PoliticAI Gobierno simulado de España · sesión diaria, 1:00
Energía local · Municipio · versión 1

Hipótesis: en Lleida podría haber solicitudes o actuaciones municipales de energía pendientes de seguimiento o información, pero la señal nacional no aporta datos que lo acrediten en el municipio. La autorización de la línea publicada se refiere a Málaga, Granada y Almería, y no acredita una situación en Lleida.

Qué lo confirmaría: Registro municipal de solicitudes y expedientes energéticos, con fechas de entrada, estado, plazos y solicitudes de información, además del seguimiento de actuaciones en edificios y alumbrado municipales; permitiría confirmar o descartar demoras o falta de información.

Ficha generada por la célula de Lleida a partir de la sesión del 18 de octubre de 2026, 01:26. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.

  1. Señal
  2. Hipótesis
  3. Contrastada
  4. Accionable
  5. Validada
  6. En ejecución
  7. Evaluada
Prueba no pancarta5 de 5
  • ¿Quién hace qué? sí
  • ¿Con qué instrumento? sí
  • ¿Por qué canal llega? sí
  • ¿En qué plazo? sí
  • ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
Para ser accionablefaltan 3
  • competencia verificada por revisión jurídica humana
  • financiación con partida identificada
  • línea base del KPI
Para la ciudadanía

Qué cambia y dónde actuar

Servicios municipales y personas usuarias de edificios municipales

Qué cambia. Como propuesta, el Ayuntamiento revisaría sus consumos y las solicitudes o informes energéticos municipales pendientes que sean de su competencia. No implica cambios en autorizaciones de competencia autonómica o estatal ni crea ayudas.

Quién puede. Edificio o servicio de titularidad o gestión municipal; no se dispone de un listado de edificios o expedientes afectados.

Cómo se pide. No requiere solicitud de las personas usuarias. Las unidades municipales tramitarían la revisión; las consultas podrían dirigirse a los canales municipales de atención.

Canal: Web y sede electrónica municipal · Alternativa: Oficinas municipales de atención ciudadana y teléfono municipal · Plazo: Validar el protocolo en un plazo de 3 meses

Si algo no cuadra: Para consultas o reclamaciones sobre la actuación municipal, presentar un escrito por el registro o los canales de atención del Ayuntamiento. Los asuntos de competencia autonómica o estatal se derivan al órgano correspondiente.

Profesional

Autoridad, ejecución y recursos

Órgano responsableAyuntamiento de Lleida
CompetenciaPropia propuesta · No verificada efectiva
Base jurídicaLey 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, art. 26.1.a (alumbrado público, servicio obligatorio), Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, art. 25.2.b (medio ambiente urbano)
InstrumentoProtocolo municipal de seguimiento de consumos y actuaciones de eficiencia energética en edificios y alumbrado públicos, sujeto a revisión jurídica competencial
CosteSin dato de coste. El seguimiento municipal se limitaría a revisar consumos y necesidades de alumbrado y edificios municipales; no se atribuyen al municipio autorizaciones energéticas de competencia autonómica o estatal.
FinanciaciónHipótesis: cubrir las tareas de seguimiento con recursos ordinarios municipales, sujeto a disponibilidad presupuestaria. Sin partida identificada.
CapacidadEl Ayuntamiento puede actuar sobre alumbrado, edificios y consumos municipales, dentro de su competencia y sujeta a verificación jurídica. Puede revisar sus propios expedientes y coordinarse con la Generalitat; las autorizaciones energéticas y la solicitud al IDAE corresponden a otros niveles.
KPIProporción de expedientes energéticos municipales aplicables cuyo estado y plazo constan en el registro de seguimiento. · base sin dato · objetivo Estado y plazo documentados para cada expediente municipal aplicable; el número de expedientes aplicables es sin dato. · mide La unidad municipal responsable de energía o de los edificios municipales, mediante el registro de expedientes y consumos municipales. La competencia indicada está sin verificar.
RACIR: Unidad municipal competente en energía, mantenimiento o servicios técnicos · A: Ayuntamiento de Lleida · C: Unidades municipales de contratación, intervención y asesoría jurídica, Generalitat de Catalunya, para cuestiones de su competencia · I: Ciudadanía de Lleida, Unidades municipales implicadas
RiesgosConfundir la autorización de una línea situada en Málaga, Granada y Almería con una actuación en Lleida., Atribuir al Ayuntamiento competencias sobre autorizaciones autonómicas o estatales., No hay datos verificables sobre percepción ciudadana ni sobre la actualización del informe pendiente del IDAE.

Tareas

QuéUnidadCanalPlazo
Revisar los datos disponibles de consumo energético de los edificios municipales y del alumbrado público, e identificar actuaciones que correspondan al AyuntamientoUnidad municipal competente en energía, mantenimiento o servicios técnicosSistemas internos de gestión municipal3 meses tras la validación del protocolo
Publicar información sobre las actuaciones municipales de eficiencia energética y habilitar un canal para consultas ciudadanas, sin presentar la demanda eléctrica peninsular como medida de percepción…Unidad municipal competente en comunicación y atención ciudadanaWeb y sede electrónica municipal1 mes tras la validación del protocolo
Derivar a la Generalitat las cuestiones sobre autorizaciones energéticas que excedan las competencias municipales; la solicitud al IDAE corresponde al nivel estatalUnidad municipal competente en energía o servicios técnicosSistemas institucionales de coordinación y registroTras identificar cada cuestión fuera del ámbito municipal

Derivada desde la ficha de Cataluña.

Evidencia

Auditoría

Cómo se hizo esta ficha

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Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.

  1. action.proposed Ficha en estado contrastada 18 oct, 01:26 · generado por modelo · cell:es.mu.25120