- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
Hipótesis: las iniciativas normativas municipales de vivienda en Ourense podrían necesitar consultas públicas previas y resúmenes de aportaciones cuando proceda legalmente; la señal nacional no acredita que exista un déficit local ni mide la percepción ciudadana.
Qué lo confirmaría: Registro municipal de iniciativas normativas de vivienda, con identificación de cuáles estaban sujetas a consulta, cuáles la realizaron y si se publicaron sus resúmenes; esos datos confirmarían o descartarían un déficit de participación y transparencia.
Ficha generada por la célula de Ourense a partir de la sesión del 3 de octubre de 2026, 01:40. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
Personas residentes en el municipio interesadas en iniciativas normativas municipales de vivienda
Qué cambia. Podrán aportar observaciones durante la consulta pública previa cuando proceda legalmente y no concurra una excepción. Se propone publicar un resumen de las aportaciones, sin que participar implique obtener una vivienda o una ayuda.
Quién puede. Interés en la iniciativa sometida a consulta; sin requisitos de acceso a ayudas ni selección individual
Cómo se pide. A través del canal municipal de participación que se habilite para cada consulta, o mediante el registro municipal si así se indica en su convocatoria.
Entidades y organizaciones interesadas en iniciativas normativas municipales de vivienda
Qué cambia. Podrán presentar aportaciones y consultar el resumen que se publique, cuando proceda legalmente.
Quién puede. Relación de la entidad con la materia consultada, según las condiciones publicadas para cada consulta
Cómo se pide. A través del canal municipal indicado en la convocatoria, o mediante el registro municipal si así se establece.
Canal: Portal municipal de participación, con publicación de consultas y resúmenes en la web municipal · Alternativa: Atención presencial en las oficinas municipales y atención telefónica municipal · Plazo: Aprobar el protocolo tras la validación jurídica y aplicarlo en cada iniciativa normativa municipal de vivienda
Si algo no cuadra: Las aportaciones pueden presentarse por el canal indicado en cada convocatoria. Para quejas sobre la tramitación, registro municipal; las vías de impugnación que correspondan dependerán del acto y de la normativa aplicable.
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Ayuntamiento de Ourense |
|---|---|
| Competencia | Propia propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, art. 25.2.a (urbanismo; promoción y gestión de la vivienda de protección pública) |
| Instrumento | Protocolo municipal para tramitar, cuando proceda legalmente y tras verificar la competencia municipal, la consulta pública previa de iniciativas normativas de vivienda y publicar un resumen de las… |
| Coste | Coste administrativo de preparar y tramitar la consulta pública previa de cada iniciativa normativa municipal de vivienda cuando proceda legalmente, y publicar el resumen de aportaciones. Importe y carga de trabajo: sin dato. La política autonómica y el protocolo de la Xunta corresponden a Galicia. |
| Financiación | hipótesis: atenderlo con las partidas municipales vigentes de personal, tramitación normativa y participación, sujeto a disponibilidad; no consta una partida identificada. El apoyo del Observatorio de Vivienda y Suelo no acredita financiación. |
| Capacidad | El Ayuntamiento puede valorar la tramitación de sus propias iniciativas normativas y su publicación, respetando las excepciones legales. La competencia local citada figura como no verificada, por lo que debe confirmarse antes de ejecutar. No se atribuyen al municipio el protocolo autonómico ni la… |
| KPI | Porcentaje de iniciativas normativas municipales de vivienda sujetas legalmente a consulta previa que cuentan con consulta realizada y resumen de aportaciones publicado · base sin dato · objetivo 100 % de las iniciativas para las que proceda legalmente la consulta, con las excepciones aplicables · mide El órgano municipal competente en vivienda o en tramitación normativa, mediante el registro de iniciativas, consultas y publicaciones municipales |
| RACI | R: Unidad municipal de vivienda y urbanismo, Unidad municipal de participación ciudadana · A: Ayuntamiento de Ourense, por medio del órgano municipal competente · C: Secretaría General, Observatorio de Vivienda y Suelo, para apoyo en la publicación de resúmenes, Xunta de Galicia, para propuestas de su competencia · I: Personas y entidades interesadas, Órganos municipales implicados |
| Riesgos | Aplicabilidad de la consulta y excepciones legales que deben valorarse en cada iniciativa, Participación desigual por barreras de acceso o falta de difusión, La publicación de aportaciones no implica que todas sean aceptadas ni acredita cambios en el acceso a vivienda |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Verificar la competencia municipal y determinar si la iniciativa normativa requiere consulta pública previa o concurre una excepción legal. | Secretaría General, con la unidad municipal de vivienda y urbanismo | Tramitación interna municipal | Antes de iniciar cada iniciativa normativa |
| Realizar la consulta pública previa cuando proceda legalmente y recibir aportaciones por los canales habilitados. | Unidad municipal de participación ciudadana, con la unidad municipal de vivienda y urbanismo | Portal municipal de participación | Durante el plazo de consulta que se establezca conforme a la normativa aplicable |
| Preparar y publicar un resumen de las aportaciones, solicitando, si resulta necesario, apoyo al Observatorio de Vivienda y Suelo. | Unidad municipal de vivienda y urbanismo | Portal municipal de participación y web municipal | Tras cerrar la consulta y antes de continuar la tramitación normativa |
| Derivar a la Xunta las propuestas de política de vivienda que excedan el alcance municipal. | Unidad municipal de vivienda y urbanismo | Comunicación administrativa con la Xunta de Galicia | Tras identificar que la propuesta excede la competencia municipal |
Derivada desde la ficha de Galicia.
Evidencia
- El 2 de octubre de 2026 se publicó en el BOE el acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 27/2026. (España, 2 de octubre de 2026) fuente ↗
- El artículo 133 de la Ley 39/2015 prevé una consulta pública previa para la elaboración de proyectos normativos, con las excepciones legales. (España, Vigente, según la señal) fuente ↗
- Cuando proceda legalmente, se propone realizar la consulta pública previa de cada iniciativa normativa de vivienda. (Nivel nacional, propuesta aplicable a cada nivel según sus competencias, Sin periodo indicado) fuente ↗
- Ourense tenía 105.769 habitantes en el padrón municipal a 1 de enero de 2025. (Municipio de Ourense, 1 de enero de 2025) fuente ↗
Cómo se hizo esta ficha
Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.
- action.proposed Ficha en estado contrastada 3 oct, 01:38 · generado por modelo · cell:es.mu.32054