- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
Hipótesis: en Illes Balears puede haber autorizaciones de instalaciones energéticas pendientes de seguimiento o resolución, pero la señal nacional no aporta datos locales que lo acrediten. El problema a contrastar es si esas tramitaciones dificultan el desarrollo y la ejecución de actuaciones energéticas dentro de las competencias autonómicas.
Qué lo confirmaría: Registro autonómico de autorizaciones energéticas con número de expedientes pendientes, antigüedad y plazos de resolución. Si no hay expedientes pendientes o los plazos no muestran demoras relevantes, la hipótesis quedaría descartada o matizada.
Ficha generada por la célula de Illes Balears a partir de la sesión del 18 de octubre de 2026, 01:26. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
Promotoras y promotores de instalaciones eléctricas cuya autorización corresponda al Govern de les Illes Balears
Qué cambia. Se propone facilitar información verificable sobre el estado de la tramitación y, cuando conste, el plazo previsto. No se propone alterar requisitos ni derechos.
Quién puede. Solicitudes tramitadas por los procedimientos autonómicos vigentes; los requisitos concretos dependen de cada procedimiento y no constan en la señal.
Cómo se pide. A través del procedimiento oficial de autorización y de los canales de consulta y notificación publicados por el Govern.
Canal: Sede electrónica de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears · Alternativa: Oficinas de asistencia en materia de registro y atención telefónica autonómica · Plazo: Protocolo validado en un plazo de 3 meses desde el inicio de su elaboración, sujeto a revisión competencial
Si algo no cuadra: Las vías de reclamación y los recursos serán los indicados en la notificación o resolución de cada procedimiento, conforme a la normativa aplicable.
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Govern de les Illes Balears |
|---|---|
| Competencia | Compartida propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Constitución Española, art. 149.1.25.ª (bases del régimen energético, del Estado), Estatuto de Autonomía (Illes Balears), artículo por verificar en la revisión jurídica |
| Instrumento | Protocolo de seguimiento de las autorizaciones de instalaciones energéticas de competencia autonómica |
| Coste | Costes de personal técnico y administrativo para tramitar autorizaciones y gestionar programas de eficiencia y autoconsumo; los recursos necesarios para actuaciones concretas no están cuantificados. El estado y el plazo del informe pendiente corresponden a una solicitud al IDAE por sus canales… |
| Financiación | hipótesis: financiación con partidas autonómicas vigentes de energía, eficiencia y autoconsumo; no se identifica una partida concreta ni su disponibilidad. |
| Capacidad | El Govern puede proponer la tramitación y ejecución autonómica dentro de las bases estatales. La competencia es compartida y su base estatutaria está pendiente de verificación jurídica; los aspectos que correspondan al Estado se derivan. |
| KPI | Proporción de expedientes autonómicos de autorización con estado actualizado y plazo informado cuando esté disponible. · base sin dato · objetivo Disponer de un estado actualizado para los expedientes incluidos y comunicar el plazo cuando conste, sin fijar una… · mide La unidad competente del Govern, mediante el registro de expedientes y las notificaciones realizadas. |
| RACI | R: Unidad competente en energía del Govern de les Illes Balears · A: Govern de les Illes Balears · C: Unidad de asesoría jurídica del Govern de les Illes Balears, Administración General del Estado, en materias de su competencia · I: Personas interesadas en expedientes de autorización autonómica, Órganos autonómicos competentes en energía |
| Riesgos | La señal no aporta datos de expedientes ni permite establecer una línea base para Illes Balears., El informe pendiente del IDAE corresponde al nivel estatal y su estado debe solicitarse por los canales vigentes de ese organismo., La competencia y el artículo estatutario aplicable están pendientes de verificación jurídica. |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Verificar el alcance competencial autonómico y el artículo estatutario aplicable antes de aprobar el protocolo. | Unidad de asesoría jurídica del Govern de les Illes Balears | Revisión jurídica interna | Antes de validar el protocolo |
| Definir un registro de seguimiento de expedientes de autorización autonómica, sin presuponer que existan expedientes pendientes. | Unidad competente en energía del Govern de les Illes Balears | Gestión administrativa interna | En los 3 meses posteriores a la validación del protocolo |
| Establecer un procedimiento para informar a las personas interesadas sobre el estado de los expedientes y sus plazos, conforme a la normativa aplicable. | Unidad competente en energía del Govern de les Illes Balears | Sede electrónica autonómica | En los 3 meses posteriores a la validación del protocolo |
| Derivar a la Administración General del Estado la solicitud al IDAE sobre el estado y el plazo del informe pendiente, por los canales vigentes. | Unidad competente en energía del Govern de les Illes Balears | Canal institucional de coordinación con la Administración General del Estado | Tras validar el protocolo |
Evidencia
- La demanda eléctrica peninsular diaria, por sí sola, no permite medir la percepción ciudadana sobre la energía. (Península española, no Illes Balears, Diario, fecha no especificada) fuente ↗
Cómo se hizo esta ficha
Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.
- action.proposed Ficha en estado contrastada 18 oct, 01:25 · generado por modelo · cell:es.ca.04