- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
En Extremadura, el precio de la vivienda aumentó un 12,8 % interanual en el segundo trimestre de 2026. Esta subida puede dificultar el acceso a la vivienda, pero la señal no aporta datos locales de asequibilidad que permitan medir ese efecto.
Qué lo confirmaría: Datos de Extremadura sobre ingresos de los hogares, precios de compra y alquiler y esfuerzo económico para acceder a una vivienda; permitirían valorar si la subida del IPV se traduce en dificultades de acceso.
Ficha generada por la célula de Extremadura a partir de la sesión del 11 de octubre de 2026, 01:37. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
Personas y entidades potencialmente afectadas por iniciativas normativas autonómicas en materia de vivienda
Qué cambia. Podrán presentar aportaciones antes de elaborar la norma; la Junta publicará un resumen de las aportaciones recibidas
Quién puede. Podrán participar conforme al ámbito y al plazo que establezca cada consulta pública previa, cuando proceda legalmente
Cómo se pide. A través del canal y dentro del plazo indicados en el anuncio oficial de cada consulta
Personas y entidades interesadas en las convocatorias autonómicas de ayudas a la vivienda
Qué cambia. No se propone aquí un cambio en las ayudas; podrán consultar las bases y presentar solicitudes si cumplen los requisitos publicados
Quién puede. Requisitos y criterios que se publiquen en cada convocatoria; sin dato sobre convocatorias o condiciones concretas en la señal
Cómo se pide. Según el procedimiento indicado en cada convocatoria autonómica
Canal: Portal de participación pública y sede electrónica de la Junta de Extremadura · Alternativa: Oficinas de asistencia en materia de registros y atención telefónica autonómica · Plazo: Tras la verificación jurídica, iniciar la preparación del programa; los plazos de consulta y convocatoria se fijarán para cada instrumento
Si algo no cuadra: La participación en una consulta no sustituye los recursos frente a actos administrativos; para estos, se indicarán las vías y plazos en el acto correspondiente
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Junta de Extremadura |
|---|---|
| Competencia | Propia propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Constitución Española, art. 148.1.3.ª (ordenación del territorio, urbanismo y vivienda), Estatuto de Autonomía (Extremadura), artículo por verificar en la revisión jurídica |
| Instrumento | Programa autonómico de vivienda de Extremadura, con convocatorias de ayudas y, si se requieren, normas reguladoras; la base estatutaria concreta queda pendiente de verificación jurídica |
| Coste | Costes de personal, tramitación, sistemas de información, consulta pública cuando proceda legalmente y gestión de ayudas del programa autonómico de vivienda. Sin dato de importe; cualquier estimación sería una hipótesis que requiere memoria económica. |
| Financiación | hipótesis: partidas del presupuesto de la Comunidad Autónoma destinadas a vivienda y a la gestión de ayudas. No se identifica una partida concreta; debe verificarse en el presupuesto autonómico vigente. |
| Capacidad | La Junta de Extremadura puede proponer y gestionar instrumentos autonómicos de vivienda, incluidas convocatorias de ayudas, sujeto a la verificación de la competencia y del artículo aplicable del Estatuto de Autonomía. La capacidad presupuestaria y administrativa concreta no consta. |
| KPI | Porcentaje de consultas públicas previas en materia de vivienda, cuando procedan legalmente, cuyo resumen de aportaciones se publica · base sin dato · objetivo Publicar el resumen de las aportaciones de cada consulta pública previa realizada, cuando proceda legalmente · mide La unidad responsable de vivienda de la Junta, mediante el registro de consultas y las publicaciones en los canales oficiales |
| RACI | R: Órgano competente en vivienda de la Junta de Extremadura, Unidad competente en ayudas de vivienda · A: Consejería competente en vivienda de la Junta de Extremadura · C: Asesoría jurídica de la Junta de Extremadura · I: Ciudadanía, Entidades del sector de la vivienda |
| Riesgos | No determinar correctamente cuándo procede legalmente la consulta pública previa, Barreras de acceso a los canales de participación, La competencia autonómica y el artículo estatutario aplicable requieren verificación jurídica |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Verificar la competencia autonómica y la base estatutaria aplicable antes de validar el instrumento | Asesoría jurídica de la Junta de Extremadura | Revisión jurídica interna | Antes de la validación del programa |
| Preparar el programa y, cuando proceda legalmente, realizar la consulta pública previa de cada iniciativa normativa y publicar un resumen de las aportaciones | Órgano competente en vivienda de la Junta de Extremadura | Portal de participación pública autonómico | Antes de la elaboración de cada proyecto normativo |
| Diseñar y tramitar las convocatorias de ayudas conforme a las normas reguladoras validadas | Unidad competente en ayudas de vivienda | Sede electrónica autonómica | Tras la aprobación de las normas reguladoras y según el calendario de cada… |
Evidencia
- En Extremadura, la variación anual del Índice de Precios de Vivienda fue del 12,8 % en el segundo trimestre de 2026. (Extremadura, comunidad autónoma, 2T 2026) fuente ↗
- El artículo 133 de la Ley 39/2015 prevé la consulta pública previa para elaborar normas cuando proceda legalmente. (España, Vigente, periodo concreto sin dato) fuente ↗
Cómo se hizo esta ficha
Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.
- action.proposed Ficha en estado contrastada 11 oct, 01:33 · generado por modelo · cell:es.ca.11