- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
Hipótesis: el aumento anual del 10,1 % del IPV en Cataluña en el segundo trimestre de 2026 podría estar asociado a dificultades de acceso a la vivienda también en Tarragona, pero la señal no aporta datos municipales para confirmarlo.
Qué lo confirmaría: Series de precios de compraventa y alquiler de Tarragona y datos municipales de vivienda de protección pública, con su evolución temporal, que permitan comprobar si hay encarecimiento o dificultades de acceso locales.
Ficha generada por la célula de Tarragona a partir de la sesión del 30 de septiembre de 2026, 03:31. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
Personas residentes en Tarragona interesadas en iniciativas municipales de vivienda
Qué cambia. Pueden aportar opiniones antes de elaborar una iniciativa normativa municipal de vivienda. La consulta no concede por sí misma ayudas ni derechos individuales.
Quién puede. Participación abierta conforme a las reglas y plazos publicados para cada consulta, cuando legalmente proceda; se aplican las excepciones previstas en la ley.
Cómo se pide. A través del canal municipal que se publique para cada consulta, con opción de presentar aportaciones por los medios indicados en su convocatoria.
Entidades y organizaciones relacionadas con vivienda que quieran participar
Qué cambia. Pueden presentar aportaciones y consultar el resumen de las aportaciones recibidas, si se publica.
Quién puede. Entidades interesadas en la iniciativa, conforme a las reglas y plazos publicados; se aplican las excepciones legales.
Cómo se pide. Por el canal municipal indicado en la convocatoria de consulta.
Canal: Portal municipal de participación · Alternativa: Oficina municipal de atención ciudadana y atención telefónica del Ayuntamiento · Plazo: Validar el protocolo en 3 meses; después, aplicarlo antes de elaborar cada iniciativa normativa municipal de vivienda cuando proceda legalmente
Si algo no cuadra: Las observaciones se presentan por el canal y dentro del plazo publicados para cada consulta. La participación no sustituye los recursos administrativos que, en su caso, correspondan frente a actos concretos.
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Ayuntamiento de Tarragona |
|---|---|
| Competencia | Propia propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, art. 25.2.a (urbanismo; promoción y gestión de la vivienda de protección pública) |
| Instrumento | Protocolo municipal para aplicar la consulta pública previa en iniciativas normativas de vivienda de competencia municipal, cuando proceda legalmente y con las excepciones previstas en la ley |
| Coste | Sin dato de importe. Costes de personal y gestión para tramitar consultas públicas previas cuando procedan, publicar el resumen de aportaciones y, dentro de la competencia municipal, gestionar planeamiento y actuaciones de vivienda de protección pública. El dato autonómico del IPV no permite… |
| Financiación | hipótesis: partidas municipales vigentes de personal, participación y vivienda, previa comprobación de disponibilidad. La financiación de instrumentos autonómicos corresponde a Cataluña y se deriva a ese nivel. |
| Capacidad | El Ayuntamiento puede valorar la tramitación de consultas en sus iniciativas normativas cuando proceda legalmente y con las excepciones previstas, y ejecutar tareas locales de planeamiento y gestión de vivienda de protección pública. La competencia indicada figura como propuesta no verificada; la… |
| KPI | Porcentaje de consultas públicas previas municipales de vivienda legalmente procedentes que publican un resumen de las aportaciones recibidas. · base sin dato · objetivo Publicar un resumen para cada consulta municipal de vivienda legalmente procedente; objetivo propuesto, sujeto a… · mide El Ayuntamiento de Tarragona, mediante el registro de consultas municipales y la comprobación de la publicación de sus resúmenes. |
| RACI | R: Unidad municipal competente en vivienda · A: Ayuntamiento de Tarragona · C: Asesoría jurídica municipal, Unidad municipal competente en participación ciudadana · I: Personas residentes en Tarragona, Generalitat de Catalunya |
| Riesgos | La consulta puede no proceder por las excepciones legales o porque no exista una iniciativa normativa municipal., Las aportaciones recibidas pueden no representar a todos los grupos afectados., La consulta puede confundirse con una solicitud de vivienda, ayuda o reconocimiento de derechos individuales., La competencia municipal indicada para vivienda figura como no verificada y debe comprobarse antes de ejecutar la medida. |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Identificar las iniciativas normativas municipales de vivienda y comprobar si corresponde realizar consulta pública previa o si concurre una excepción legal | Unidad municipal competente en vivienda, con asesoría jurídica municipal | Coordinación interna del Ayuntamiento | 1 mes tras la validación del protocolo |
| Publicar la consulta y habilitar la recepción de aportaciones, con información accesible sobre su objeto y alcance | Unidad municipal competente en participación ciudadana | Portal municipal de participación | Antes de elaborar cada iniciativa normativa, cuando proceda legalmente |
| Sistematizar las aportaciones y publicar un resumen, respetando la normativa aplicable | Unidad municipal competente en vivienda | Portal municipal de participación | Antes de cerrar la elaboración de cada iniciativa normativa |
| Derivar a la Generalitat las propuestas que correspondan a la política de vivienda autonómica | Unidad municipal competente en vivienda | Canal institucional de coordinación con la Generalitat | Tras identificar que la propuesta excede la competencia municipal |
Derivada desde la ficha de Cataluña.
Evidencia
- La página del INE identifica datos del IPV correspondientes al segundo trimestre de 2026, pero la lectura disponible no permite verificar sus tasas numéricas. (España, Segundo trimestre de 2026) fuente ↗
- La consulta pública previa es un cauce legal para recoger aportaciones antes de elaborar normas, y está sujeta a las excepciones previstas en la ley. (España, Sin periodo especificado) fuente ↗
Cómo se hizo esta ficha
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- action.proposed Ficha en estado contrastada 30 sept, 01:20 · generado por modelo · cell:es.mu.43148