- ¿Quién hace qué? sí
- ¿Con qué instrumento? sí
- ¿Por qué canal llega? sí
- ¿En qué plazo? sí
- ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
Hipótesis: la evolución de los precios de vivienda en Castelló de la Plana podría dificultar el acceso de los hogares, a partir de la señal de aumento interanual del 13 % en la Comunitat Valenciana en el segundo trimestre de 2026, que no permite inferir la situación del municipio.
Qué lo confirmaría: Serie municipal de precios de compra y alquiler y datos de ingresos y acceso a la vivienda de los hogares, comparados en el tiempo; confirmarían o descartarían la hipótesis sin atribuir al municipio la tasa autonómica.
Ficha generada por la célula de Castelló de la Plana/Castellón de la Plana a partir de la sesión del 30 de septiembre de 2026, 03:31. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.
- Señal
- Hipótesis
- Contrastada
- Accionable
- Validada
- En ejecución
- Evaluada
- competencia verificada por revisión jurídica humana
- financiación con partida identificada
- línea base del KPI
Qué cambia y dónde actuar
Personas residentes interesadas en iniciativas normativas municipales de vivienda
Qué cambia. Podrán aportar opiniones antes de elaborar una norma municipal de vivienda cuando proceda legalmente. Se publicará un resumen de las aportaciones, respetando las excepciones legales. La consulta autonómica corresponde a la Generalitat.
Quién puede. Interés en la iniciativa; no se establece un requisito adicional de acceso en la información disponible.
Cómo se pide. A través del canal municipal que se habilite para la consulta. El canal concreto no consta en la información disponible.
Entidades y organizaciones interesadas en iniciativas normativas municipales de vivienda
Qué cambia. Podrán presentar aportaciones en la consulta municipal cuando proceda legalmente. Se publicará un resumen de las aportaciones, respetando las excepciones legales. La consulta autonómica corresponde a la Generalitat.
Quién puede. Interés en la iniciativa; no se establece un requisito adicional de acceso en la información disponible.
Cómo se pide. A través del canal municipal que se habilite para la consulta. El canal concreto no consta en la información disponible.
Canal: Canal municipal de participación electrónica · Alternativa: Atención presencial o telefónica municipal, con registro de las aportaciones por los canales habilitados · Plazo: Aplicar el protocolo en cada iniciativa normativa municipal de vivienda, desde la revisión de su procedencia hasta la publicación del resumen de aportaciones
Si algo no cuadra: Presentar observaciones por el canal de consulta habilitado o una queja por el registro municipal. La vía concreta de reclamación no consta en la información disponible.
Autoridad, ejecución y recursos
| Órgano responsable | Ayuntamiento de Castelló de la Plana/Castellón de la Plana |
|---|---|
| Competencia | Propia propuesta · No verificada efectiva |
| Base jurídica | Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, art. 25.2.a (urbanismo; promoción y gestión de la vivienda de protección pública) |
| Instrumento | Protocolo municipal para realizar consultas públicas previas en iniciativas normativas de vivienda, cuando proceda legalmente y respetando las excepciones aplicables |
| Coste | Coste de personal municipal para preparar la consulta, gestionar aportaciones y publicar un resumen, más los medios digitales existentes. Importe sin dato; dependerá de cada iniciativa y de si procede legalmente la consulta. |
| Financiación | hipótesis: medios y crédito ordinario municipal de participación ciudadana o tramitación normativa. No consta una partida específica identificada. |
| Capacidad | El Ayuntamiento puede tramitar consultas sobre iniciativas normativas municipales de su competencia cuando legalmente proceda, respetando las excepciones aplicables. La competencia propia indicada está no verificada; la política autonómica corresponde a la Generalitat y se deriva a ese nivel. |
| KPI | Proporción de consultas municipales de iniciativas normativas de vivienda en las que, cuando proceda legalmente, se habilita la consulta previa y se publica un resumen de aportaciones. · base sin dato · objetivo Aplicar la consulta cuando proceda legalmente y publicar el resumen en cada proceso en que se realice. · mide El Ayuntamiento, mediante el registro de consultas municipales y la comprobación de la publicación de sus resúmenes. |
| RACI | R: Unidad municipal competente en vivienda, Unidad municipal competente en participación ciudadana · A: Ayuntamiento de Castelló de la Plana/Castellón de la Plana · C: Secretaría General, Generalitat Valenciana, para cuestiones de política autonómica de vivienda · I: Personas y entidades interesadas |
| Riesgos | Que no se identifiquen las iniciativas a tiempo para abrir la consulta previa., Que se omita la consulta cuando corresponda, o que se aplique en un supuesto legalmente exceptuado., Que las aportaciones no sean representativas de todos los grupos interesados. |
Tareas
| Qué | Unidad | Canal | Plazo |
|---|---|---|---|
| Revisar si la iniciativa normativa municipal de vivienda requiere consulta pública previa y determinar su alcance competencial | Secretaría General y unidad municipal competente en vivienda | Coordinación interna municipal | Antes de iniciar la elaboración de cada iniciativa normativa |
| Publicar la consulta y recoger aportaciones sobre la iniciativa municipal | Unidad municipal competente en participación ciudadana, con la unidad de vivienda | Canal municipal de participación electrónica | Antes de elaborar la norma y durante el plazo que se establezca conforme a la… |
| Elaborar y publicar un resumen de las aportaciones, y derivar a la Generalitat las cuestiones de política de vivienda que excedan la competencia municipal | Unidad municipal competente en vivienda | Portal municipal de participación y comunicación institucional con la Generalitat | Tras cerrar la consulta y antes de continuar la tramitación de la iniciativa |
Derivada desde la ficha de Comunitat Valenciana.
Evidencia
- La página del INE identifica datos del IPV correspondientes al segundo trimestre de 2026. (Territorio del IPV no especificado en el hecho aprobado, Segundo trimestre de 2026) fuente ↗
- La lectura disponible de la página del INE no permite verificar las tasas numéricas del IPV del segundo trimestre de 2026. (Territorio del IPV no especificado en el hecho aprobado, Segundo trimestre de 2026) fuente ↗
- La consulta pública previa es un cauce legal para recoger aportaciones antes de elaborar normas. (España, Sin periodo específico) fuente ↗
- La consulta pública previa prevista en el artículo 133 de la Ley 39/2015 está sujeta a las excepciones contempladas en la ley. (España, Sin periodo específico) fuente ↗
- El artículo 133 de la Ley 39/2015 prevé la consulta pública previa para elaborar normas, con excepciones y supuestos en que puede prescindirse de ella. (España, Sin periodo específico) fuente ↗
- El Ministerio dispone del Observatorio de Vivienda y Suelo como apoyo institucional existente. (España, Sin periodo específico) fuente ↗
Cómo se hizo esta ficha
Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.
- action.proposed Ficha en estado contrastada 30 sept, 03:19 · generado por modelo · cell:es.mu.12040
- action.proposed Ficha en estado contrastada 30 sept, 03:30 · generado por modelo · cell:es.mu.12040