- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
En el País Vasco, el precio de la vivienda aumentó un 10 % interanual en el segundo trimestre de 2026. Este dato señala una subida de precios, pero no mide por sí solo la asequibilidad ni identifica sus causas.
Qué lo confirmaría: La variación anual del IPV del País Vasco confirma la subida de precios indicada. Datos locales de alquiler y del esfuerzo de los hogares permitirían confirmar o descartar que se traduzca en un problema de asequibilidad.
Ficha generada por la célula de País Vasco a partir de la sesión del 11 de octubre de 2026, 01:37. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
Personas y entidades potencialmente afectadas por iniciativas normativas autonómicas de vivienda
Qué cambia. Podrán presentar aportaciones sobre la iniciativa. Si se realiza la consulta, se publicará un resumen de las aportaciones, sujeto a la revisión jurídica correspondiente.
Quién puede. Participación en la consulta pública previa cuando proceda legalmente, conforme al artículo 133 de la Ley 39/2015. Los criterios concretos de cada consulta se publicarán con la iniciativa.
Cómo se pide. Mediante el canal y el plazo que se indiquen en la publicación oficial de cada consulta. Sin convocatoria publicada, no hay un trámite abierto identificado.
Canal: Portal oficial de participación pública del Gobierno Vasco · Alternativa: Presentación en las oficinas de asistencia en materia de registro, con información telefónica sobre el procedimiento · Plazo: Antes de elaborar el borrador de cada iniciativa normativa, cuando proceda legalmente
Si algo no cuadra: La consulta no determina derechos individuales. Las aportaciones se presentan por el canal y en el plazo publicados; cualquier reclamación o impugnación se tramita por las vías previstas para el procedimiento aplicable.
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Gobierno Vasco |
|---|---|
| Competencia | Propia propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Constitución Española, art. 148.1.3.ª (ordenación del territorio, urbanismo y vivienda), Estatuto de Autonomía (País Vasco), artículo por verificar en la revisión jurídica |
| Instrumento | Protocolo del departamento competente en vivienda para tramitar, cuando proceda legalmente, la consulta pública previa de iniciativas normativas y publicar un resumen de las aportaciones, sujeto a… |
| Coste | Sin dato de importe. El coste dependería del alcance del programa autonómico, las ayudas, la gestión administrativa y, cuando proceda legalmente, la consulta pública previa y la publicación de un resumen de aportaciones. Requiere memoria económica antes de concretar recursos. |
| Financiación | hipótesis: partidas autonómicas de vivienda y crédito disponible para programas y convocatorias de ayudas. No consta aquí una partida ni financiación aprobada. |
| Capacidad | El Gobierno Vasco puede preparar y gestionar instrumentos autonómicos de vivienda, sujeto a verificar la base estatutaria y el encaje jurídico de cada medida. La capacidad presupuestaria y de personal disponible es sin dato. |
| KPI | Proporción de consultas públicas previas de iniciativas normativas de vivienda en las que, cuando proceda legalmente, se publica un resumen de las aportaciones. · base sin dato · objetivo Publicar un resumen para cada consulta realizada cuando proceda legalmente. · mide El órgano autonómico responsable de cada iniciativa, mediante el registro de consultas y las publicaciones oficiales; sin registro identificado en la señal. |
| RACI | R: Unidad competente en vivienda · A: Departamento del Gobierno Vasco competente en vivienda · C: Servicios jurídicos del Gobierno Vasco, Órgano competente en participación pública · I: Personas y entidades interesadas |
| Riesgos | La obligación de consulta puede depender de las circunstancias legales de cada iniciativa., La señal no identifica iniciativas autonómicas concretas, calendario, canal de participación ni registro de seguimiento., El artículo estatutario y la competencia autonómica concreta están pendientes de verificación jurídica. |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Revisar la competencia y determinar si procede legalmente la consulta pública previa para cada iniciativa normativa | Servicios jurídicos del departamento competente en vivienda | Revisión interna del expediente | Antes de iniciar la elaboración de cada iniciativa normativa |
| Publicar la consulta y habilitar la recepción de aportaciones por los canales indicados en el anuncio | Unidad competente en vivienda | Portal oficial de participación pública | Antes de elaborar el borrador, durante el plazo que se establezca conforme a la… |
| Ordenar y publicar un resumen de las aportaciones recibidas, respetando las reglas aplicables de protección de datos | Unidad competente en vivienda, con revisión de los servicios jurídicos | Portal oficial de participación pública | Tras el cierre de la consulta y antes de continuar la tramitación normativa |
Evidencia
- La variación anual del precio de la vivienda (IPV) en el País Vasco fue del 10 % en el segundo trimestre de 2026. (País Vasco, comunidad autónoma, 2T 2026) fuente ↗
- El artículo 133 de la Ley 39/2015 prevé la consulta pública previa para elaborar normas cuando proceda legalmente. (Estado español, Sin periodo indicado) fuente ↗
Cómo se hizo esta ficha
Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.
- action.proposed Ficha en estado contrastada 11 oct, 01:33 · generado por modelo · cell:es.ca.16