- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
En la Comunidad de Madrid, el precio de la vivienda aumentó un 12,9 % en variación anual en el segundo trimestre de 2026, según el IPV territorial disponible. Esto señala una subida de precios, pero por sí solo no mide su efecto sobre el acceso a la vivienda.
Qué lo confirmaría: La serie oficial del IPV desglosada para la Comunidad de Madrid confirma la subida indicada; para valorar el problema de acceso, se necesitan además datos territoriales sobre alquileres, oferta de vivienda y esfuerzo de pago.
Ficha generada por la célula de Comunidad de Madrid a partir de la sesión del 21 de octubre de 2026, 01:22. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
Hogares que soliciten apoyo autonómico para vivienda
Qué cambia. Podrían recibir la ayuda que establezca la convocatoria autonómica, si cumplen sus requisitos. El importe y las condiciones están sin dato.
Quién puede. Los requisitos de acceso se fijarán y publicarán en las bases de la convocatoria; actualmente, sin dato.
Cómo se pide. Presentar la solicitud por el canal y dentro del plazo que indique la convocatoria de la Comunidad de Madrid.
Canal: Sede electrónica de la Comunidad de Madrid y publicación oficial en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · Alternativa: Oficinas de atención presencial y servicio telefónico de información de la Comunidad de Madrid · Plazo: Propuesta de programa y revisión jurídica en un plazo de 3 meses desde el inicio de la tramitación, hipótesis sujeta a planificación y validación
Si algo no cuadra: La vía de recurso y los plazos se indicarán en la resolución. También podrán utilizarse las vías de reclamación administrativa previstas en la convocatoria y en la normativa aplicable.
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Gobierno de la Comunidad de Madrid |
|---|---|
| Competencia | Propia propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Constitución Española, art. 148.1.3.ª (ordenación del territorio, urbanismo y vivienda), Estatuto de Autonomía (Comunidad de Madrid), artículo por verificar en la revisión jurídica |
| Instrumento | Programa autonómico de vivienda, desarrollado mediante convocatorias de ayudas, sujeto a revisión jurídica de la competencia y del artículo estatutario aplicable. |
| Coste | Sin dato sobre el coste de un programa autonómico de vivienda o de convocatorias de ayudas. La variación anual del IPV de la Comunidad de Madrid fue del 12,9 % en el segundo trimestre de 2026, pero no permite estimar por sí sola el coste. El dato nacional del IPV sigue sin confirmarse y no se… |
| Financiación | Hipótesis: financiación mediante las partidas autonómicas de vivienda que correspondan, por identificar en el presupuesto vigente. Sin dato sobre partida concreta o importe. |
| Capacidad | El Gobierno de la Comunidad de Madrid puede proponer y gestionar instrumentos autonómicos de vivienda, incluidos programas y convocatorias de ayudas. La competencia figura como propuesta propia, pero está sin verificar; corresponde revisar la base estatutaria y concretar recursos, personal y plazos… |
| KPI | Porcentaje de solicitudes completas que reciben resolución dentro del plazo publicado en la convocatoria. · base sin dato · objetivo Fijar y publicar el objetivo al aprobar la convocatoria, una vez establecida la línea base. · mide La unidad autonómica responsable de vivienda, mediante el registro de solicitudes y resoluciones de la convocatoria. |
| RACI | R: Unidad autonómica competente en vivienda · A: Gobierno de la Comunidad de Madrid · C: Servicios jurídicos de la Comunidad de Madrid, Órganos municipales competentes en vivienda · I: Ciudadanía, Municipios de la Comunidad de Madrid |
| Riesgos | Bases, plazos o requisitos insuficientemente claros, que dificulten el acceso., Demoras en la tramitación o falta de datos para evaluar los resultados., La discrepancia señalada para el IPV general nacional no permite presentarlo como confirmado; no se usará como medición del resultado autonómico. |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Verificar la habilitación competencial y el encaje jurídico del programa y de sus convocatorias. | Servicios jurídicos de la Comunidad de Madrid | Tramitación administrativa interna | Antes de validar el programa |
| Definir las actuaciones, requisitos y criterios de las convocatorias, sin resolver derechos individuales en esta fase de propuesta. | Unidad autonómica competente en vivienda | Sede electrónica de la Comunidad de Madrid | Tras la revisión jurídica y antes de aprobar las convocatorias |
| Publicar el programa y las convocatorias aprobadas, con sus plazos y canales de tramitación. | Unidad autonómica competente en vivienda | Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y sede electrónica | Tras la aprobación formal |
| Derivar al Estado el seguimiento de solicitudes ministeriales y la discrepancia de publicación del IPV general, sin presentar esa cifra como confirmada a escala nacional. | Unidad autonómica competente en vivienda | Comunicación institucional con el órgano estatal competente | Tras identificar la unidad estatal competente |
Evidencia
- En la Comunidad de Madrid, la variación anual del Índice de Precios de Vivienda fue del 12,9 % en el segundo trimestre de 2026. (Comunidad de Madrid, Segundo trimestre de 2026) fuente ↗
- La tabla del IPV consultada muestra 0 series y 0 datos para el segundo trimestre de 2026. (Sin dato territorial en la señal, Segundo trimestre de 2026) fuente ↗
Cómo se hizo esta ficha
Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.
- action.proposed Ficha en estado contrastada 21 oct, 01:19 · generado por modelo · cell:es.ca.13