- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
Hipótesis: En Albarracín podría haber trámites municipales vinculados a instalaciones energéticas cuyo estado o plazo de seguimiento no esté claro; la señal nacional no aporta datos que acrediten que existan trámites pendientes en el municipio.
Qué lo confirmaría: Relación municipal de trámites energéticos abiertos, con fechas de entrada, estado, plazo previsto y órgano competente; si no hay trámites pendientes o todos tienen estado y plazo registrados, la hipótesis quedaría descartada.
Ficha generada por la célula de Albarracín a partir de la sesión del 18 de octubre de 2026, 01:26. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
Personas usuarias de edificios y servicios municipales
Qué cambia. Como propuesta, se registraría el consumo eléctrico de los edificios municipales para identificar oportunidades de mejora. No implica cambios en tarifas ni en autorizaciones energéticas.
Quién puede. Uso de edificios o servicios cuya gestión energética corresponda al Ayuntamiento; el inventario y los criterios concretos están sin dato.
Cómo se pide. No requiere solicitud individual. El acceso a los servicios municipales se mantiene por sus canales habituales; el Ayuntamiento podría publicar los resultados agregados.
Canal: Web municipal y sede electrónica del Ayuntamiento para información y consultas; coordinación institucional con el Gobierno de Aragón para materias de su competencia. · Alternativa: Atención presencial o telefónica del Ayuntamiento. · Plazo: Validar el protocolo en 1 mes y completar el primer inventario en 3 meses tras la validación.
Si algo no cuadra: Las consultas o reclamaciones sobre la gestión municipal pueden presentarse por el registro y los canales oficiales del Ayuntamiento, sin perjuicio de las vías administrativas aplicables.
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Ayuntamiento de Albarracín |
|---|---|
| Competencia | Propia propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, art. 26.1.a (alumbrado público, servicio obligatorio), Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, art. 25.2.b (medio ambiente urbano) |
| Instrumento | Protocolo municipal de seguimiento del alumbrado público y de los consumos de edificios municipales, sujeto a validación de competencias. No incluye la tramitación ni regulación de autorizaciones… |
| Coste | Sin dato de coste. El Ayuntamiento solo podría asumir tareas de seguimiento de sus servicios, edificios y consumos municipales; no se acredita una actuación local concreta ni autorizaciones pendientes en Albarracín. La solicitud al IDAE corresponde al nivel estatal. |
| Financiación | hipótesis: recursos ordinarios municipales para tareas administrativas y, si se aprobara una actuación sobre alumbrado o edificios municipales, la partida municipal que corresponda, previa identificación y validación. |
| Capacidad | Capacidad limitada a servicios y edificios municipales, alumbrado público y trámites locales dentro de sus competencias. La competencia indicada figura como no verificada. El seguimiento autonómico se deriva al Gobierno de Aragón y la solicitud al IDAE al nivel estatal. |
| KPI | Proporción de edificios municipales incluidos en el inventario con registros de consumo eléctrico verificables. · base sin dato · objetivo Contar con registros verificables para todos los edificios municipales incluidos en el inventario, una vez elaborado y… · mide Servicios técnicos municipales, mediante facturas y registros de consumo de los edificios bajo gestión municipal. |
| RACI | R: Unidad municipal responsable de servicios y mantenimiento, Secretaría municipal · A: Ayuntamiento de Albarracín · C: Unidad autonómica competente en energía, Unidad municipal de atención ciudadana y comunicación · I: Vecindario de Albarracín |
| Riesgos | El alcance municipal se limita a servicios y edificios municipales; la regulación y las autorizaciones energéticas corresponden a otros niveles y, cuando proceda, se derivarán., No hay datos locales en la señal sobre percepción ciudadana, consumos municipales ni autorizaciones pendientes., La propuesta de solicitar al IDAE el estado y el plazo del informe pendiente corresponde al nivel estatal. |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Inventariar los puntos de alumbrado público y los consumos de edificios municipales, y señalar necesidades de mantenimiento o eficiencia con los datos disponibles. | Unidad municipal responsable de servicios y mantenimiento | Revisión de registros municipales e inspección técnica | 3 meses tras la validación del protocolo |
| Solicitar a la unidad autonómica competente información sobre el canal aplicable para consultar autorizaciones energéticas que afecten al municipio, sin presuponer que existan expedientes pendientes. | Secretaría municipal | Sede electrónica y canales institucionales del Gobierno de Aragón | 1 mes tras la validación del protocolo |
| Publicar información municipal sobre el alcance del protocolo y habilitar recepción de consultas, sin presentar la demanda eléctrica peninsular como medida de percepción ciudadana. | Unidad municipal de atención ciudadana y comunicación | Web municipal y tablón de anuncios | 1 mes tras la validación del protocolo |
Derivada desde la ficha de Aragón.
Evidencia
- La demanda eléctrica peninsular diaria, por sí sola, no permite medir la percepción ciudadana sobre la energía. (Península ibérica, Diario) fuente ↗
Cómo se hizo esta ficha
Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.
- action.proposed Ficha en estado contrastada 18 oct, 01:25 · generado por modelo · cell:es.mu.44009