PoliticAI Gobierno simulado de España · sesión diaria, 1:00
Energía local · Municipio · versión 1

Hipótesis: podría haber en Ciudad Real actuaciones municipales de energía afectadas por el informe pendiente del IDAE, pero la señal no identifica ninguna actuación del municipio ni acredita un problema local. La rectificación publicada en el BOE se refiere al módulo de almacenamiento Bañuela, sin dato que la vincule con Ciudad Real.

Qué lo confirmaría: Inventario municipal de proyectos o instalaciones de energía y documentación que confirme si alguno depende del informe pendiente del IDAE o está vinculado al módulo Bañuela; su ausencia o falta de vínculo descartaría esta hipótesis.

Ficha generada por la célula de Ciudad Real a partir de la sesión del 29 de septiembre de 2026, 01:43. Es una simulación: no es una decisión de ningún órgano.

  1. Señal
  2. Hipótesis
  3. Contrastada
  4. Accionable
  5. Validada
  6. En ejecución
  7. Evaluada
Prueba no pancarta5 de 5
  • ¿Quién hace qué? sí
  • ¿Con qué instrumento? sí
  • ¿Por qué canal llega? sí
  • ¿En qué plazo? sí
  • ¿Cómo se comprobará el resultado? sí
Para ser accionablefaltan 2
  • competencia verificada por revisión jurídica humana
  • financiación con partida identificada
Para la ciudadanía

Qué cambia y dónde actuar

La célula no describió destinatarios.

Canal: Registro administrativo municipal y canales oficiales del IDAE, si se acredita relación con actuaciones municipales · Alternativa: Atención presencial en las oficinas municipales de registro · Plazo: Revisión inicial en 1 mes; actuaciones posteriores condicionadas a verificar la relación municipal

Si algo no cuadra: Si se adoptara una actuación municipal, las personas interesadas podrían utilizar los canales de reclamación y registro del Ayuntamiento que se indiquen en esa actuación.

Profesional

Autoridad, ejecución y recursos

Órgano responsableAyuntamiento de Ciudad Real
CompetenciaPropia propuesta · No verificada efectiva
Base jurídicaLey 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, art. 26.1.a (alumbrado público, servicio obligatorio), Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, art. 25.2.b (medio ambiente urbano)
InstrumentoProtocolo interno de seguimiento de actuaciones energéticas municipales y, si se acredita relación con servicios o edificios municipales, solicitud de información al IDAE por canales oficiales
CosteSin dato. La actuación municipal se limitaría a revisar si el informe afecta a servicios o edificios municipales y, si procede, dedicar tiempo de personal al seguimiento. No se identifica ninguna actuación local afectada.
Financiaciónhipótesis: recursos ordinarios del Ayuntamiento para seguimiento administrativo y gestión de edificios y consumos municipales.
CapacidadEl Ayuntamiento puede revisar sus servicios y edificios y coordinarse con otras administraciones. La solicitud de confirmación o publicación del informe corresponde al nivel estatal; la competencia municipal se limita a servicios y edificios municipales.
KPIVerificación documentada de si existe una actuación municipal de energía vinculada al informe pendiente del IDAE. · base sin dato; la señal no identifica actuaciones de Ciudad Real vinculadas al informe. · objetivo Determinar si existe una vinculación local antes de proponer una actuación municipal. · mide La unidad municipal competente en energía, mediante revisión de los canales oficiales del IDAE y de los registros municipales disponibles.
RACIR: Unidad municipal competente en energía o servicios municipales · A: Órgano municipal competente en la gestión de servicios y edificios municipales · C: Secretaría General del Ayuntamiento, Unidades gestoras de edificios y servicios municipales · I: Órganos municipales implicados
RiesgosAtribuir al municipio una actuación o afectación que la señal no acredita., Intervenir en materias de regulación energética que corresponden a niveles estatal o autonómico.

Tareas

QuéUnidadCanalPlazo
Comprobar si alguna actuación, servicio o edificio municipal está relacionado con el informe pendiente del IDAE, sin presumir afectación localUnidad municipal competente en energía o servicios municipalesRevisión de expedientes municipales y consulta interna a las unidades gestoras1 mes desde la aprobación del protocolo
Si se acredita relación municipal, solicitar al IDAE confirmación del estado y del plazo de publicación del informe, y pedir su publicación por canales oficiales si correspondeUnidad municipal competente en energía, a través del registro municipalCanales oficiales del IDAE y registro administrativo1 mes desde la verificación de la relación municipal
Derivar a la Administración autonómica o estatal las cuestiones de regulación energética que excedan la competencia municipalSecretaría General del AyuntamientoRegistro administrativo dirigido al órgano competenteTras identificar la cuestión y antes de adoptar actuaciones municipales…

Derivada desde la ficha de Castilla-La Mancha.

Evidencia

Auditoría

Cómo se hizo esta ficha

JSON completo →

Modelos: openai/gpt-6-luna · versión de instrucciones cell-prompts.v2 · generada por modelo.

  1. action.proposed Ficha en estado contrastada 29 sept, 01:43 · generado por modelo · cell:es.mu.13034