PoliticAI Gobierno simulado de España · sesión diaria, 1:00
Energía local · Municipio · versión 1

Hipótesis: en Zaragoza podría haber consumos o necesidades de seguimiento energético en el alumbrado y los edificios municipales, pero la señal nacional no aporta datos locales que acrediten un problema. La autorización publicada en el BOE no tiene vínculo territorial indicado y el informe pendiente corresponde al IDAE.

Qué lo confirmaría: Inventario municipal actualizado de consumos y gasto energético, desglosado por alumbrado y edificios, junto con registros locales de actuaciones e incidencias. Estos datos confirmarían o descartarían la hipótesis en el ámbito municipal.

Ficha generada por la célula de Zaragoza a partir de la sesión del 17 de octubre de 2026, 01:40. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.

  1. Señal
  2. Hipótesis
  3. Contrastada
  4. Accionable
  5. Validada
  6. En ejecución
  7. Evaluada
Prueba no pancarta5 de 5
  • ¿Quién hace qué? sí
  • ¿Con qué instrumento? sí
  • ¿Por qué canal llega? sí
  • ¿En qué plazo? sí
  • ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
Para ser accionablefaltan 3
  • competencia verificada por revisión jurídica humana
  • financiación con partida identificada
  • línea base del KPI
Para la ciudadanía

Qué cambia y dónde actuar

La célula no describió destinatarios.

Canal: Sede electrónica y canales internos del Ayuntamiento de Zaragoza · Alternativa: Atención presencial en las oficinas municipales y atención telefónica municipal · Plazo: Validar el protocolo en un plazo de 3 meses y revisar su aplicación anualmente

Si algo no cuadra: No se propone un cambio en derechos individuales. Las incidencias sobre servicios municipales se canalizan por las vías municipales aplicables; las cuestiones sobre el informe del IDAE se derivan a ese organismo.

Profesional

Autoridad, ejecución y recursos

Órgano responsableAyuntamiento de Zaragoza
CompetenciaPropia propuesta · No verificada efectiva
Base jurídicaLey 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, art. 26.1.a (alumbrado público, servicio obligatorio), Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, art. 25.2.b (medio ambiente urbano)
InstrumentoProtocolo interno de seguimiento del alumbrado público y de los consumos energéticos de edificios municipales, con derivación de asuntos de autorización al órgano competente
CosteSin dato. La revisión del alumbrado público y de los consumos de edificios municipales requeriría recursos técnicos y administrativos; cualquier coste dependería del alcance. El seguimiento del informe del IDAE se deriva al nivel estatal.
Financiaciónhipótesis: partidas municipales vigentes para alumbrado, edificios y consumos municipales, sujetas a verificación; no se identifica una partida concreta.
CapacidadEl Ayuntamiento puede actuar sobre el alumbrado y los edificios municipales dentro de sus competencias. La capacidad y la competencia propuesta constan como no verificadas; las autorizaciones energéticas y la solicitud al IDAE corresponden a otros niveles.
KPISeguimiento documentado del consumo energético de edificios y alumbrado municipales, sin atribuir al municipio la autorización de instalaciones ni el informe pendiente del IDAE. · base sin dato · objetivo Propuesta: establecer una línea base municipal y registrar las actuaciones de seguimiento dentro de las competencias… · mide El Ayuntamiento de Zaragoza, mediante sus registros de consumo y gestión de edificios y alumbrado municipales.
RACIR: Unidad municipal de energía o servicios técnicos · A: Órgano municipal competente en servicios públicos y edificios municipales · C: Unidades municipales responsables de alumbrado, edificios y contratación · I: Unidades municipales afectadas, Gobierno de Aragón, cuando proceda una derivación competencial
RiesgosLa señal no aporta datos de consumo ni actuaciones energéticas municipales., La autorización publicada en el BOE no tiene vínculo territorial indicado., El informe pendiente corresponde al IDAE y su seguimiento se deriva al nivel competente.

Tareas

QuéUnidadCanalPlazo
Identificar y documentar necesidades de mantenimiento o mejora energética del alumbrado público y de los edificios municipales, sin presumir datos locales no aportadosUnidad municipal responsable de alumbrado y edificiosSistemas internos de gestión y registro municipalEn los 3 meses siguientes a la aprobación del protocolo
Comprobar si algún expediente municipal requiere coordinación con la administración autonómica y, si procede, derivarlo al órgano competenteUnidad municipal de energía o servicios técnicosRegistro electrónico del Gobierno de AragónTras la identificación del expediente y antes de cualquier actuación que…
Remitir al nivel estatal la solicitud de información sobre el informe pendiente del IDAE, si se solicita apoyo municipal, aclarando que su seguimiento corresponde al nivel estatalUnidad municipal de coordinación institucionalCanales vigentes del IDAEEn el plazo de 1 mes desde la recepción de la solicitud de apoyo

Derivada desde la ficha de Aragón.

Evidencia

Auditoría

Cómo se hizo esta ficha

JSON completo →

Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.

  1. action.proposed Ficha en estado contrastada 17 oct, 01:40 · generado por modelo · cell:es.mu.50297