencia eléctrica verificada.
Cómo se pide. Comunicación a la unidad municipal responsable del alumbrado por los canales municipales existentes.
Canal: Coordinación interadministrativa mediante los mecanismos vigentes de emergencias y energía · Alternativa: Atención presencial municipal y teléfono de emergencias o de los servicios municipales, según corresponda · Plazo: Validar el protocolo antes de su activación y coordinar cada incidencia tras su verificación
Si algo no cuadra: Para incidencias en servicios municipales, utilizar los canales municipales de atención y reclamación. Las cuestiones sobre suministro o red eléctrica se derivan a los órganos autonómicos o estatales y a la distribuidora competente.
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Ayuntamiento de Madrid |
|---|---|
| Competencia | Propia propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, art. 26.1.a (alumbrado público, servicio obligatorio), Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, art. 25.2.b (medio ambiente urbano) |
| Instrumento | Protocolo municipal de verificación de incidencias eléctricas y coordinación de servicios y edificios municipales, sujeto a validación competencial |
| Coste | Coste sin dato. No se acredita ninguna interrupción ni necesidad eléctrica concreta en el municipio de Madrid. Si se detectan incidencias, la actuación municipal se limitaría a verificar necesidades de sus servicios y edificios y coordinarse con los órganos competentes. |
| Financiación | hipótesis: atender la actuación con recursos y partidas municipales vigentes para alumbrado público, edificios y consumos municipales. No consta una partida específica ni financiación nueva. |
| Capacidad | El Ayuntamiento puede actuar sobre el alumbrado público y sus edificios y consumos municipales, con competencia propuesta no verificada y alcance limitado. La coordinación de la reposición eléctrica corresponde a los órganos estatales y autonómicos competentes, mediante mecanismos vigentes. |
| KPI | Proporción de incidencias eléctricas verificadas en servicios o instalaciones municipales que quedan registradas y, cuando corresponda, comunicadas a los mecanismos de coordinación vigentes. · base sin dato · objetivo Registrar y comunicar las incidencias verificadas que afecten a servicios o instalaciones municipales; no se fija una… · mide La unidad municipal competente, mediante el registro municipal de incidencias y las constancias de comunicación a los mecanismos de coordinación. El registro disponible no está especificado. |
| RACI | R: Unidad municipal competente en energía y servicios urbanos, Unidad municipal de protección civil y emergencias · A: Ayuntamiento de Madrid · C: Comunidad de Madrid, Distribuidora eléctrica, Unidades municipales responsables de los servicios afectados, Unidad municipal de asesoría jurídica · I: Servicios municipales afectados, Población usuaria de los servicios municipales, cuando proceda |
| Riesgos | La señal nacional no acredita cortes eléctricos ni necesidades concretas en el municipio de Madrid., La priorización de la reposición corresponde a la coordinación estatal y autonómica con REE y las distribuidoras; la competencia municipal es limitada a servicios e instalaciones municipales., La competencia indicada para el Ayuntamiento figura como propuesta no verificada. |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Verificar si hay incidencias eléctricas que afecten al alumbrado, edificios o servicios municipales, sin presumir cortes ni afectación por la DANA | Unidad municipal competente en energía y servicios urbanos | Inspección de instalaciones y coordinación con la distribuidora eléctrica | Tras la activación del protocolo |
| Comunicar las incidencias verificadas y las necesidades de servicios esenciales municipales a los mecanismos de coordinación autonómicos vigentes | Unidad municipal de protección civil y emergencias | Coordinación interadministrativa autonómica | Tras verificar cada incidencia |
| Priorizar medidas operativas en instalaciones municipales dentro de las competencias y recursos disponibles, y derivar las necesidades de reposición de red a la Comunidad de Madrid y a la… | Órganos municipales responsables de los servicios afectados | Coordinación con la Comunidad de Madrid y la distribuidora eléctrica | Tras identificar las necesidades |
| Revisar el protocolo y su encaje competencial antes de aplicarlo | Secretaría General del Pleno o unidad municipal de asesoría jurídica | Revisión interna municipal | Antes de su validación |
Derivada desde la ficha de Comunidad de Madrid.
Evidencia
- La información disponible no acredita una interrupción eléctrica concreta atribuible a la DANA. (Información disponible sobre la DANA, sin acreditación específica para el…, Información disponible en la señal de la sesión nacional…) fuente ↗
- Las necesidades de suministro eléctrico de hospitales, servicios de abastecimiento de agua y telecomunicaciones afectados por la DANA siguen sin verificarse en la información disponible. (Municipios afectados por la DANA, sin desglose para el municipio de Madrid, Información disponible en la señal de la sesión nacional…) fuente ↗
- La Dirección General de Política Energética y Minas coordinará con REE, las distribuidoras y las comunidades autónomas la priorización de la reposición eléctrica en servicios esenciales de municipios afectados si se detectan incidencias. (Municipios afectados por la DANA, sin identificación del municipio de Madrid, Propuesta nacional de la sesión 2026-10-22-01, condicionada…) fuente ↗
- La priorización propuesta se realizaría mediante mecanismos de coordinación vigentes y no crearía organismos ni fondos nuevos. (Coordinación nacional para municipios afectados, Propuesta de la sesión nacional 2026-10-22-01) fuente ↗
Cómo se hizo esta ficha
Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.
- action.proposed Ficha en estado contrastada 22 oct, 01:53 · generado por modelo · cell:es.mu.28079