- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
Hipótesis: en la Comunitat Valenciana puede haber margen para mejorar la trazabilidad de las consultas públicas previas y la publicación de sus aportaciones en las iniciativas autonómicas de vivienda. El IPV autonómico subió un 13 % interanual en el segundo trimestre de 2026, pero ese dato no permite determinar si existe un problema de transparencia normativa.
Qué lo confirmaría: Registro autonómico de iniciativas normativas de vivienda, con indicación de cuáles requerían consulta previa, fechas y enlaces a las consultas y a los resúmenes publicados. La ausencia o publicación incompleta en casos en que procedía confirmaría la hipótesis; una cobertura completa la descartaría.
Ficha generada por la célula de Comunitat Valenciana a partir de la sesión del 9 de octubre de 2026, 01:24. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
Personas y entidades interesadas en iniciativas normativas autonómicas de vivienda
Qué cambia. Podrán aportar opiniones durante la consulta y consultar un resumen de las aportaciones recibidas, cuando se publique.
Quién puede. Iniciativas normativas de vivienda de la Generalitat Valenciana para las que proceda legalmente la consulta pública previa; no se establecen requisitos personales adicionales.
Cómo se pide. A través del canal oficial que se habilite para cada consulta pública previa y de la publicación oficial del resumen.
Unidades de la Generalitat Valenciana que elaboran normas de vivienda
Qué cambia. Deberán facilitar la consulta y publicar un resumen de las aportaciones, con seguimiento en el ámbito autonómico; la colaboración del Observatorio de Vivienda y Suelo estatal se deriva al nivel estatal.
Quién puede. Unidades responsables de iniciativas normativas autonómicas de vivienda sujetas a consulta pública previa cuando proceda legalmente.
Cómo se pide. Mediante los procedimientos y canales oficiales de elaboración normativa de la Generalitat.
Canal: Portal de participación y tramitación electrónica de la Generalitat Valenciana · Alternativa: Oficinas de asistencia en materia de registro y atención telefónica de la Generalitat Valenciana · Plazo: Protocolo, tras la revisión jurídica; aplicación a cada iniciativa desde su inicio, cuando proceda legalmente
Si algo no cuadra: Las observaciones pueden presentarse por el canal oficial de la consulta. Para incidencias sobre su tramitación o publicación, se podrá utilizar el registro y los canales generales de reclamación de la Generalitat, sin que ello implique una decisión sobre derechos individuales.
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Generalitat Valenciana |
|---|---|
| Competencia | Propia propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Constitución Española, art. 148.1.3.ª (ordenación del territorio, urbanismo y vivienda), Estatuto de Autonomía (Comunitat Valenciana), artículo por verificar en la revisión jurídica |
| Instrumento | Protocolo autonómico para la consulta pública previa y la publicación de resúmenes de aportaciones en iniciativas normativas de vivienda, previa revisión jurídica de la competencia y de su aplicación… |
| Coste | Costes administrativos de preparar y tramitar las consultas públicas previas cuando procedan legalmente, recopilar y resumir aportaciones y mantener su publicación y seguimiento. Necesidades de personal y coste económico: sin dato. |
| Financiación | hipótesis: atenderlo con los créditos ordinarios de las unidades autonómicas competentes en vivienda y elaboración normativa; partida específica y disponibilidad presupuestaria: sin dato. El apoyo del Observatorio de Vivienda y Suelo corresponde al nivel estatal y se deriva. |
| Capacidad | La Generalitat Valenciana puede proponer la aplicación de estas tareas a sus propias iniciativas normativas y programas de vivienda, sujeta a revisión jurídica, incluido el artículo estatutario por verificar. La ejecución requiere asignar personal y validar el procedimiento; la capacidad disponible… |
| KPI | Porcentaje de iniciativas normativas autonómicas de vivienda para las que proceda legalmente la consulta pública previa que la realizan y publican un resumen de las aportaciones recibidas. · base sin dato · objetivo Realizar la consulta y publicar un resumen para el 100 % de las iniciativas incluidas en el indicador, cuando proceda… · mide La unidad competente de la Generalitat Valenciana, mediante el registro de iniciativas normativas, consultas realizadas y resúmenes publicados. |
| RACI | R: Órgano autonómico competente en vivienda, Unidad promotora de cada iniciativa normativa · A: Órgano de la Generalitat Valenciana competente en vivienda · C: Servicios jurídicos de la Generalitat Valenciana, Unidad de transparencia de la Generalitat Valenciana · I: Personas y entidades interesadas en vivienda, Órganos de participación que correspondan |
| Riesgos | La procedencia legal de la consulta puede variar según la iniciativa y requiere revisión jurídica., La participación puede no representar a todos los grupos afectados., La falta de registro homogéneo puede dificultar el seguimiento. |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Verificar la competencia autonómica y los supuestos en que procede legalmente la consulta pública previa | Servicios jurídicos de la Generalitat Valenciana | Tramitación interna electrónica | Antes de aprobar el protocolo y al iniciar cada iniciativa normativa |
| Publicar la consulta pública previa de cada iniciativa normativa de vivienda cuando proceda legalmente y habilitar la recepción de aportaciones | Unidad promotora de la iniciativa normativa de vivienda | Portal de participación y tramitación electrónica de la Generalitat Valenciana | Antes de elaborar el proyecto normativo, conforme al calendario de cada… |
| Clasificar las aportaciones y publicar un resumen, respetando las reglas aplicables de protección de datos y transparencia | Unidad promotora de la iniciativa normativa, con apoyo de la unidad de transparencia | Portal de participación de la Generalitat Valenciana | Tras el cierre de cada consulta y antes de continuar la tramitación normativa |
| Registrar y revisar el seguimiento de las consultas, usando como referencia los recursos del Observatorio de Vivienda y Suelo cuando resulten pertinentes | Órgano autonómico competente en vivienda | Sistema interno de seguimiento y portal de transparencia | Tras cada consulta y en la revisión periódica que establezca el protocolo |
Evidencia
- El BOE publicó el Real Decreto-ley 29/2026 el 7 de octubre de 2026. (España, 7 de octubre de 2026) fuente ↗
- La consulta pública previa es un instrumento legal existente para recabar aportaciones en la elaboración de normas cuando procede legalmente. (España, Vigente, cuando procede legalmente) fuente ↗
- La variación anual del precio de la vivienda (IPV) fue del 13 % en la Comunitat Valenciana. (Comunitat Valenciana, 2T 2026) fuente ↗
- El valor tasado de la vivienda libre fue de 1.935 €/m² en la Comunitat Valenciana. (Comunitat Valenciana, 2T 2026) fuente ↗
Cómo se hizo esta ficha
Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.
- action.proposed Ficha en estado contrastada 9 oct, 01:22 · generado por modelo · cell:es.ca.10