- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
Hipótesis: la subida nacional del IPV, del 12,2 % interanual en el 2T de 2026, podría estar asociada a dificultades de acceso a la vivienda en Ávila, pero la señal no aporta datos municipales que lo acrediten.
Qué lo confirmaría: Datos municipales desglosados sobre evolución de precios y alquileres, solicitudes y tiempos de espera de vivienda protegida, adjudicaciones y hogares con dificultades de acceso. Su ausencia de presión o una evolución estable debilitaría la hipótesis.
Ficha generada por la célula de Ávila a partir de la sesión del 15 de octubre de 2026, 13:16. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
Personas solicitantes de vivienda de protección pública gestionada por el Ayuntamiento
Qué cambia. El Ayuntamiento puede informar y tramitar solicitudes dentro de sus competencias locales. Las ayudas y criterios de política autonómica corresponden a Castilla y León y se derivan a sus canales
Quién puede. Requisitos publicados en la convocatoria o procedimiento municipal aplicable; no constan en la señal criterios concretos ni disponibilidad de viviendas
Cómo se pide. A través de la ventanilla municipal de vivienda o del canal que indique el procedimiento publicado; para ayudas autonómicas, mediante la sede electrónica autonómica
Canal: Sede electrónica municipal · Alternativa: Atención presencial y telefónica municipal · Plazo: Protocolo validado y canales operativos en un plazo de 3 meses desde el inicio de su elaboración
Si algo no cuadra: Usar los recursos y reclamaciones previstos en la resolución o procedimiento correspondiente; para decisiones autonómicas, acudir a la administración autonómica competente
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Ayuntamiento de Ávila |
|---|---|
| Competencia | Propia propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, art. 25.2.a (urbanismo; promoción y gestión de la vivienda de protección pública) |
| Instrumento | Protocolo municipal de información y derivación en materia de vivienda, sujeto a validación jurídica de la competencia local |
| Coste | Sin dato de importes. Costes de personal y gestión para planeamiento urbanístico, gestión local de vivienda de protección pública y tramitación; cualquier inversión dependería de actuaciones concretas y requiere estimación. |
| Financiación | hipótesis: partidas municipales vigentes de urbanismo y vivienda, sujetas a comprobación presupuestaria. Las ayudas del programa autonómico corresponden a Castilla y León y se derivan a ese nivel. |
| Capacidad | El Ayuntamiento puede estudiar y ejecutar instrumentos locales de planeamiento, gestión de vivienda protegida y tramitación, tras verificar la competencia, que figura como no verificada. La política autonómica y sus convocatorias corresponden a Castilla y León. |
| KPI | Porcentaje de solicitudes municipales de vivienda con estado y plazos comunicados a las personas solicitantes · base sin dato · objetivo Publicar y comunicar el estado y los plazos de las solicitudes municipales conforme al procedimiento aplicable, sin… · mide Unidad municipal competente en vivienda, mediante el registro de solicitudes y comunicaciones; sin dato sobre la disponibilidad actual de ese registro |
| RACI | R: Unidad municipal competente en vivienda · A: Ayuntamiento de Ávila · C: Secretaría General y servicios jurídicos municipales, Órgano autonómico competente en vivienda · I: Personas usuarias de los servicios municipales, Oficina municipal de atención ciudadana |
| Riesgos | Confundir la gestión municipal con la competencia autonómica para fijar la política de vivienda o conceder ayudas autonómicas, Publicar información que permita identificar solicitantes o inferir datos personales, No disponer de registros completos o actualizados para medir el indicador |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Validar el alcance de las funciones municipales y delimitar qué trámites corresponden al Ayuntamiento y cuáles deben derivarse a la comunidad autónoma | Secretaría General y servicios jurídicos municipales | Tramitación interna municipal | Antes de aprobar el protocolo |
| Establecer información municipal sobre trámites y canales disponibles, y derivar las solicitudes relativas a ayudas autonómicas al órgano competente de Castilla y León | Unidad municipal competente en vivienda | Sede electrónica municipal | En los 3 meses posteriores a la validación jurídica |
| Habilitar una vía presencial o telefónica para consultas y asistencia en el acceso a la información y los trámites | Oficina municipal de atención ciudadana | Atención presencial y telefónica | En los 3 meses posteriores a la aprobación del protocolo |
| Revisar periódicamente la información publicada y los procedimientos de derivación, respetando la confidencialidad y los límites legales | Unidad municipal competente en vivienda | Portal municipal y sede electrónica | Revisión semestral desde la puesta en marcha |
Derivada desde la ficha de Castilla y León.
Evidencia
Cómo se hizo esta ficha
Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.
- action.proposed Ficha en estado contrastada 15 oct, 13:13 · generado por modelo · cell:es.mu.05019