- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
En la Comunitat Valenciana, el precio de la vivienda aumentó un 13 % interanual en el segundo trimestre de 2026. Este dato señala una presión sobre el mercado, pero por sí solo no mide la asequibilidad ni el acceso a la vivienda.
Qué lo confirmaría: La serie del IPV de la Comunitat Valenciana en periodos sucesivos permitiría confirmar o descartar la continuidad del aumento; datos autonómicos de esfuerzo económico, demanda y acceso permitirían valorar si se traduce en dificultades de vivienda.
Ficha generada por la célula de Comunitat Valenciana a partir de la sesión del 11 de octubre de 2026, 01:37. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
Personas residentes, entidades y agentes sociales interesados en iniciativas normativas autonómicas de vivienda
Qué cambia. Podrán aportar observaciones durante la consulta. Se propone publicar un resumen de las aportaciones recibidas, sin atribuirlo a una medida ya aprobada
Quién puede. Iniciativas de la Generalitat Valenciana para las que proceda legalmente la consulta pública previa, conforme al artículo 133 de la Ley 39/2015
Cómo se pide. Presentar aportaciones por el canal oficial que indique la Generalitat para cada consulta; el canal concreto depende de la convocatoria
Canal: Portal de participación de la Generalitat y canales oficiales de la conselleria competente en vivienda · Alternativa: Atención presencial y telefónica de los servicios de la Generalitat · Plazo: Calendario a fijar tras la validación jurídica y el diseño del programa, sin plazo global determinado en la señal
Si algo no cuadra: Usar el canal de contacto o reclamación indicado en la consulta; las vías administrativas aplicables se especificarán en su aviso oficial
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Generalitat Valenciana |
|---|---|
| Competencia | Propia propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Constitución Española, art. 148.1.3.ª (ordenación del territorio, urbanismo y vivienda), Estatuto de Autonomía (Comunitat Valenciana), artículo por verificar en la revisión jurídica |
| Instrumento | Programa autonómico de vivienda y, cuando proceda legalmente, consulta pública previa de cada iniciativa normativa vinculada, con publicación de un resumen de las aportaciones |
| Coste | Costes de personal para preparar la consulta pública previa cuando proceda legalmente, resumir las aportaciones y gestionar el programa autonómico o las convocatorias de ayudas. También puede haber costes de publicación y tramitación. Importes: sin dato. |
| Financiación | hipótesis: créditos de la Generalitat Valenciana destinados a vivienda y al funcionamiento de las unidades responsables de consultas y tramitación. No consta una partida concreta. |
| Capacidad | La Generalitat Valenciana puede liderar instrumentos autonómicos de vivienda según el enrutamiento. La ejecución requeriría coordinación entre las unidades de vivienda y las responsables de participación y revisión jurídica. La base estatutaria está pendiente de verificación; no consta información… |
| KPI | Porcentaje de consultas públicas previas sobre iniciativas autonómicas de vivienda, cuando procedan legalmente, que publican un resumen de las aportaciones · base sin dato · objetivo hipótesis: publicar un resumen en todas las consultas realizadas cuando legalmente proceda · mide La unidad competente en vivienda de la Generalitat, mediante el registro de consultas y la comprobación de las publicaciones oficiales |
| RACI | R: Unidad competente en política de vivienda, Unidad competente en participación pública de la Generalitat · A: Conselleria competente en vivienda · C: Unidad de asesoría jurídica de la conselleria competente en vivienda, Órganos autonómicos competentes en participación pública · I: Ciudadanía, Entidades y organizaciones interesadas en vivienda |
| Riesgos | No se ha verificado la competencia autonómica ni el artículo aplicable del Estatuto de Autonomía, No todas las iniciativas normativas requieren consulta pública previa, La señal no aporta datos de referencia sobre consultas autonómicas ni sobre resúmenes publicados |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Verificar la competencia autonómica y la base estatutaria aplicable antes de concretar las medidas | Unidad de asesoría jurídica de la conselleria competente en vivienda | Revisión jurídica interna | Antes de aprobar el diseño del programa |
| Preparar el programa y, para cada iniciativa normativa, determinar si procede consulta pública previa conforme al artículo 133 de la Ley 39/2015 | Unidad competente en política de vivienda | Portal de participación de la Generalitat | Antes de iniciar la elaboración de cada norma |
| Recibir y ordenar las aportaciones y publicar un resumen, cuando se haya realizado la consulta | Unidad competente en participación pública de la Generalitat | Portal de participación de la Generalitat | Tras el cierre de cada consulta y antes de continuar la tramitación normativa |
| Derivar al Estado las actuaciones que excedan la competencia autonómica | Conselleria competente en vivienda | Coordinación interadministrativa | Cuando se identifique una actuación de competencia estatal |
Evidencia
- El artículo 133 de la Ley 39/2015 prevé la consulta pública previa para elaborar normas cuando proceda legalmente. (España, Sin periodo indicado) fuente ↗
- La variación anual del precio de la vivienda (IPV) en la Comunitat Valenciana fue del 13 %. (Comunitat Valenciana, Segundo trimestre de 2026) fuente ↗
Cómo se hizo esta ficha
Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.
- action.proposed Ficha en estado contrastada 11 oct, 01:33 · generado por modelo · cell:es.ca.10