- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
Hipótesis: el aumento interanual del precio de la vivienda del 11,9 % en Andalucía en el segundo trimestre de 2026 podría estar asociado a una mayor dificultad de acceso en Cádiz, pero la señal no aporta datos municipales de precios ni de asequibilidad.
Qué lo confirmaría: Datos municipales de precios de compra y alquiler, ingresos de los hogares y esfuerzo de vivienda, comparables en el tiempo, permitirían confirmar o descartar la hipótesis.
Ficha generada por la célula de Cádiz a partir de la sesión del 11 de octubre de 2026, 01:37. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
Personas y entidades interesadas en iniciativas normativas municipales de vivienda
Qué cambia. Se propone publicar la consulta y un resumen de las aportaciones recibidas para las iniciativas municipales que correspondan. La competencia local indicada está pendiente de verificación jurídica.
Quién puede. Participación abierta conforme a la convocatoria publicada y cuando proceda legalmente la consulta pública previa; el artículo 133 de la Ley 39/2015 contempla este trámite cuando proceda legalmente.
Cómo se pide. A través de los canales municipales que se indiquen en cada convocatoria, incluida la sede electrónica o los registros municipales.
Hogares que soliciten vivienda de protección pública gestionada por el municipio
Qué cambia. La propuesta se limita a la gestión y entrega local de vivienda de protección pública, sujeta a revisión jurídica y a la normativa autonómica aplicable. No establece nuevas ayudas ni derechos individuales.
Quién puede. Los requisitos y criterios de acceso que se publiquen para cada procedimiento municipal; no constan criterios ni convocatorias locales en la señal disponible.
Cómo se pide. Mediante la ventanilla municipal de tramitación, si existe una convocatoria o procedimiento publicado; la política y las ayudas autonómicas se derivan a la Junta de Andalucía.
Canal: Portal municipal de transparencia y sede electrónica · Alternativa: Atención presencial en las oficinas municipales de urbanismo y vivienda, con información telefónica · Plazo: Validar el protocolo antes de iniciar su aplicación; habilitar la atención tras su validación
Si algo no cuadra: Para decisiones administrativas individuales, los recursos que indique la notificación conforme a la normativa aplicable. Para incidencias de tramitación o acceso, los canales municipales de quejas y reclamaciones.
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Ayuntamiento de Cádiz |
|---|---|
| Competencia | Propia propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, art. 25.2.a (urbanismo; promoción y gestión de la vivienda de protección pública) |
| Instrumento | Protocolo municipal de información y tramitación de actuaciones de planeamiento y gestión de vivienda protegida, previa verificación de competencia y revisión jurídica |
| Coste | Sin dato de importe. Coste asociado a personal técnico y jurídico, tramitación de planeamiento o gestión de vivienda protegida y, si se aprueba una iniciativa normativa, consulta pública previa cuando proceda legalmente y publicación de un resumen de aportaciones. El alcance y los recursos… |
| Financiación | hipótesis: partidas municipales de urbanismo y vivienda, previa comprobación de disponibilidad y competencia. Las ayudas o programas autonómicos corresponden a Andalucía y requerirían convocatoria o coordinación; no se imputan aquí. |
| Capacidad | El Ayuntamiento puede valorar tareas locales de planeamiento, gestión de vivienda protegida y tramitación, sujetas a verificación jurídica de la competencia, indicada como no verificada. La política de vivienda y los programas autonómicos corresponden a Andalucía. La señal no aporta datos… |
| KPI | Porcentaje de consultas públicas previas municipales de vivienda, cuando procedan legalmente, cuyo resumen de aportaciones se publica. · base sin dato · objetivo Publicar el resumen en el 100 % de las consultas municipales de vivienda realizadas cuando proceda legalmente, objetivo… · mide La unidad municipal responsable de transparencia o tramitación, mediante el registro de consultas y las publicaciones en el portal municipal. |
| RACI | R: Unidad municipal de urbanismo y vivienda · A: Órgano municipal competente en urbanismo y vivienda · C: Secretaría General, Unidad municipal de participación y transparencia · I: Personas interesadas en actuaciones municipales de vivienda protegida |
| Riesgos | La competencia municipal indicada está propuesta y no verificada, por lo que requiere revisión jurídica antes de ejecutar medidas., La señal no aporta datos locales sobre asequibilidad ni sobre el efecto en los hogares., Los requisitos de acceso y los procedimientos locales aplicables no constan en la señal., Puede haber barreras de acceso a los canales digitales. |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Verificar el alcance de la competencia municipal y la base jurídica aplicable al protocolo | Secretaría General y unidad municipal de urbanismo y vivienda | Tramitación interna municipal | Antes de validar el protocolo |
| Preparar el protocolo y, cuando proceda legalmente, realizar la consulta pública previa y publicar un resumen de las aportaciones | Unidad municipal de urbanismo y vivienda, con apoyo de la unidad de participación y transparencia | Portal municipal de transparencia y sede electrónica | Tras la revisión jurídica y antes de aprobar el protocolo |
| Habilitar información y tramitación municipal sobre actuaciones locales de vivienda protegida, derivando a la Junta de Andalucía las ayudas y medidas de política autonómica | Unidad municipal de urbanismo y vivienda | Ventanilla municipal y sede electrónica | Tras la validación del protocolo |
Derivada desde la ficha de Andalucía.
Evidencia
- El artículo 133 de la Ley 39/2015 prevé la consulta pública previa para elaborar normas cuando proceda legalmente. (España, Sin periodo indicado) fuente ↗
- El texto recuperado del INE no contiene la tasa anual del IPV del 12,2 % para el segundo trimestre de 2026. (Ámbito no especificado en la señal, Segundo trimestre de 2026) fuente ↗
Cómo se hizo esta ficha
Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.
- action.proposed Ficha en estado contrastada 11 oct, 01:34 · generado por modelo · cell:es.mu.11012