- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
Hipótesis: en Illes Balears falta seguimiento disponible sobre la demanda eléctrica y las actuaciones de eficiencia y autoconsumo, pero la señal nacional no acredita que exista ese problema en la comunidad.
Qué lo confirmaría: Registros oficiales de demanda eléctrica de Illes Balears y datos del Govern sobre disponibilidad, estado y plazos del seguimiento o informe para la comunidad; su existencia y oportunidad permitirían confirmar o descartar la hipótesis.
Ficha generada por la célula de Illes Balears a partir de la sesión del 16 de octubre de 2026, 01:20. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
Qué cambia y dónde actuar
La célula no describió destinatarios.
Canal: Portal institucional del Govern de les Illes Balears · Alternativa: Atención presencial o telefónica de la unidad competente en energía · Plazo: Propuesta de protocolo en un máximo de 3 meses tras la validación jurídica
Si algo no cuadra: No se define una prestación ni una decisión individual. Para una actuación posterior, informar la vía administrativa de reclamación que corresponda conforme a su procedimiento.
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Govern de les Illes Balears |
|---|---|
| Competencia | Compartida propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Constitución Española, art. 149.1.25.ª (bases del régimen energético, del Estado), Estatuto de Autonomía (Illes Balears), artículo por verificar en la revisión jurídica |
| Instrumento | Protocolo autonómico de coordinación y seguimiento de programas de eficiencia energética y autoconsumo, sujeto a revisión jurídica de las competencias y del artículo estatutario aplicable |
| Coste | Sin dato sobre el coste. Dependería del alcance de las autorizaciones, los programas de eficiencia y autoconsumo, el personal técnico y los estudios necesarios. La demanda peninsular citada no permite estimar costes ni demanda de Illes Balears. |
| Financiación | hipótesis: financiación con partidas autonómicas de energía y, si procede, programas estatales o europeos, previa comprobación de su disponibilidad y elegibilidad. No se identifica una partida concreta. |
| Capacidad | El Govern puede proponer actuaciones de desarrollo y ejecución dentro de las bases estatales. La competencia compartida y el artículo estatutario aplicable están sin verificar, por lo que conviene revisión jurídica antes de concretar instrumentos. La solicitud al IDAE corresponde al nivel estatal y… |
| KPI | Estado documentado de la consulta sobre el informe pendiente del IDAE y, por separado, verificación de la competencia autonómica aplicable a posibles medidas de energía local · base sin dato sobre el estado del informe o sobre medidas autonómicas; la cifra disponible corresponde a demanda peninsular… · objetivo Sin objetivo cuantificado en la señal; documentar la respuesta del IDAE y completar la revisión jurídica antes de… · mide La unidad competente en energía del Govern, mediante el registro de consultas y la revisión jurídica; el seguimiento del informe del IDAE corresponde a sus canales y registros |
| RACI | R: Dirección general competente en energía · A: Consejería competente en energía · C: Servicio jurídico competente, Administraciones locales afectadas · I: Administraciones locales, Órgano estatal competente en energía |
| Riesgos | La demanda peninsular no permite inferir demanda, acceso o percepción ciudadana en Illes Balears, La competencia compartida y el artículo estatutario aplicable están pendientes de verificación, No se indican programa, criterios de acceso, plazos ni presupuesto autonómicos |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Verificar el encaje competencial autonómico y delimitar qué actuaciones corresponden al Estado | Servicio jurídico competente en energía | Coordinación interdepartamental y consulta jurídica | Antes de aprobar el protocolo |
| Identificar los programas e instrumentos autonómicos vigentes de eficiencia energética y autoconsumo, sin atribuir a Illes Balears datos de demanda peninsular | Dirección general competente en energía | Revisión de registros y documentación administrativa | En los 2 meses posteriores a la validación jurídica |
| Trasladar al órgano estatal competente la solicitud de estado y plazo del informe pendiente, por los canales estatales vigentes | Dirección general competente en energía | Derivación institucional al IDAE | En el primer mes tras la validación jurídica |
| Establecer un mecanismo de seguimiento de las actuaciones autonómicas y comunicar sus resultados a los órganos y colectivos pertinentes | Dirección general competente en energía | Portal institucional y coordinación con las administraciones locales | Revisión periódica, con frecuencia por definir en el protocolo |
Evidencia
- REE registra 700.364 MWh de demanda eléctrica peninsular diaria el 14 de octubre de 2026. (Sistema eléctrico peninsular de España, no corresponde a Illes Balears, 14 de octubre de 2026) fuente ↗
- Solicitar al IDAE, por sus canales vigentes, el estado y el plazo del informe pendiente. (Estado español, medida nacional, Sin dato) fuente ↗
Cómo se hizo esta ficha
Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.
- action.proposed Ficha en estado contrastada 16 oct, 01:19 · generado por modelo · cell:es.ca.04