- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
En Cataluña, el precio de la vivienda aumentó un 10,1 % interanual en el segundo trimestre de 2026. El problema a delimitar es la presión sobre el acceso a la vivienda y si la política autonómica puede responder a ella.
Qué lo confirmaría: Serie del IPV para Cataluña y datos autonómicos de precios de alquiler, esfuerzo económico, demanda y acceso a vivienda, desglosados territorialmente y publicados con metodología y periodo.
Ficha generada por la célula de Cataluña a partir de la sesión del 18 de octubre de 2026, 01:26. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
Personas y entidades que solicitan información pública sobre vivienda a la Generalitat de Catalunya
Qué cambia. Como propuesta autonómica, se publicaría el estado, los plazos y las respuestas publicables de las solicitudes sobre vivienda gestionadas por la Generalitat. No incluye las solicitudes dirigidas a órganos estatales.
Quién puede. Solicitud de información pública presentada ante la Generalitat, sujeta a los límites legales de acceso y al secreto estadístico.
Cómo se pide. Presentar la solicitud por los canales de acceso a la información pública de la Generalitat y consultar allí su seguimiento, si se implanta.
Canal: Portal de transparencia de la Generalitat de Catalunya · Alternativa: Oficinas de atención ciudadana y canales telefónicos oficiales de la Generalitat de Catalunya · Plazo: Protocolo validado en un plazo de 3 meses; publicación desde su validación
Si algo no cuadra: Utilizar las vías de reclamación previstas para las solicitudes de acceso a la información pública ante la autoridad competente; verificar la vía aplicable en cada caso.
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Generalitat de Catalunya |
|---|---|
| Competencia | Propia propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Constitución Española, art. 148.1.3.ª (ordenación del territorio, urbanismo y vivienda), Estatuto de Autonomía (Cataluña), artículo por verificar en la revisión jurídica |
| Instrumento | Protocolo autonómico de seguimiento y publicación de solicitudes y datos de vivienda de la Generalitat de Catalunya, previa revisión jurídica de competencias y protección estadística |
| Coste | Sin dato de coste para mantener o ampliar un programa autonómico de vivienda y sus convocatorias de ayudas. El IPV de Cataluña registra una variación anual del 10,1 % en el segundo trimestre de 2026; este dato no determina el coste de una medida. |
| Financiación | hipótesis: financiar el programa y las convocatorias con partidas autonómicas de vivienda, cuya disponibilidad y cuantía están sin dato. La propuesta nacional sobre solicitudes ministeriales corresponde al Estado y se deriva a ese nivel. |
| Capacidad | La Generalitat puede liderar la política autonómica de vivienda mediante programas y convocatorias de ayudas. La competencia propia está propuesta pero no verificada, y el artículo estatutario aplicable debe comprobarse jurídicamente. No se dispone de datos sobre capacidad operativa o… |
| KPI | Porcentaje de solicitudes de información sobre vivienda gestionadas por la Generalitat cuyo estado, plazo y respuesta publicable constan en el registro de seguimiento. · base sin dato · objetivo Publicar el seguimiento de todas las solicitudes gestionadas por la Generalitat, salvo la información excluida por… · mide La unidad competente en transparencia de la Generalitat, mediante el registro de solicitudes de acceso a la información pública. |
| RACI | R: Unidad de transparencia competente en la Generalitat de Catalunya, Unidad responsable de vivienda · A: Órgano de la Generalitat competente en vivienda · C: Asesoría Jurídica de la Generalitat de Catalunya, Órgano estadístico competente de Catalunya · I: Ciudadanía, Órganos ministeriales competentes en vivienda y transparencia |
| Riesgos | La información protegida o el secreto estadístico impiden publicar ciertos datos o respuestas., El registro puede no distinguir inicialmente las solicitudes sobre vivienda., La competencia estatutaria concreta requiere verificación jurídica. |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Verificar la competencia autonómica y la base estatutaria aplicable antes de aprobar el protocolo | Asesoría Jurídica de la Generalitat de Catalunya | Revisión jurídica interna | Antes de la validación del protocolo |
| Inventariar las solicitudes de información sobre vivienda dirigidas a los órganos autonómicos y registrar su estado, plazos y respuestas publicables | Unidad de transparencia competente en la Generalitat de Catalunya | Sistema interno de gestión de solicitudes | 2 meses tras la validación |
| Revisar los datos de vivienda para evitar publicar información protegida o sujeta a secreto estadístico | Órgano estadístico competente de Catalunya y unidad responsable de vivienda | Revisión técnica y estadística interna | Antes de cada publicación |
| Publicar el seguimiento y las respuestas que puedan difundirse conforme a los límites legales | Unidad de transparencia competente en la Generalitat de Catalunya | Portal de transparencia de la Generalitat de Catalunya | Desde la validación, con actualización periódica |
| Derivar al nivel estatal las solicitudes y actuaciones que correspondan a órganos ministeriales | Unidad de transparencia competente en la Generalitat de Catalunya | Canal oficial de coordinación interadministrativa | Tras identificar la competencia estatal |
Derivaciones
- Barcelona: aceptado · Subir por capacidad: asistencia a municipios sin usurpar su titularidad
- Barcelona: aceptado · Bajar por proximidad: entrega en el nivel más cercano con competencia
- Girona: aceptado · Subir por capacidad: asistencia a municipios sin usurpar su titularidad
- Girona: aceptado · Bajar por proximidad: entrega en el nivel más cercano con competencia
- Lleida: aceptado · Subir por capacidad: asistencia a municipios sin usurpar su titularidad
- Lleida: aceptado · Bajar por proximidad: entrega en el nivel más cercano con competencia
- Tarragona: aceptado · Subir por capacidad: asistencia a municipios sin usurpar su titularidad
- Tarragona: aceptado · Bajar por proximidad: entrega en el nivel más cercano con competencia
Evidencia
- En Cataluña, la variación anual del Índice de Precios de Vivienda fue del 10,1 % en el segundo trimestre de 2026. (Cataluña, Segundo trimestre de 2026) fuente ↗
- El último periodo listado por el INE para el Índice de Precios de Vivienda es el segundo trimestre de 2026. (España, Segundo trimestre de 2026) fuente ↗
- La consulta de la tabla del Índice de Precios de Vivienda indicada no mostró valores numéricos y devolvió 0 series y 0 datos para el segundo trimestre de 2026. (España, Segundo trimestre de 2026) fuente ↗
- La variación anual comunicada del Índice de Precios de Vivienda no pudo confirmarse en la consulta de la tabla del INE para el segundo trimestre de 2026. (España, Segundo trimestre de 2026) fuente ↗
- La Ley 19/2013 regula el acceso a la información pública y establece límites aplicables a ese acceso. (España, Sin periodo indicado) fuente ↗
- La Ley 12/1989 establece el secreto estadístico, que debe respetarse al publicar datos protegidos o responder solicitudes que los incluyan. (España, Sin periodo indicado) fuente ↗
Cómo se hizo esta ficha
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