PoliticAI Gobierno simulado de España · sesión diaria, 1:00
Energía local · Municipio · versión 1

Hipótesis: el informe pendiente del IDAE podría ser relevante para orientar mejoras de eficiencia energética en el alumbrado o los edificios municipales de Cáceres, pero la señal no acredita un problema energético concreto en el municipio.

Qué lo confirmaría: Registros locales de consumo energético y facturas de alumbrado y edificios municipales, junto con datos que muestren si el informe pendiente del IDAE afecta a actuaciones municipales; si no hay consumos elevados o relación con el informe, la hipótesis no quedaría confirmada.

Ficha generada por la célula de Cáceres a partir de la sesión del 20 de octubre de 2026, 13:13. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.

  1. Señal
  2. Hipótesis
  3. Contrastada
  4. Accionable
  5. Validada
  6. En ejecución
  7. Evaluada
Prueba no pancarta5 de 5
  • ¿Quién hace qué? sí
  • ¿Con qué instrumento? sí
  • ¿Por qué canal llega? sí
  • ¿En qué plazo? sí
  • ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
Para ser accionablefaltan 3
  • competencia verificada por revisión jurídica humana
  • financiación con partida identificada
  • línea base del KPI
Para la ciudadanía

Qué cambia y dónde actuar

Unidades municipales responsables del alumbrado público y de los edificios y consumos municipales

Qué cambia. Se propone que la unidad municipal competente valore solicitar al IDAE, por sus canales vigentes, el estado y el plazo del informe pendiente. No se propone modificar servicios, ayudas ni derechos individuales.

Quién puede. Actuar dentro de los servicios y edificios municipales; no se establecen criterios de acceso para hogares ni empresas.

Cómo se pide. No es una prestación para solicitar. La unidad municipal competente tramitaría, si procede, una consulta por los canales vigentes del IDAE y registraría la gestión.

Canal: Coordinación institucional con la Junta de Extremadura y seguimiento por los canales vigentes del IDAE · Alternativa: Atención presencial o telefónica de las unidades municipales competentes · Plazo: Aprobar el protocolo dentro de los 3 meses siguientes a su validación y revisarlo cuando se reciba información del IDAE

Si algo no cuadra: Para incidencias sobre la tramitación municipal, presentar una reclamación por los canales oficiales del Ayuntamiento. La consulta propuesta no decide derechos individuales.

Profesional

Autoridad, ejecución y recursos

Órgano responsableAyuntamiento de Cáceres
CompetenciaPropia propuesta · No verificada efectiva
Base jurídicaLey 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, art. 26.1.a (alumbrado público, servicio obligatorio), Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, art. 25.2.b (medio ambiente urbano)
InstrumentoProtocolo interno de seguimiento de la información del IDAE y evaluación de su posible aplicación a edificios y consumos municipales, sin prejuzgar el contenido ni el plazo del informe pendiente
CosteSin dato sobre costes. La actuación municipal podría limitarse a revisar los consumos de alumbrado y edificios municipales y, si procede, preparar medidas de eficiencia. No se atribuyen al municipio costes de la solicitud nacional al IDAE ni de actuaciones autonómicas o estatales.
Financiaciónhipótesis: partidas municipales vigentes para alumbrado público, mantenimiento de edificios y eficiencia energética, cuya existencia y disponibilidad deben verificarse.
CapacidadEl Ayuntamiento puede actuar sobre el alumbrado y los edificios y consumos municipales. La competencia energética general corresponde a otros niveles; la competencia indicada en el libro figura como no verificada y su alcance es limitado a servicios y edificios municipales.
KPIConsulta sobre el estado y el plazo del informe pendiente enviada al IDAE y respuesta recibida o pendiente, con fechas registradas. · base sin dato · objetivo Registrar el envío de la consulta, si se acuerda, y el estado de la respuesta; no consta un plazo objetivo. · mide La unidad municipal competente, mediante el registro municipal de salida y entrada y la respuesta recibida del IDAE.
RACIR: Unidad municipal responsable de energía y edificios · A: Ayuntamiento de Cáceres, a través del órgano municipal competente · C: Unidad municipal de coordinación administrativa, Junta de Extremadura · I: Unidades municipales responsables de edificios y servicios
RiesgosEl informe y su contenido no constan en la señal; la consulta puede no aportar información aplicable a servicios municipales., La competencia municipal indicada se limita a servicios y edificios municipales; la regulación energética corresponde a los niveles autonómico y estatal., La competencia propia citada figura como no verificada.

Tareas

QuéUnidadCanalPlazo
Registrar la solicitud de información sobre el estado y el plazo del informe pendiente y derivar su seguimiento al nivel estatal, sin atribuir al municipio la actuación nacionalUnidad municipal de coordinación administrativaCanales vigentes del IDAE y comunicación institucional con la Junta de ExtremaduraTras la aprobación del protocolo
Identificar los edificios y consumos municipales que podrían verse afectados por las conclusiones del informe cuando estén disponiblesUnidad municipal responsable de energía y edificiosRevisión interna de inventarios y registros municipalesDentro de los 2 meses siguientes a la recepción del informe
Proponer actuaciones sobre servicios y edificios municipales únicamente si la información recibida resulta pertinente y existe competencia municipalÁrea municipal competente en edificios y serviciosInforme interno al órgano municipal competenteDentro de los 2 meses siguientes a la evaluación de pertinencia

Derivada desde la ficha de Extremadura.

Evidencia

Auditoría

Cómo se hizo esta ficha

JSON completo →

Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.

  1. action.proposed Ficha en estado contrastada 20 oct, 01:48 · generado por modelo · cell:es.mu.10037