- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
En la Comunidad de Madrid, el precio de la vivienda aumentó un 12,9 % interanual en el segundo trimestre de 2026. El problema a abordar es la evolución de los precios mediante instrumentos autonómicos de vivienda, sin que este dato por sí solo mida la asequibilidad de los hogares.
Qué lo confirmaría: El dato oficial del IPV de la Comunidad de Madrid para el segundo trimestre de 2026 registra una variación anual del 12,9 %. Para confirmar el impacto en el acceso a la vivienda harían falta datos autonómicos de precios de alquiler y compra, ingresos y esfuerzo de pago de los hogares.
Ficha generada por la célula de Comunidad de Madrid a partir de la sesión del 11 de octubre de 2026, 01:37. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
Personas y hogares potencialmente afectados por cada iniciativa normativa autonómica de vivienda
Qué cambia. Pueden aportar observaciones durante la consulta. Esta propuesta no modifica por sí misma derechos ni prestaciones.
Quién puede. La iniciativa debe referirse a vivienda y afectar a la cohorte según el alcance descrito en la consulta pública previa, cuando proceda legalmente. No se establecen criterios individuales de acceso a ayudas.
Cómo se pide. Presentar aportaciones por el canal y dentro del plazo que indique la convocatoria de consulta de cada iniciativa.
Entidades y organizaciones relacionadas con vivienda, incluidas las que representen a personas potencialmente afectadas
Qué cambia. Pueden aportar observaciones y consultar el resumen de aportaciones que se publique, cuando proceda legalmente.
Quién puede. Relación con la materia y el alcance de la iniciativa, según lo publicado en cada consulta.
Cómo se pide. Usar el canal y el plazo publicados para la consulta de cada iniciativa.
Canal: Portal de transparencia y sede electrónica de la Comunidad de Madrid · Alternativa: Oficinas de asistencia en materia de registro y atención telefónica autonómica · Plazo: Iniciar la revisión jurídica antes de redactar el proyecto y completar la preparación de la convocatoria según la tramitación aplicable
Si algo no cuadra: Para incidencias sobre la tramitación o el acceso a la consulta, utilizar el canal de quejas o atención administrativa que indique la convocatoria. La consulta no sustituye las vías de recurso aplicables a actos administrativos.
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Gobierno de la Comunidad de Madrid |
|---|---|
| Competencia | Propia propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Constitución Española, art. 148.1.3.ª (ordenación del territorio, urbanismo y vivienda), Estatuto de Autonomía (Comunidad de Madrid), artículo por verificar en la revisión jurídica |
| Instrumento | Proyecto de convocatoria autonómica de ayudas en materia de vivienda, sujeto a revisión jurídica de la competencia y del instrumento aplicable |
| Coste | Sin dato de importes. El coste dependería del diseño del programa o de las convocatorias, de su alcance y de la gestión administrativa; no se cuantifica aquí. |
| Financiación | Hipótesis: valorar la financiación con cargo a partidas autonómicas de vivienda, previa identificación de la partida y disponibilidad presupuestaria. Sin dato sobre partidas concretas. |
| Capacidad | El Gobierno de la Comunidad de Madrid puede proponer y gestionar instrumentos autonómicos de vivienda, sujeto a revisión jurídica, incluida la verificación del artículo estatutario aplicable. No hay datos sobre personal, presupuesto ni capacidad operativa disponible. Cuando proceda legalmente para… |
| KPI | Proporción de iniciativas normativas autonómicas de vivienda para las que proceda legalmente la consulta pública previa que cuentan con consulta realizada y resumen de aportaciones publicado. · base sin dato · objetivo Realizar la consulta y publicar el resumen en todas las iniciativas en las que proceda legalmente, sujeto a revisión… · mide La unidad autonómica responsable de cada iniciativa, mediante un registro de iniciativas, consultas realizadas y resúmenes publicados. El registro no consta en la señal y se propone para medir el… |
| RACI | R: Dirección General competente en materia de vivienda · A: Consejería competente en materia de vivienda · C: Secretaría General Técnica competente en materia de vivienda, Asesoría jurídica autonómica, Unidad responsable de participación y transparencia · I: Personas y entidades interesadas en la política autonómica de vivienda |
| Riesgos | Que no se determine de forma consistente cuándo procede legalmente la consulta., Que el canal o el plazo de participación no resulte accesible para todas las cohortes afectadas., Que el resumen no refleje adecuadamente las aportaciones o incluya datos personales innecesarios., La competencia e instrumento autonómicos requieren verificación jurídica, incluido el artículo aplicable del Estatuto de Autonomía. |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Verificar la competencia autonómica y el encaje jurídico del instrumento antes de iniciar su tramitación | Secretaría General Técnica competente en materia de vivienda, con asesoría jurídica autonómica | Tramitación administrativa interna | Antes de redactar el proyecto |
| Preparar el proyecto y publicar la consulta pública previa cuando proceda legalmente, conforme al artículo 133 de la Ley 39/2015 | Dirección General competente en materia de vivienda | Portal de transparencia de la Comunidad de Madrid | Durante la fase de elaboración y antes de aprobar el proyecto |
| Recoger y publicar un resumen de las aportaciones recibidas, protegiendo los datos personales | Unidad responsable de participación y transparencia del órgano competente en vivienda | Portal de transparencia de la Comunidad de Madrid | Tras el cierre de la consulta y antes de continuar la tramitación |
| Definir las bases y los canales de solicitud y atención de la convocatoria, sin fijar importes hasta contar con la información presupuestaria correspondiente | Dirección General competente en materia de vivienda | Sede electrónica de la Comunidad de Madrid | Tras la revisión jurídica y antes de publicar la convocatoria |
Evidencia
- El precio de la vivienda en la Comunidad de Madrid registró una variación anual del 12,9 % en el segundo trimestre de 2026. (Comunidad de Madrid, 2T 2026) fuente ↗
- El artículo 133 de la Ley 39/2015 prevé la consulta pública previa para elaborar normas cuando proceda legalmente. (España, Sin dato) fuente ↗
- El texto recuperado del INE no contiene la tasa anual del IPV del 12,2 % para el segundo trimestre de 2026. (Sin dato territorial en la señal, 2T 2026) fuente ↗
Cómo se hizo esta ficha
Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.
- action.proposed Ficha en estado contrastada 11 oct, 01:33 · generado por modelo · cell:es.ca.13