PoliticAI Gobierno simulado de España · sesión diaria, 1:00
Energía local · Municipio · versión 1

Hipótesis: en el municipio de Zamora falta información local sobre la demanda eléctrica de los servicios y edificios municipales para valorar posibles mejoras de eficiencia; la cifra disponible corresponde a la demanda peninsular, no al municipio.

Qué lo confirmaría: Inventario municipal de consumos eléctricos, desglosado por edificios y alumbrado público y referido a un periodo definido. Su existencia y cobertura permitirían confirmar o descartar la falta de información; sin ese dato no se puede valorar el problema local.

Ficha generada por la célula de Zamora a partir de la sesión del 16 de octubre de 2026, 01:20. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.

  1. Señal
  2. Hipótesis
  3. Contrastada
  4. Accionable
  5. Validada
  6. En ejecución
  7. Evaluada
Prueba no pancarta5 de 5
  • ¿Quién hace qué? sí
  • ¿Con qué instrumento? sí
  • ¿Por qué canal llega? sí
  • ¿En qué plazo? sí
  • ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
Para ser accionablefaltan 2
  • competencia verificada por revisión jurídica humana
  • financiación con partida identificada
Para la ciudadanía

Qué cambia y dónde actuar

Edificios y servicios municipales con consumo energético, incluida la red de alumbrado público

Qué cambia. Seguimiento de consumos y propuesta de medidas de eficiencia dentro de los servicios y edificios municipales. No incluye ayudas domésticas ni regulación energética.

Quién puede. Sin criterio publicado en la señal. Se propone priorizar según inventario municipal de instalaciones y consumos, que deberá elaborarse y publicarse.

Cómo se pide. No requiere solicitud de hogares. El Ayuntamiento identifica las instalaciones; las incidencias sobre el alumbrado o los edificios municipales pueden comunicarse por los canales municipales vigentes.

Personas usuarias de instalaciones y servicios municipales incluidos en las medidas

Qué cambia. Podrían beneficiarse indirectamente de mejoras en el consumo y funcionamiento energético municipal, si se aprueban y ejecutan actuaciones.

Quién puede. Uso de instalaciones o servicios municipales donde se aprueben actuaciones; no consta un criterio publicado ni una lista de instalaciones.

Cómo se pide. Acceso mediante el uso ordinario de la instalación o servicio. No se plantea una solicitud individual ni un cambio de derechos.

Canal: Portal institucional del Ayuntamiento de Zamora y expediente electrónico municipal · Alternativa: Atención presencial o telefónica en los servicios municipales · Plazo: Validar el protocolo y su alcance en un plazo de 1 mes, con propuesta de medidas dentro de los 5 meses posteriores

Si algo no cuadra: Las personas afectadas pueden presentar consultas, quejas o reclamaciones por los canales municipales vigentes. La señal no especifica un procedimiento particular para esta propuesta.

Profesional

Autoridad, ejecución y recursos

Órgano responsableAyuntamiento de Zamora
CompetenciaPropia propuesta · No verificada efectiva
Base jurídicaLey 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, art. 26.1.a (alumbrado público, servicio obligatorio), Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, art. 25.2.b (medio ambiente urbano)
InstrumentoProtocolo municipal de seguimiento y mejora de la eficiencia energética del alumbrado público y de los edificios municipales, sujeto a revisión jurídica de competencias
CosteSin importe disponible. La revisión de consumos de edificios municipales y alumbrado requeriría tiempo del personal y, si se encargan auditorías o se ejecutan mejoras, costes por determinar mediante evaluación y contratación.
Financiaciónhipótesis: partidas municipales destinadas a edificios, alumbrado y eficiencia energética, sujetas a disponibilidad presupuestaria. Las ayudas autonómicas o estatales deben verificarse y derivarse a los órganos competentes.
CapacidadEl Ayuntamiento puede actuar sobre el alumbrado y los edificios y consumos municipales. La competencia indicada está propuesta, pero no verificada, y su alcance es limitado. La regulación energética y las medidas de ámbito autonómico o estatal corresponden a otros niveles.
KPIConsumo eléctrico anual, en kWh, de las instalaciones y del alumbrado público municipales incluidos en el seguimiento, junto con el número de instalaciones con consumo registrado. · base Sin dato municipal de consumo en la señal. La demanda peninsular de 700.364 MWh corresponde al 14 de octubre de 2026 y… · objetivo Completar y publicar el inventario y la línea base municipal; después, fijar un objetivo de reducción con alcance y… · mide El Ayuntamiento, mediante facturas y registros municipales de consumo eléctrico, desglosados por instalación y alumbrado público. La cifra nacional de REE no mide el resultado municipal.
RACIR: Servicios técnicos municipales, Unidad municipal competente en energía · A: Órgano municipal competente en servicios y edificios municipales · C: Secretaría General, Unidades responsables de los edificios municipales · I: Órganos municipales implicados, Junta de Castilla y León, sobre las necesidades que excedan el ámbito municipal
RiesgosNo disponer de datos municipales desglosados o comparables., Atribuir al municipio la demanda peninsular o actuaciones que corresponden a los niveles autonómico o estatal., La competencia indicada está sin verificar y el alcance municipal se limita a servicios y edificios municipales.

Tareas

QuéUnidadCanalPlazo
Revisar el alcance competencial y definir los servicios y edificios municipales incluidos en el protocoloSecretaría General y unidad municipal competente en energíaCoordinación interna y expediente electrónico municipal1 mes tras el inicio de la elaboración
Recopilar consumos y facturas de alumbrado y edificios municipales para establecer una línea de base; esos datos están sin dato en la señal disponibleUnidad municipal competente en energía y servicios técnicos municipalesSistemas municipales de gestión y coordinación con los servicios responsables de los edificios2 meses tras la validación del alcance
Proponer medidas de seguimiento y eficiencia dentro de los servicios y edificios municipales, sin extenderlas a la regulación energética generalServicios técnicos municipalesInforme técnico al órgano municipal competente2 meses tras disponer de la línea de base
Derivar a la Junta de Castilla y León las necesidades de información o actuaciones que excedan la competencia municipalAlcaldía-Presidencia, a través de la unidad municipal competenteCoordinación interadministrativa y portal institucional autonómico1 mes tras identificar necesidades que excedan el ámbito municipal

Derivada desde la ficha de Castilla y León.

Evidencia

Auditoría

Cómo se hizo esta ficha

JSON completo →

Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.

  1. action.proposed Ficha en estado contrastada 16 oct, 01:20 · generado por modelo · cell:es.mu.49275