- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
Hipótesis: En Andalucía, la subida anual del precio de la vivienda podría estar dificultando el acceso residencial y requerir una respuesta autonómica. La señal registra un aumento del IPV del 11,9 % en el segundo trimestre de 2026, pero no aporta datos sobre acceso, esfuerzo económico ni opinión ciudadana.
Qué lo confirmaría: Datos de Andalucía sobre evolución de alquileres y precios de compra, esfuerzo de los hogares por nivel de ingresos, demanda de vivienda asequible y solicitudes, concesiones y cobertura de ayudas autonómicas, desglosados territorialmente y por periodo; permitirían confirmar o descartar dificultades…
Ficha generada por la célula de Andalucía a partir de la sesión del 18 de octubre de 2026, 01:26. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
Hogares solicitantes de ayudas autonómicas de vivienda
Qué cambia. Podrían acceder a las ayudas que establezca el programa autonómico, si cumplen los requisitos publicados. No se propone aquí una cuantía ni se reconoce un derecho individual.
Quién puede. Los requisitos de acceso y la documentación se fijarán y publicarán en la convocatoria; actualmente, sin dato.
Cómo se pide. Presentar la solicitud por los canales y dentro del plazo que indique la convocatoria.
Entidades solicitantes que puedan participar en instrumentos autonómicos de vivienda
Qué cambia. Podrían participar en las actuaciones del programa que prevean las bases, si cumplen sus requisitos.
Quién puede. Los requisitos se fijarán y publicarán en las bases correspondientes; actualmente, sin dato.
Cómo se pide. Solicitar la participación por los canales y dentro del plazo que indiquen las bases.
Canal: Sede electrónica de la Junta de Andalucía y Boletín Oficial de la Junta de Andalucía · Alternativa: Oficinas de asistencia y teléfono de información de la consejería competente en vivienda · Plazo: Publicación tras la revisión jurídica y aprobación de las bases
Si algo no cuadra: La vía y los plazos de recurso o reclamación serán los indicados en la resolución y en la convocatoria, conforme a la normativa aplicable.
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Junta de Andalucía |
|---|---|
| Competencia | Propia propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Constitución Española, art. 148.1.3.ª (ordenación del territorio, urbanismo y vivienda), Estatuto de Autonomía (Andalucía), artículo por verificar en la revisión jurídica |
| Instrumento | Propuesta de convocatoria autonómica de ayudas en materia de vivienda, con bases y alcance sujetos a revisión jurídica de la competencia y del artículo estatutario aplicable |
| Coste | Costes de diseño, gestión y seguimiento del programa autonómico y de las convocatorias de ayudas. El importe depende del alcance, los criterios y el número de ayudas; sin dato para estimarlo. |
| Financiación | hipótesis: presupuestos de la comunidad autónoma, mediante partidas de vivienda y ayudas, previa identificación de crédito disponible. |
| Capacidad | La Junta de Andalucía puede liderar instrumentos autonómicos de vivienda, como programas y convocatorias de ayudas. La competencia figura como propuesta propia, pero está sin verificar; requiere revisión jurídica del artículo estatutario aplicable y comprobación de personal y crédito disponibles. |
| KPI | Porcentaje de solicitudes completas resueltas dentro del plazo publicado en cada convocatoria. · base sin dato · objetivo Resolver las solicitudes dentro del plazo establecido en cada convocatoria; sin objetivo numérico fijado. · mide La unidad gestora autonómica, mediante el registro de solicitudes y resoluciones de cada convocatoria. |
| RACI | R: Centro directivo competente en vivienda · A: Consejería competente en vivienda · C: Servicio jurídico de la consejería competente en vivienda, Unidades de atención de la consejería competente en vivienda · I: Personas solicitantes y ciudadanía de Andalucía |
| Riesgos | Requisitos o plazos poco claros pueden dificultar el acceso., La demanda puede superar los recursos disponibles; sin dato sobre demanda o presupuesto., Los datos publicados deben proteger la información personal y respetar el secreto estadístico cuando corresponda. La variación anual del IPV citada para Andalucía no permite, por sí sola, determinar… |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Verificar la competencia autonómica y la habilitación estatutaria antes de redactar las bases | Servicio jurídico de la consejería competente en vivienda | Revisión jurídica interna | Antes de aprobar las bases |
| Preparar las bases de la convocatoria, incluidos requisitos, criterios de concesión, procedimiento y vías de recurso | Centro directivo competente en vivienda | Tramitación administrativa autonómica | Tras la validación jurídica |
| Publicar la convocatoria y habilitar información sobre solicitudes y estado de tramitación | Consejería competente en vivienda | Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y sede electrónica | Tras la aprobación de las bases |
| Habilitar asistencia para la presentación de solicitudes y consultas | Unidades de atención de la consejería competente en vivienda | Sede electrónica, oficinas de asistencia y teléfono de información | Desde la publicación de la convocatoria |
Evidencia
- La variación anual del Índice de Precios de Vivienda en Andalucía fue del 11,9 % en el segundo trimestre de 2026. (Andalucía, Segundo trimestre de 2026) fuente ↗
- La consulta de la tabla del IPV indicada no mostró valores numéricos y devolvió 0 series y 0 datos para el segundo trimestre de 2026. (Ámbito territorial de la consulta no especificado, Segundo trimestre de 2026) fuente ↗
- La Ley 19/2013 regula el acceso a la información pública y establece límites aplicables a ese acceso. (España, Vigente, fecha concreta sin dato en la señal) fuente ↗
- La Ley 12/1989 establece el secreto estadístico, que debe respetarse al publicar datos protegidos o responder solicitudes que los incluyan. (España, Vigente, fecha concreta sin dato en la señal) fuente ↗
Cómo se hizo esta ficha
Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.
- action.proposed Ficha en estado contrastada 18 oct, 01:22 · generado por modelo · cell:es.ca.01