- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
Hipótesis: en Cataluña puede existir una necesidad de seguimiento de la demanda eléctrica y de las actuaciones de eficiencia y autoconsumo, pero la señal disponible solo informa de la demanda peninsular y no acredita un problema específico catalán.
Qué lo confirmaría: Series oficiales de demanda eléctrica diaria de Cataluña y datos autonómicos sobre actuaciones de eficiencia y autoconsumo, con periodos comparables, para determinar si existe una necesidad local y descartarla si no se observa.
Ficha generada por la célula de Cataluña a partir de la sesión del 16 de octubre de 2026, 01:20. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
Qué cambia y dónde actuar
La célula no describió destinatarios.
Canal: Coordinación interdepartamental de la Generalitat de Catalunya · Alternativa: Atención presencial o telefónica de la unidad competente en energía · Plazo: Protocolo validado en un plazo de 2 meses desde el inicio de la revisión jurídica, hipótesis sujeta a validación
Si algo no cuadra: No hay procedimiento de reclamación especificado, al no proponerse un acto ni una prestación individual. Definir la vía aplicable si se concreta una medida.
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Generalitat de Catalunya |
|---|---|
| Competencia | Compartida propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Constitución Española, art. 149.1.25.ª (bases del régimen energético, del Estado), Estatuto de Autonomía (Cataluña), artículo por verificar en la revisión jurídica |
| Instrumento | Protocolo de seguimiento autonómico de programas de eficiencia energética y autoconsumo, sujeto a revisión jurídica de competencias y del artículo estatutario aplicable |
| Coste | Costes de personal técnico y administrativo, evaluación de instalaciones y programas de eficiencia y autoconsumo, y seguimiento. Importes y alcance presupuestario: sin dato. Las autorizaciones se limitarían a las competencias autonómicas aplicables, pendientes de verificación jurídica. |
| Financiación | hipótesis: partidas vigentes de la Generalitat destinadas a energía, eficiencia y autoconsumo, y fondos externos que resulten elegibles. No consta una partida concreta ni financiación asignada. |
| Capacidad | La Generalitat puede desarrollar y ejecutar medidas dentro de las bases estatales. La competencia se considera compartida y no verificada; debe confirmarse el artículo estatutario y el alcance de las autorizaciones antes de ejecutar instrumentos. La solicitud de estado y plazo del informe pendiente… |
| KPI | Sin indicador de resultado definido para una medida de energía local de la Generalitat; la solicitud sobre el informe pendiente corresponde al nivel estatal. · base Sin dato para Cataluña. La demanda de 700.364 MWh corresponde a la península el 14 de octubre de 2026, no a Cataluña. · objetivo Sin dato; requiere definir una medida e indicador dentro de las competencias autonómicas verificadas. · mide Sin unidad ni registro autonómico especificados. La Generalitat tendría que definirlos al concretar la medida; el seguimiento del informe pendiente se deriva al IDAE. |
| RACI | R: Unidad competente en energía de la Generalitat de Catalunya · A: Órgano competente de la Generalitat de Catalunya en materia de energía · C: Unidad de asesoría jurídica de la Generalitat de Catalunya, IDAE, para la solicitud que corresponde al nivel estatal · I: Órganos autonómicos responsables de programas de eficiencia energética y autoconsumo |
| Riesgos | La competencia compartida y el artículo estatutario aplicable están pendientes de verificación jurídica., La señal no define una medida autonómica, cohortes destinatarias ni criterios de acceso., La cifra de demanda peninsular no permite inferir demanda ni percepción ciudadana en Cataluña. |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Verificar el encaje competencial y jurídico del protocolo, incluidas las bases estatales y el artículo estatutario aplicable | Unidad de asesoría jurídica de la Generalitat de Catalunya | Revisión jurídica interna | Antes de validar el protocolo |
| Definir el seguimiento de los programas autonómicos de eficiencia energética y autoconsumo, indicando qué información está disponible y qué datos faltan | Unidad competente en energía de la Generalitat de Catalunya | Coordinación interdepartamental | 2 meses tras la validación jurídica |
| Derivar al nivel estatal la solicitud sobre el estado y el plazo del informe pendiente del IDAE, por los canales vigentes de ese organismo | Unidad competente en energía de la Generalitat de Catalunya | Canales vigentes del IDAE | Tras la validación jurídica |
Evidencia
Cómo se hizo esta ficha
Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.
- action.proposed Ficha en estado contrastada 16 oct, 01:19 · generado por modelo · cell:es.ca.09