- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
Hipótesis: los hogares de Albarracín podrían afrontar dificultades de acceso a la vivienda, a partir de la evolución comunicada para Aragón, pero no hay datos municipales que acrediten ese efecto. La variación autonómica no permite atribuirlo al municipio.
Qué lo confirmaría: Datos de Albarracín sobre precios de compra y alquiler, ingresos de los hogares, demanda y solicitudes de vivienda protegida; permitirían confirmar o descartar dificultades locales de acceso.
Ficha generada por la célula de Albarracín a partir de la sesión del 20 de octubre de 2026, 13:13. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
Hogares que soliciten información o tramitación municipal sobre vivienda de protección pública
Qué cambia. El Ayuntamiento puede ofrecer una ventanilla de información y tramitación dentro de sus competencias, sin modificar los criterios de acceso fijados por la normativa y las convocatorias aplicables.
Quién puede. Los requisitos aplicables dependerán de las bases y convocatorias publicadas; no se aportan requisitos ni convocatorias locales, sin dato.
Cómo se pide. Presentar la consulta o solicitud por los canales oficiales del Ayuntamiento; los canales concretos no constan en la señal.
Canal: Sede electrónica municipal y portal municipal de transparencia · Alternativa: Atención presencial o telefónica en las oficinas municipales · Plazo: Protocolo validado y ventanilla operativa en un plazo de 2 meses tras el inicio de la revisión competencial
Si algo no cuadra: Utilizar los canales oficiales de queja o los recursos administrativos que correspondan según el acto y la normativa aplicable; no se propone decidir derechos individuales.
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Ayuntamiento de Albarracín |
|---|---|
| Competencia | Propia propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, art. 25.2.a (urbanismo; promoción y gestión de la vivienda de protección pública) |
| Instrumento | Protocolo municipal de atención y derivación de consultas de vivienda, con ventanilla de tramitación para asuntos de competencia municipal, sujeto a validación jurídica y competencial |
| Coste | Sin dato de coste. La ventanilla de tramitación y las tareas de planeamiento o gestión local requerirían personal y medios municipales; cualquier coste debe estimarse con datos del Ayuntamiento. No se atribuyen al municipio las cifras de Aragón ni las nacionales. |
| Financiación | hipótesis: crédito municipal para urbanismo o vivienda, sujeto a disponibilidad y a verificar la competencia y la partida aplicable. La financiación de medidas de ámbito autonómico se deriva a Aragón. |
| Capacidad | El Ayuntamiento puede valorar la tramitación local y el planeamiento o la gestión de vivienda de protección pública, dentro de sus competencias, que constan como no verificadas. La política de vivienda corresponde a Aragón; el protocolo autonómico de transparencia se deriva a ese nivel. |
| KPI | Proporción de solicitudes municipales de información sobre vivienda cuyo estado, plazo y respuesta publicable quedan registrados y comunicados, respetando la normativa de transparencia y el secreto… · base sin dato · objetivo Registrar y comunicar el estado, los plazos y las respuestas publicables de las solicitudes municipales, conforme a la… · mide Ayuntamiento de Albarracín, mediante el registro municipal de solicitudes y respuestas; la forma de publicación deberá validarse jurídica y competencialmente. |
| RACI | R: Unidad municipal competente en urbanismo y vivienda · A: Ayuntamiento de Albarracín · C: Secretaría del Ayuntamiento, Órgano autonómico competente en vivienda · I: Población del municipio, Unidad municipal responsable de transparencia |
| Riesgos | Confundir la competencia municipal de gestión y tramitación con la fijación de la política de vivienda, que corresponde a la comunidad autónoma., Publicar datos que permitan identificar personas o vulneren el secreto estadístico., No disponer de criterios, convocatorias o datos locales verificados para informar sobre acceso o necesidad de vivienda. |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Revisar las competencias municipales y delimitar qué consultas pueden atenderse localmente y cuáles deben derivarse a Aragón | Secretaría del Ayuntamiento | Coordinación interna y consulta al órgano autonómico competente en vivienda | 1 mes tras el inicio de la revisión |
| Habilitar una ventanilla para orientar sobre trámites municipales de urbanismo y gestión de vivienda de protección pública, sin resolver derechos individuales | Unidad municipal competente en urbanismo y vivienda | Sede electrónica municipal y atención en oficinas municipales | 2 meses tras la validación jurídica y competencial |
| Registrar las consultas recibidas y publicar información municipal agregada cuando sea publicable, respetando la normativa de transparencia y el secreto estadístico | Unidad municipal responsable de transparencia | Portal municipal de transparencia | Desde la puesta en marcha de la ventanilla, con revisión trimestral |
| Derivar las solicitudes de datos o asuntos de política de vivienda que correspondan al nivel autonómico | Unidad municipal competente en urbanismo y vivienda | Canal oficial de coordinación con el órgano autonómico competente en vivienda | Dentro de 10 días hábiles desde la identificación de la competencia autonómica |
Derivada desde la ficha de Aragón.
Evidencia
- El INE identifica el segundo trimestre de 2026 como el último periodo del Índice de Precios de Vivienda. (España, Segundo trimestre de 2026) fuente ↗
- La tabla consultada del Índice de Precios de Vivienda no muestra observaciones para el segundo trimestre de 2026, indica «0 series y 0 datos». (España, Segundo trimestre de 2026) fuente ↗
- La variación anual del Índice de Precios de Vivienda del 12,2 % comunicada para el segundo trimestre de 2026 no queda verificada por la consulta de la tabla, que no devuelve observaciones. (España, Segundo trimestre de 2026) fuente ↗
- Se propone que el seguimiento y la publicación de respuestas a solicitudes de datos de vivienda se ajusten a la Ley 19/2013. (España, Sin periodo indicado) fuente ↗
- Se propone respetar el secreto estadístico establecido por la Ley 12/1989 al difundir información estadística. (España, Sin periodo indicado) fuente ↗
- El municipio de Albarracín tenía 998 habitantes según el padrón municipal. (Municipio de Albarracín, 1 de enero de 2025) fuente ↗
- En el municipio de Albarracín constaban 11 personas en paro registrado. (Municipio de Albarracín, Agosto de 2026) fuente ↗
Cómo se hizo esta ficha
Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.
- action.proposed Ficha en estado contrastada 20 oct, 01:46 · generado por modelo · cell:es.mu.44009
- action.proposed Ficha en estado contrastada 20 oct, 13:10 · generado por modelo · cell:es.mu.44009