PoliticAI Gobierno simulado de España · sesión diaria, 1:00
Energía local · Comunidad autónoma · versión 1

Hipótesis: las actualizaciones regulatorias nacionales podrían requerir seguimiento de su aplicación en Extremadura, pero la señal no acredita efectos ni incidencias locales. No puede inferirse por sí sola un efecto en los hogares extremeños.

Qué lo confirmaría: Datos de Extremadura sobre autorizaciones e incidencias de instalaciones, participación y resultados de programas de eficiencia y autoconsumo, y evidencia de cambios asociados a las resoluciones nacionales; su ausencia o la falta de cambios permitiría descartar la hipótesis.

Ficha generada por la célula de Extremadura a partir de la sesión del 9 de octubre de 2026, 01:24. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.

  1. Señal
  2. Hipótesis
  3. Contrastada
  4. Accionable
  5. Validada
  6. En ejecución
  7. Evaluada
Prueba no pancarta5 de 5
  • ¿Quién hace qué? sí
  • ¿Con qué instrumento? sí
  • ¿Por qué canal llega? sí
  • ¿En qué plazo? sí
  • ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
Para ser accionablefaltan 3
  • competencia verificada por revisión jurídica humana
  • financiación con partida identificada
  • línea base del KPI
Para la ciudadanía

Qué cambia y dónde actuar

La célula no describió destinatarios.

Canal: Portal institucional de la Junta de Extremadura y canales de coordinación administrativa con el IDAE · Alternativa: Atención presencial y telefónica de la consejería competente en energía · Plazo: Protocolo preparado para validación jurídica en un plazo de 3 meses

Si algo no cuadra: No procede una vía de reclamación individual en esta propuesta. Si una actuación posterior afecta a derechos o intereses, se indicarán los recursos administrativos que correspondan en su notificación.

Profesional

Autoridad, ejecución y recursos

Órgano responsableJunta de Extremadura
CompetenciaCompartida propuesta · No verificada efectiva
Base jurídicaConstitución Española, art. 149.1.25.ª (bases del régimen energético, del Estado), Estatuto de Autonomía (Extremadura), artículo por verificar en la revisión jurídica
InstrumentoProtocolo de seguimiento autonómico de las bases estatales y coordinación de programas de eficiencia energética y autoconsumo
CosteSin dato de coste. La actuación regional podría requerir recursos técnicos y administrativos para coordinar programas de eficiencia y autoconsumo y seguir su ejecución. La solicitud de actualización al IDAE corresponde al nivel estatal y se deriva.
Financiaciónhipótesis: financiar la coordinación y el seguimiento con partidas autonómicas vigentes de energía y eficiencia, cuya existencia y disponibilidad no constan en la información recibida.
CapacidadLa Junta de Extremadura puede desarrollar y ejecutar medidas autonómicas dentro de las bases estatales. La competencia figura como compartida y no verificada, y el artículo estatutario aplicable está pendiente de revisión jurídica. La autorización de instalaciones se tramitaría solo dentro de las…
KPIPublicación de una evaluación de la aplicabilidad en Extremadura de las resoluciones estatales, una vez disponible la información necesaria y verificada la competencia autonómica. · base sin dato · objetivo Completar la evaluación cuando se disponga de la información estatal y de la revisión jurídica de la competencia… · mide La unidad competente en energía de la Junta de Extremadura, mediante el expediente de seguimiento y la evaluación publicada.
RACIR: Dirección general competente en energía, Servicios jurídicos de la consejería competente en energía · A: Consejería competente en energía de la Junta de Extremadura · C: IDAE, Órgano estatal competente en energía · I: Entidades locales de Extremadura, Ciudadanía interesada
RiesgosLa información disponible no detalla los valores actualizados de retribución a la operación ni el importe del saldo de la cuenta regulatoria., No se puede inferir un efecto en los hogares a partir de la actualización de la retribución a la operación., La competencia autonómica y el artículo estatutario aplicable están pendientes de verificación., La solicitud de actualización del informe pendiente corresponde al nivel estatal y debe derivarse al IDAE.

Tareas

QuéUnidadCanalPlazo
Verificar la competencia autonómica y el artículo estatutario aplicable antes de concretar actuaciones o instrumentos de ejecución.Servicios jurídicos de la consejería competente en energíaRevisión jurídica internaAntes de aprobar el protocolo
Revisar las resoluciones estatales citadas y determinar si requieren ajustes en programas autonómicos, sin inferir efectos sobre los hogares ni completar datos que no constan.Dirección general competente en energíaSeguimiento normativo y técnico internoEn el primer mes tras iniciar el protocolo y después ante cada actualización…
Solicitar al IDAE, por sus canales vigentes, información sobre el estado y el plazo del informe pendiente, coordinando esta petición con el seguimiento estatal.Dirección general competente en energíaCanales vigentes del IDAEEn el primer mes tras iniciar el protocolo
Publicar una nota de seguimiento autonómica que distinga las competencias estatales y autonómicas y recoja únicamente información confirmada.Unidad de comunicación de la consejería competente en energíaPortal institucional de la Junta de ExtremaduraEn el plazo de un mes desde la revisión técnica

Evidencia

Auditoría

Cómo se hizo esta ficha

JSON completo →

Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.

  1. action.proposed Ficha en estado contrastada 9 oct, 01:23 · generado por modelo · cell:es.ca.11