- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
Hipótesis: En Albarracín podría haber una necesidad de revisar el consumo energético del alumbrado y de los edificios municipales, pero la señal nacional sobre retribuciones del cuarto trimestre de 2026 no acredita un problema local.
Qué lo confirmaría: Facturas y registros municipales de consumo del alumbrado y de los edificios, con periodos comparables; permitirían confirmar o descartar problemas de consumo o coste. Sin esos datos no se acredita el problema.
Ficha generada por la célula de Albarracín a partir de la sesión del 10 de octubre de 2026, 01:31. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
La célula no describió destinatarios.
Canal: Canal electrónico institucional del Ayuntamiento de Albarracín · Alternativa: Atención presencial o telefónica en el Ayuntamiento · Plazo: 3 meses tras la validación del protocolo
Si algo no cuadra: No se establece una vía de reclamación individual porque no se propone una medida que afecte a derechos. Para cuestiones sobre la resolución o el informe, utilizar los canales oficiales del órgano estatal competente.
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Ayuntamiento de Albarracín |
|---|---|
| Competencia | Propia propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, art. 26.1.a (alumbrado público, servicio obligatorio), Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, art. 25.2.b (medio ambiente urbano) |
| Instrumento | Protocolo municipal de seguimiento del consumo energético del alumbrado público y de los edificios municipales |
| Coste | El seguimiento del consumo de alumbrado y edificios municipales supondría dedicación del personal y uso de medios existentes; importe sin dato. La solicitud al IDAE sobre el informe pendiente corresponde al nivel que impulsa esa medida, no al Ayuntamiento. |
| Financiación | hipótesis: recursos ordinarios municipales destinados al alumbrado y al mantenimiento de edificios y servicios municipales. No consta una partida identificada. |
| Capacidad | El Ayuntamiento puede revisar sus consumos y actuaciones en alumbrado y edificios municipales. La competencia indicada está sin verificar y su alcance es limitado a esos servicios; no comprende la regulación energética ni sustituye el seguimiento ante el IDAE de otro nivel. |
| KPI | Sin indicador local definido, la señal no acredita un efecto en los servicios o edificios municipales de Albarracín. · base sin dato · objetivo Verificar si la actualización nacional tiene alguna incidencia en el ámbito municipal antes de proponer cambios. · mide El Ayuntamiento de Albarracín podría documentar la comprobación en sus registros de seguimiento; no consta un registro específico. |
| RACI | R: Unidad municipal responsable de servicios y edificios · A: Ayuntamiento de Albarracín · C: Órgano municipal competente en servicios y edificios · I: Unidades municipales usuarias de los edificios y servicios |
| Riesgos | Atribuir al municipio una actualización nacional de retribuciones sin evidencia de incidencia local., Confundir la actualización publicada con el informe pendiente del IDAE. |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Identificar los datos disponibles de consumo y las actuaciones municipales en alumbrado público y edificios municipales, sin atribuir al municipio los valores nacionales de retribución | Unidad municipal responsable de servicios y edificios | Revisión de registros municipales | 1 mes tras la validación del protocolo |
| Preparar una propuesta de medidas de gestión dentro de los servicios municipales, indicando los datos que falten como sin dato | Unidad municipal responsable de servicios y edificios | Informe interno al órgano municipal competente | 2 meses tras la revisión de los registros |
| Derivar al nivel estatal o autonómico cualquier consulta sobre el informe pendiente del IDAE o sobre regulación energética que exceda el ámbito municipal | Ayuntamiento de Albarracín | Comunicación institucional por el canal vigente | Tras identificar la consulta y antes de adoptar medidas que dependan de una… |
Derivada desde la ficha de Aragón.
Evidencia
- La resolución publicada en el BOE actualiza la retribución a la operación correspondiente al cuarto trimestre natural de 2026. (España, Cuarto trimestre natural de 2026) fuente ↗
- La Secretaría de Estado de Energía publicó la actualización de los valores de retribución a la operación para el cuarto trimestre natural de 2026. (España, Cuarto trimestre natural de 2026) fuente ↗
- Los valores concretos de la retribución a la operación para el cuarto trimestre natural de 2026 no se verifican en la información recuperada. (España, Cuarto trimestre natural de 2026) fuente ↗
Cómo se hizo esta ficha
Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.
- action.proposed Ficha en estado contrastada 10 oct, 01:31 · generado por modelo · cell:es.mu.44009