- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
Hipótesis: la falta de información actualizada sobre el estado y el plazo del informe pendiente del IDAE podría dificultar valorar actuaciones de eficiencia energética en edificios y alumbrado municipales de Zaragoza; la señal nacional no confirma que el informe afecte al municipio.
Qué lo confirmaría: Información municipal sobre proyectos energéticos que dependan del informe, junto con una actualización oficial del IDAE sobre su estado, plazo y aplicabilidad local; su ausencia de relación con actuaciones municipales descartaría la hipótesis.
Ficha generada por la célula de Zaragoza a partir de la sesión del 8 de octubre de 2026, 01:36. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
Unidades municipales responsables del alumbrado público, los edificios y los consumos municipales
Qué cambia. No se establece un cambio directo en servicios o derechos. Se propone que el Ayuntamiento solicite al IDAE, por sus canales vigentes, información sobre el estado y el plazo del informe pendiente, para valorar después posibles actuaciones municipales dentro de sus competencias.
Quién puede. Alcance limitado a servicios y edificios municipales; no hay criterios publicados para una ayuda o prestación a hogares o empresas.
Cómo se pide. No hay solicitud individual. La unidad municipal competente tramita la consulta al IDAE por sus canales vigentes.
Canal: Portal institucional y registro electrónico del Ayuntamiento de Zaragoza · Alternativa: Atención presencial o telefónica municipal · Plazo: Validación del protocolo en un plazo de 3 meses y revisión inicial en un plazo de 6 meses tras esa validación
Si algo no cuadra: No se indica una vía de reclamación específica para esta consulta. Para controversias sobre una actuación municipal, usar los canales generales de registro y reclamación del Ayuntamiento.
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Ayuntamiento de Zaragoza |
|---|---|
| Competencia | Propia propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, art. 26.1.a (alumbrado público, servicio obligatorio), Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, art. 25.2.b (medio ambiente urbano) |
| Instrumento | Protocolo municipal de seguimiento de consumos y eficiencia energética en edificios y alumbrado público, limitado a servicios municipales y sujeto a validación competencial |
| Coste | Sin importe disponible. Para el ámbito municipal, supondría tiempo de personal y, si se evalúan actuaciones, posibles costes de asistencia técnica en alumbrado y edificios municipales. Cualquier coste concreto requiere definir el alcance y obtener una estimación. |
| Financiación | Hipótesis: partidas municipales de mantenimiento, alumbrado o eficiencia energética, y subvenciones que resulten aplicables, previa comprobación de disponibilidad y requisitos. |
| Capacidad | El Ayuntamiento puede actuar sobre el alumbrado y los edificios y consumos municipales, dentro de sus competencias. La competencia energética general corresponde a niveles autonómico y estatal. La solicitud de actualización al IDAE es una medida nacional; el Ayuntamiento puede derivar esa gestión… |
| KPI | Estado de la solicitud al IDAE y, si hay respuesta, estado y plazo del informe pendiente registrados por el Ayuntamiento. · base sin dato · objetivo Registrar la solicitud y actualizar el seguimiento cuando se reciba respuesta; no consta un plazo objetivo. · mide La unidad municipal competente, mediante el registro de la solicitud y de las comunicaciones recibidas del IDAE. |
| RACI | R: Unidad municipal competente en servicios públicos y mantenimiento · A: Órgano municipal competente en servicios públicos · C: Unidades municipales de medio ambiente y contratación · I: Servicios municipales afectados, Gobierno de Aragón, para las cuestiones de ámbito autonómico |
| Riesgos | El material disponible no confirma que el informe afecte a Zaragoza., La respuesta o el plazo dependen del IDAE., La competencia municipal en energía se limita a servicios y edificios municipales; la regulación energética corresponde a niveles autonómico y estatal. |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Inventariar los consumos energéticos de edificios y alumbrado municipales y detectar necesidades de seguimiento | Unidad municipal competente en servicios públicos y mantenimiento | Sistemas internos municipales y registro electrónico | 3 meses tras la validación del protocolo |
| Proponer actuaciones sobre edificios y alumbrado municipales dentro de las competencias locales, y derivar las cuestiones de regulación energética al Gobierno de Aragón o al Estado, según corresponda | Unidad municipal competente en servicios públicos y mantenimiento | Coordinación interdepartamental y comunicación institucional con el Gobierno de Aragón | 6 meses tras la validación del protocolo |
| Valorar, si se confirma su relevancia para actuaciones municipales, solicitar al IDAE información sobre el estado y el plazo del informe pendiente por sus canales vigentes | Unidad municipal competente en energía o servicios públicos | Canales vigentes del IDAE | Tras confirmar la relevancia del informe para el ámbito municipal |
Derivada desde la ficha de Aragón.
Evidencia
Sin evidencia citable: la señal no traía hechos aprobados para esta materia.
Cómo se hizo esta ficha
Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.
- action.proposed Ficha en estado hipotesis 8 oct, 01:36 · generado por modelo · cell:es.mu.50297