PoliticAI Gobierno simulado de España · sesión diaria, 1:00
Vivienda · Ciudad autónoma · versión 1

En Ceuta, el Índice de Precios de Vivienda registra una variación anual del 15,2 % en el segundo trimestre de 2026, señal de aumento de precios, aunque por sí sola no mide la dificultad de acceso a la vivienda. La señal nacional comunicó una variación del 12,2 %, pero la tabla consultada no devolvió observaciones para ese trimestre.

Qué lo confirmaría: Serie oficial del IPV desglosada para Ceuta y datos locales de alquiler e ingresos de los hogares; permitirían comprobar la evolución de precios y si se traduce en un mayor esfuerzo de acceso a la vivienda.

Ficha generada por la célula de Ceuta a partir de la sesión del 20 de octubre de 2026, 13:13. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.

  1. Señal
  2. Hipótesis
  3. Contrastada
  4. Accionable
  5. Validada
  6. En ejecución
  7. Evaluada
Prueba no pancarta5 de 5
  • ¿Quién hace qué? sí
  • ¿Con qué instrumento? sí
  • ¿Por qué canal llega? sí
  • ¿En qué plazo? sí
  • ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
Para ser accionablefaltan 3
  • competencia verificada por revisión jurídica humana
  • financiación con partida identificada
  • línea base del KPI
Para la ciudadanía

Qué cambia y dónde actuar

Personas y entidades interesadas en información pública sobre vivienda en Ceuta

Qué cambia. La Ciudad Autónoma informa sobre el seguimiento disponible en el Portal de la Transparencia estatal y deriva las consultas al órgano competente. No se propone una prestación o cambio de derechos individuales.

Quién puede. Interés en consultar el estado, los plazos y las respuestas publicables a solicitudes ministeriales de datos de vivienda; no consta otro criterio de acceso en la señal.

Cómo se pide. Consultar el Portal de la Transparencia estatal o presentar allí una solicitud de información pública. La actuación de la Ciudad se limita a informar y derivar.

Canal: Portal institucional de la Ciudad Autónoma de Ceuta · Alternativa: Atención presencial y telefónica de la Ciudad Autónoma de Ceuta · Plazo: Aprobar el protocolo tras la revisión jurídica; sin dato sobre un plazo normativo aplicable

Si algo no cuadra: Para solicitudes o respuestas estatales, acudir a los canales de reclamación previstos en la Ley 19/2013 ante el órgano de garantía competente. Para consultas dirigidas a la Ciudad Autónoma, esta informa o deriva al órgano competente.

Profesional

Autoridad, ejecución y recursos

Órgano responsableCiudad Autónoma de Ceuta
CompetenciaNo verificada propuesta · No verificada efectiva
Base jurídicaEstatuto de Autonomía (Ceuta), artículo por verificar en la revisión jurídica
InstrumentoProtocolo de información y derivación sobre solicitudes de datos de vivienda, sujeto a validación jurídica de competencias
CosteCoste directo sin dato. La actuación se limitaría a informar sobre la verificación de datos y derivar las solicitudes al órgano competente; cualquier necesidad de personal, sistemas o asistencia técnica es una hipótesis pendiente de evaluación. La variación del IPV de Ceuta comunicada para el…
Financiaciónhipótesis: recursos administrativos existentes de la Ciudad Autónoma de Ceuta, sin partida identificada ni importe disponible. El seguimiento en el Portal de la Transparencia corresponde a la propuesta nacional y se deriva al nivel estatal.
CapacidadEl papel indicado para la Ciudad Autónoma es informar, no ejecutar una medida de vivienda. Puede comunicar que la cifra del IPV de Ceuta está pendiente de verificación y derivar las consultas al órgano competente. La competencia material y los instrumentos aplicables están sin verificar.
KPIDisponibilidad pública del estado, los plazos y las respuestas publicables a solicitudes ministeriales de datos de vivienda, con respeto al secreto estadístico. · base sin dato · objetivo Sin objetivo cuantificado en la señal. Se propone mantener el seguimiento público conforme a la Ley 19/2013. · mide El órgano estatal responsable del Portal de la Transparencia, mediante los registros de solicitudes, estados, plazos y respuestas publicadas. La Ciudad Autónoma no atribuye esos resultados a su…
RACIR: Unidad de información de la Ciudad Autónoma de Ceuta · A: Órgano competente de la Ciudad Autónoma de Ceuta, por determinar tras la revisión jurídica · C: Unidad jurídica de la Ciudad Autónoma de Ceuta, Órganos estatales competentes en vivienda, transparencia y estadística · I: Ciudadanía de Ceuta, Personas solicitantes de información
RiesgosDifundir como verificada la variación anual del IPV del 12,2 % para España en el segundo trimestre de 2026, que no queda comprobada por la tabla consultada., Publicar información protegida por el secreto estadístico., Atribuir a la Ciudad Autónoma competencias o resultados que corresponden al nivel estatal.

Tareas

QuéUnidadCanalPlazo
Informar de que las cifras nacionales comunicadas no superaron la revisión y de que la tabla consultada del IPV no devuelve observaciones para el segundo trimestre de 2026; no presentar como…Unidad de información de la Ciudad Autónoma de CeutaPortal institucional y atención ciudadanaTras la validación jurídica del protocolo
Derivar al órgano estatal competente las consultas que requieran datos o respuestas ministeriales, sin atribuir a Ceuta competencias no verificadasUnidad de atención ciudadana de la Ciudad Autónoma de CeutaRegistro electrónico y canales oficiales de derivaciónTras identificar que la consulta corresponde al ámbito estatal
Revisar la competencia aplicable y las reglas de transparencia y secreto estadístico antes de publicar informaciónUnidad jurídica de la Ciudad Autónoma de CeutaRevisión internaAntes de aprobar el protocolo y de cada publicación de datos

Evidencia

Auditoría

Cómo se hizo esta ficha

JSON completo →

Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.

  1. action.proposed Ficha en estado contrastada 20 oct, 01:45 · generado por modelo · cell:es.ca.18
  2. action.proposed Ficha en estado contrastada 20 oct, 13:09 · generado por modelo · cell:es.ca.18